Resolución 1044/2016, de 20 de octubre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueban los Planes de Acción contra el ruido de los grandes ejes viarios de La Rioja
Antecedentes de Hecho
Primero.- Mediante Resolución nº 1370, de 27 de noviembre de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, (BOR Núm. 146 de 30 de noviembre de 2012), se procede a la aprobación de los mapas estratégicos de ruido de la red autonómica de La Rioja, que registran un volumen de tráfico de más de tres millones de vehículos al año.
Segundo.- Los planes de acción contra el ruido se elaboraron conjuntamente con los mapas estratégicos de ruido. Por lo que el proceso de participación e información pública fue conjunto, realizándose varias jornadas de participación y abriéndose un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 53 de 2 de mayo de 2012. Transcurrido el plazo de exposición pública se recibieron alegaciones del Ayuntamiento de Calahorra y del Ayuntamiento de Logroño, en este último caso referentes a medidas que afectaban a las competencias municipales.
Tercero.- Con fecha 12 de septiembre de 2016, tuvo lugar la reunión del Consejo Asesor de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en la que se presentó el Plan de acción contra el ruido de los grandes ejes viarios de La Rioja, una vez introducidas las adaptaciones en el texto de acuerdo con las alegaciones recibidas, dándose un periodo 15 días para presentación de alegaciones. Durante este plazo, no se han recibido alegaciones.
Cuarto.- Con fecha 11 de octubre de 2016, el Servicio de Integración Ambiental emite un informe en el que propone la aprobación de los Planes de Acción contra el ruido de los grandes ejes viarios de La Rioja, que registren un volumen de tráfico de más de tres millones de vehículos.
Quinto.- La propuesta de Resolución de fecha 11 de octubre de 2016, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua, para la aprobación de los Planes de Acción contra el ruido de los grandes ejes viarios de La Rioja.
Fundamentos de Derecho
Primero.- El artículo 4 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, establece que la competencia para la aprobación del plan de acción en materia de contaminación acústica correspondiente a cada mapa de ruido corresponderá a la Comunidad Autónoma, si el ámbito territorial del mapa de que se trate excede de un término municipal.
Segundo.- El artículo 14 del Real Decreto 1513/2005 obliga a las Comunidades Autónomas a facilitar al Ministerio, con competencias en materia de Medio Ambiente, la relación de los grandes ejes viarios cuyo tráfico supere los tres millones de vehículos al año, así como la información resultante de los Planes de Acción contra el ruido.
Tercero.- A la vista del artículo 4 de la Ley 37/2003, es competencia de la Comunidad Autónoma de La Rioja la aprobación de los Planes de Acción contra el ruido de los grandes ejes viarios autonómicos, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de conformidad con el Decreto 28/2015, de 21 de julio por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cuarto.- En el artículo 7.2.6.q) del referido Decreto 28/2015, se dispone que es competencia de la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua la elaboración de planes de mejora de la calidad del aire y ruido ambiental.
Por todo lo anterior, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en virtud de las facultades legalmente atribuidas,
Resuelve
Primero.- Aprobar los Planes de Acción contra el ruido de los tramos de los grandes ejes viarios de La Rioja, que superan los tres millones de vehículos al año, cuyo contenido íntegro puede ser consultado a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) en la sección de Medio Ambiente. Así mismo esta información podrá ser consultada en las dependencias de la Dirección General de Calidad Ambiental y Agua, sitas en la calle Prado Viejo 62 bis de Logroño.
Segundo.- Comunicar al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente toda la información resultante de los citados Planes de Acción contra el ruido.
Tercero.- Publicar la resolución por la que se aprueban los Planes de Acción contra el ruido en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 20 de octubre de 2016.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Iñigo Nagore Ferrer.