Gobierno de La Rioja

Núm. 133
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 18 de noviembre de 2016
AYUNTAMIENTO DE HARO
III..3155

Bases y convocatoria para la concesión de becas Sánchez del Río, curso 2016/2017

La Junta de Gobierno Local de este Excelentísimo Ayuntamiento, en sesión celebrada el dia 2 de noviembre de 2016.

Acuerda

8.- bases y convocatoria para la concesión de becas sánchez del río, curso 2016/2017

Dada cuenta del dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Educación, Cultura y Festejos de fecha 27 de octubre de 2016, respecto a las bases y convocatoria, para la concesión de Becas Sánchez del Río, curso 2016/2017.

Visto el Decreto de delegación de competencias de Alcaldía en la Junta de Gobierno Local, de fecha 23 de junio de 2015, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja de 26 de junio de 2015.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los presentes, acuerda:

1).- Aprobar las presente bases y convocatoria, para la concesión de Becas Sánchez del Río, curso 2016/2017, de acuerdo a lo siguiente:

Bases y Tribunal de las Becas Sánchez del Río para el Curso Académico 2016/2017

Se convocan 538 becas, más la parte proporcional asignadas a Primero y Segundo con carácter extraordinariopara el curso académico 2016/2017, de acuerdo con el siguiente detalle y otorgándolas a aquellas solicitudes que sumen las mayores puntuaciones dentro de cada categoría atendiendo a los diversos criterios y parámetros:

A).- 100 becas de 70 euros cada una para estudiantes de los centros de Educación Infantil de Haro, empadronados en Haro.

B).- 235 becas más la parte proporcional asignadas a Primero y Segundo con carácter extraordinario, para estudiantes de los centros de Educación Primaria de Haro, empadronados en Haro.

La distribución de estas becas sería la siguiente:

1.- 160 becas de 140 euros cada una atendiendo a baremos económicos.

2.- 60 becas de 140 euros cada una atendiendo al conjunto de baremos establecidos.

3.- 15 becas de 60 euros a los 15 mejores expedientes académicos.

En el caso de que alguno de los alumnos becados haya sido beneficiario del Programa Banco de Libros, la cantidad establecida en concepto de beca se reducirá a 120 euros, la cantidad sobrante se utilizará para incrementar el número de becas concedidas en esta categoría.

Con carácter extraordinario 1º y 2º de Primaria se estudiarán de manera independiente al resto de cursos estableciéndose un número de becas proporcional al número de solicitudes con un 50 % adicional.

Los dos primeros puntos son excluyentes entre sí, mientras que el 3 no es excluyente y puede ser complementario.

C).- 120becas para estudiantes de los centros de Educación de E.S.O. de Haro, empadronados en Haro.

La distribución de estas becas sería la siguiente:

1.- 80 becas de 180 euros cada una atendiendo a baremos económicos.

2.- 30 becas de 180 euros cada una atendiendo al conjunto de baremos establecidos.

3.- 10 becas de 100 euros a los 10 mejores expedientes académicos.

Los dos primeros puntos son excluyentes entre sí mientras que el 3 no es excluyente y puede ser complementario.

D).- 23 becas para estudiantes empadronados en Haro, distribuidas de la siguiente manera:

- Conservatorio de Música:

- 3 Becas de 200 euros cada una, para aquellos alumnos que cursen estudios en el Conservatorio de Música durante el año 2016/2017,y que acrediten, la adquisición de un instrumento cuya finalidad sea el empleo del mismo en los estudios de Conservatorio cursados, para el curso 2017/2018. La fecha de compra del instrumento será posterior al día 1 de julio de 2017, y anterior a la de 1 de octubre de 2017.

- 5 Becas de 100 euros cada una, para adquisición de materiales relacionados con la materia cursada en el Conservatorio de Música.

- Escuela de Idiomas: 15 becas de 50 euros cada una, para alumnos menores de 35 años.

E).- 55 becas para estudiantes de Cursos Superiores (no universitarios) en Centros de Educación de Haro, (excluyendo el Conservatorio de Música por contar con su propio apartado) empadronados en Haro.

La distribución de estas becas sería la siguiente:

1.- 30 becas de 250 euros cada una atendiendo a baremos económicos.

2.- 15 becas de 250 euros cada una atendiendo al conjunto de baremos establecidos.

3.- 10 becas de 100 euros a los 10 mejores expedientes académicos.

Los dos primeros puntos son excluyentes entre sí mientras que el 3 no es excluyente y puede ser complementario.

F).- 5 becas para estudiantes de la Escuela Municipal de Música Harense, empadronados en Haro, con el siguiente condicionado;

- 5becas de 200 euros para aquellos alumnos que cursen estudios en la escuela Municipal de Música durante el año durante el año 2016/2017,y que acrediten, la adquisición de un instrumento cuya finalidad sea el empleo del mismo en la Banda Municipal de Música de Haro, y sea considerado necesario para la misma. La fecha de compra del instrumento será posterior al día 1 de julio de 2017, y anterior a la de 1 de octubre de 2017.

Para la concesión de estas becas se seguirá el criterio general de concesión. Los alumnos becados recibirán un vale que podrán canjear por material escolar relacionado con la materia específica que se beca, en establecimientos de Haro.

En el momento de la concesión, en aquellas categorías en las que coincidan solicitudes de etapas que no disponen de notas (por ejemplo 1º de Primaria, o primeros cursos en Conservatorio o Escuela Oficial de Idiomas), con otras que contengan todos los criterios de calificación, se producirá un reparto proporcional de acuerdo al número de solicitudes valorando independientemente los dos bloques de alumnos.

Criterios comunes para todas las categorías

En el caso de que quedase alguna beca desierta en cualquiera de las categorías el importe resultante se repartirá de manera equitativa entre el resto de las categorías.

El pago de las becas se realizará mediante vales firmados por la Sra. Alcaldesa-Presidenta que se canjearán en los establecimientos correspondientes de la localidad de Haro, estos emitirán factura de curso legal por el importe de la beca concedida al Ayuntamiento de Haro, con una fecha límite de factura del 17 de noviembre de 2017.

En todo caso las becas se deben canjear por material escolar que sea de uso específico en la materia o categoría en la que se ha concedido la beca. El Ayuntamiento de Haro se reserva la devolución de aquellas becas y/o facturas que presenten gastos en materiales que no tengan relación directa con la materia específica becada, siendo el solicitante el responsable ante el establecimiento de los posibles pagos a efectuar por conceptos incorrectamente facturados. Pueden realizarse las consultas previas oportunas en la Unidad de Cultura del Ayuntamiento de Haro para aclarar dudas sobre posibles materiales que puedan ser adquiridos con estas becas.

1).- La concesión de estas becas se realizará de acuerdo con las siguientes bases:

1.1 Condiciones genericas

Para que una solicitud sea aceptada el interesado debe aportar la siguiente documentación:

- Instancia de solicitud, ajustada al modelo oficial, con sus datos personales.

- El número máximo de asignaturas suspendidas en el curso anterior se fija en dos. Esta condición no será exigible en el caso de alumnos con necesidades educativas especiales debidamente acreditadas.

- La concesión a un mismo miembro de la unidad familiar no excluye al resto de miembros de la misma.

- En el caso de existir solicitudes que presenten la misma puntuación e igualdad en el resto de apartados de puntuación, se procederá a la realización de un sorteo para la adjudicación de las becas.

- Sólo se podrá presentar instancia para una categoría. Si un solicitante presentase dos solicitudes quedará automáticamente excluido de las presentes becas.

- Deberán estar empadronados en Haro todos los miembros de la unidad familiar, con anterioridad a fecha de 12/09/2016, para casos que no cumplan este condicionado se justificará adecuadamente y se valorará por el tribunal su inclusión o no en estas becas. Este dato se acreditará por las unidades municipales del Ayuntamiento.

- El solicitante deberá asistir a clase con regularidad, no será necesario presentar con la solicitud certificado del centro, ya que será la propia Unidad de Cultura del Ayuntamiento de Haro el que solicite un informe conjunto a cada centro de las solicitudes recibidas, para verificar el cumplimiento de todas las condiciones necesarias. A tal efecto se considerará no asistencia a clase con regularidad aquellos alumnos que presenten 20 o más horas lectivas con ausencias no justificadas.

1.2 . Criterios y baremos de concesión:

1.2.1.- Se concederán los siguientes puntos extra adicionales a cada uno de los siguientes puntos siempre que se aporten los certificados correspondientes:


Condición

Descripción

Puntos

Familia Monoparental

 

1

Familia Numerosa1º Categorías

3 Hijos

1

Familia Numerosa 2ª Categorías

Más de 3 hijos

2

Minusvalia del alumno solicitante

Minusvalía igual o superior al 33 %

1

Situación de Desempleo

Desempleo de padre/madre o tutor

(por cada uno que presete la situación), o de solicitante emanicpado

1


1.2.2.- Los solicitantes de la categoría F) que formen parte de la Banda de la Escuela Municipal de Música Harense, acreditando esa condición en el momento de hacer la solicitud, recibirán 5 puntos adicionales para su valoración final.

Formarán parte de la unidad familiar los cónyuges no separados legalmente, (no formarán parte de la unidad familiar aquel cónyuge que se encuentre en trámites de separación y acredite que no reside en el domicilio mediante declaración jurada, debidamente acreditados y tramitados, con fecha anterior al 12 de septiembre de 2016), los hijos menores (salvo aquellos que vivan independientemente de ellos) y los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente, sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada.

Cuando no exista vinculo matrimonial, se tomarán como referencia los datos de todos los miembros que convivan en el mismo domicilio.

En la separación de hecho, se deberá presentar documento notarial o justificante de interposición de demanda de separación u otros documentos oficiales que avalen dicha situación, con fecha anterior al 12 de septiembre de 2016.

Si la separación fuese legal o divorcio deberá presentarse la sentencia judicial que determine la misma en firme o con una tramitación anterior al 12 de septiembre de 2016.

1.2.3.- Se concederán así mismo la siguiente puntuación adicional en el caso de la presentación de:

- Fotocopia compulsada de la Declaración de la renta o autorización de acceso a datos fiscales........................................... 5 puntos.

En el caso de aquellas solicitudes que presenten declaración de la Renta o autorización de acceso a datos fiscales, además se les otorgará la siguiente puntuación:


Situación

Puntos

Renta familiar per cápita inferior al 0,30 del salario mínimo interprofesional.

8

Renta familiar per cápita entre 0,31 y 0,50 del salario mínimo interprofesional

7

Renta familiar per cápita entre 0,51 y 0,70 del salario mínimo interprofesional

6

Renta familiar per cápita entre 0,71 y 0,99 del salario mínimo interprofesional

5

Renta familiar per cápita entre 1,00 y 1,19 del salario mínimo interprofesional

4,5

Renta familiar per cápita entre 1,20 y 1,49 del salario mínimo interprofesional

4

Renta familiar per cápita entre 1,50 y 1,69 del salario mínimo interprofesional

3,5

Renta familiar per cápita entre 1,70 y 1,99 del salario mínimo interprofesional

3

Renta familiar per cápita entre 2,00 y 2,99 del salario mínimo interprofesional

2,5

Renta familiar per cápita entre 3,00 y 3,99 del salario mínimo interprofesional

2

Renta familiar per cápita superior a 4 veces del salario mínimo interprofesional

1


Para la obtención de los datos necesarios para efectuar el cálculo de la renta per cápita de la unidad familiar, los solicitantes con la firma de la solicitud autorizan a la Administración para que pueda recabar de la Agencia Tributaria la información fiscal correspondiente.

En caso de que la Agencia Tributaria no suministrase datos por cualquier razón, será el interesado el que presente la certificación de la Agencia Tributaria correspondiente. En el caso de que la documentación aportada por la Agencia Tributaria no aportase los datos necesarios para puntuar una solicitud, se facilitará un plazo de 7 días naturales al solicitante para que aporte la documentación complementaría necesaria, quedando excluida la solicitud de no presentarse esta documentación adicional.

Si no se aporta documentación valida, ni se autoriza a la Administración para solicitarla a la Agencia Tributaria, no podrá adjudicarse puntuación por este apartado, ni será tenido en cuenta dicho concepto en caso de empate.

Los datos económicos a estudio se refieren a todos los miembros de la unidad familiar, para establecer de esta forma la renta per cápita correspondiente.

1.2.4.- Se concederán así mismo la siguiente puntuación adicional de acuerdo al expediente académico:

- Mención honorífica.............. 25 puntos

- Sobresaliente ................... 20 puntos.

- Notable ......................... 15 puntos.

- Bien ............................ 10 puntos.

- Suficiente ...................... 6 puntos.

- Insuficiente .................... 1 puntos.

1.2.5.- De acuerdo al expediente académico se otorgarán adicionalmente los siguientes puntos extra para las solicitudes incluidas dentro de las categorías C y E:

- Alumnos que superen el 95 % del total de puntos posibles para las asignaturas cursadas .................... 5 puntos.

- Alumnos que tengan entre el 90 y el 95 % del total de puntos de las asignaturas cursadas ..... 3 puntos.

- Alumnos que tengan entre el 80 y el 90 % del total de puntos de las asignaturas cursadas ..... 1 puntos.

2). Tribunal calificador:

Tribunal calificador de las becas Sánchez del Río Pisón para el curso académico 2016/2017.

Presidente: El de la Corporación.

Suplente: Primer Teniente Alcalde o en quien delegue.

Presidente Honorífico: Representante de la familia Sánchez del Río.

Vocal: El Concejal Delegado de Educación.

Suplente: El Concejal Delegado de Bienestar Social.

Vocal: Un representante en el Ayuntamiento del Partido Socialista Obrero Español.

Suplente: Un representante en el Ayuntamiento del Partido Socialista Obrero Español.

Vocal: Un representante en el Ayuntamiento de Ganemos Haro.

Suplente: Un representante en el Ayuntamiento de Ganemos Haro.

Vocal: Un representante en el Ayuntamiento del Partido Riojano.

Suplente: Un representante en el Ayuntamiento del Partido Riojano.

Vocal: Un representante en el Ayuntamiento del Partido Popular.

Suplente: Un representante en el Ayuntamiento del Partido Popular.

Vocal: Directora del Colegio Colegio Nuestra Señora de la Vega.

Suplente: Un representante del profesorado del Colegio Colegio Nuestra Señora de la Vega.

Vocal: Un representante del A.M.P.A. del Colegio Nuestra Señora de la Vega.

Suplente: Un representante del A.M.P.A. Colegio Nuestra Señora de la Vega.

Vocal: Un representante del profesorado del Colegio San Felices de Bilibio.

Suplente: Un representante del profesorado del Colegio San Felices de Bilibio.

Vocal: Un representante del A.M.P.A. del Colegio San Felices de Bilibio.

Suplente: Un representante del A.M.P.A. Colegio San Felices de Bilibio.

Vocal: Director del I.E.S. Ciudad de Haro

Suplente: Un representante del profesorado del I.E.S. Ciudad de Haro.

Vocal: Presidente de la A.M.P.A. del I.E.S. Ciudad de Haro

Suplente: Un representante de la A.M.P.A. del I.E.S. Ciudad de Haro.

Vocal: Un representante del profesorado del Colegio Sagrado Corazón.

Suplente: Un representante del profesorado del Colegio Sagrado Corazón.

Vocal: Presidente de la A.M.P.A. del Colegio Sagrado Corazón.

Suplente: Un representante de la A.M.P.A. del Colegio Sagrado Corazón.

Vocal: Directora del Conservatorio de Música de Haro.

Suplente: Un representante del profesorado del Conservatorio de Música de Haro.

Vocal: Presidente del A.P.A. del Conservatorio de Música de Haro.

Suplente: Un representante del A.P.A. del Conservatorio de Música de Haro.

Vocal: Un representante del profesorado de la Escuela Oficial de Idiomas de Haro

Suplente: Un representante del profesorado de la Escuela Oficial de Idiomas de Haro

Vocal: El Director de la Escuela de Música Harense

Suplente: Un representante del profesorado de la Escuela de Música Harense.

Secretario: El de la Comisión de Cultura, Educación y Festejos.

3). Plazo de presentación:

Desde que las citadas bases aparezcan en el Boletín Oficial de La Rioja hasta el día 27 de enero en el centro municipal de cultura (calle San Martín 1).

4). Fecha de celebración de las sesiones del tribunal:

El Tribunal se reunirá inicialmente el día 28 de marzo, pudiendo ser modificada esta fecha si por la tramitación del expediente se requiriese el retraso de la misma para una correcta verificación de los datos aportados.

5). Incompatibilidad de las presentes becas:

No podrán optar a estas becas aquellos solicitantes que hayan recibido ayudas de carácter económico, otorgadas por estamentos públicos o privados. Sí serán compatibles con el programa de ayudas a las compra de libros de texto, becas de ayuda a comedor escolar y las ayudas a la atención a necesidades especiales, debidamente acreditadas.

6). Motivos para la anulación de solicitudes.

Si se observa que la documentación presentada junto con la solicitud de las becas, presenta alguna falsedad, y una vez concedidas, la documentación que expida el órgano autorizado al efecto, en este caso el Centro Municipal de Cultura de Haro, es falseada, conllevará la anulación de la beca concedida para ese particular en el curso vigente y se sancionará con la imposibilidad de presentar solicitud durante los dos años siguientes.

7). Incidencias a solucionar durante el transcurso del expediente

El tribunal estudiará las posibles incidencias que puedan resultar durante el proceso de concesión decidiendo de la manera más oportuna posible, no hay posibilidad de reclamación.

8). Custodia de la documentación aportada

Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicadas las solicitudes y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Pasado el plazo establecido para la retirada de la documentación esta podrá ser destruida.

9). Aceptación de las presentes bases

La presentación de solicitud incluye la aceptación de las presentes bases.

La presentación de la solicitud de las Becas Sánchez del Río 2016/2017, implica la autorización al Ayuntamiento de Haro, a incorporar los datos recogidos, en un fichero llamado 'Becas Sánchez del Río', cuya finalidad es facilitar la organización e información, y podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El órgano responsable del fichero es el Ayuntamiento de Haro, en su Unidad de Cultura y Deporte, ante el que el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/99, de Protección de Datos de Carácter Personal, regulada de acuerdo al Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre que establece el Reglamento Regulador de la citada ley.

2).- Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para la firma de cuantos documentos sean necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo.

Haro a 11 de noviembre de 2016.- La Alcaldesa, Laura Rivado Casas.

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