Gobierno de La Rioja

Núm. 82
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 4 de mayo de 2026
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE
III..1700

SUBVENCIONES: concesión subvenciones para las Organizaciones Profesionales Agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Resolución 834/2026, de 27 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, de concesión de subvenciones a las Organizaciones Profesionales Agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.


Antecedentes de hecho

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
:

Primero. Mediante Resolución 351/2026, de 23 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, se ha realizado la convocatoria pública para 2026 de las subvenciones a las Organizaciones Profesionales Agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Segundo. En el plazo establecido en el artículo 5.3 de Orden 24/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Organizaciones Profesionales Agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se presentaron las solicitudes de las siguientes organizaciones con representatividad a nivel regional:

- Asociación Riojana de Agricultores y Ganaderos (ARAG-ASAJA), con CIF: G26022434

- Unión de Agricultores y Ganaderos de La Rioja (UAGR-COAG), con CIF: G26027920

- Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de La Rioja (UPA-RIOJA), con CIF: G26228692

Tercero. El órgano gestor ha realizado las comprobaciones requeridas de acuerdo a la normativa vigente.

Cuarto. El pago de esta ayuda se efectuará con cargo a la partida presupuestaria 05.02.01.4122.480.05 'OPAS' de los presupuestos de esta Consejería para 2026.

Quinto. Con fecha 9 de abril de 2026 se publica en el Boletín Oficial de La Rioja la propuesta de resolución provisional del Servicio de Ayudas a las Rentas y SIGC.

Sexto. En el plazo establecido las Organizaciones Profesionales Agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja han presentado un escrito aceptando la propuesta de resolución provisional

Séptimo. Informe del centro gestor de fecha 20 de abril de 2026.

Octavo. Fiscalización favorable de la Intervención Delegada.

Fundamentos de derecho:

Primero. Orden 24/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Organizaciones Profesionales Agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Segundo. Resolución 351/2026, de 23 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública para 2026 de las subvenciones a las organizaciones profesionales agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quinto. Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Sexto. Ley 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026.

Séptimo. Decreto 56/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

De acuerdo con todo cuanto antecede, la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en uso de las competencias atribuidas,

RESUELVE

Primero. Conceder la subvención recogida en la Orden 24/2009, de 29 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Organizaciones Profesionales Agrarias que operan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a favor de las siguientes organizaciones profesionales agrarias por las cuantías que se detallan a continuación:

Organización  Profesional Agraria 

Representatividad  Regional

Cuantía concedida/euros

Asociación Riojana de Agricultores y Ganaderos

(ARA-ASAJA) CIF G26022434

48,48 %

256.944

Unión de Agricultores y Ganaderos de La Rioja

(UAGR-COAG) CIF G26027920

33,75 %

178.875

Unión de Pequeños Agricultores de La Rioja

(UPA-RIOJA) CIF G26228692

17,77 %

94.181


Segundo. Comprometer el gasto por importe total que asciende a quinientos treinta mil euros (530.000 euros), con cargo a la partida 05.02.01.4122.480.05 del presupuesto de gastos para 2026, a favor de:

- Asociación Riojana de Agricultores y Ganaderos (ARAG-ASAJA), con CIF: G26022434, por un importe de doscientos cincuenta y seis mil novecientos cuarenta y cuatro euros (256.944euros).

- Unión de Agricultores y Ganaderos de La Rioja (UAGR-COAG), con CIF: G26027920, por un importe de ciento setenta y ocho mil ochocientos setenta y cinco euros (178.875 euros).

- Unión de Pequeños Agricultores de La Rioja (UPA-RIOJA), con CIF: G26228692 noventa y cuatro mil ciento ochenta y un euros (94.181 euros).

Trasládese a la Intervención Delegada y a la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo ante Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 46 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Transcurrido el plazo de interposición del recurso de reposición únicamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo.

Logroño a 27 de abril de 2026.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, Noemí Manzanos Martínez.


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