SUBVENCIONES: a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre
Resolución 7/2026, de 22 de octubre, de la Dirección General de Deporte y Juventud, por la que se hacen públicas las subvenciones a entidades locales riojanas para actividades deportivas de tiempo libre.
Vistos:
1- Solicitudes de subvención presentadas en tiempo y forma por las entidades locales abajo relacionadas, acogiéndose a lo dispuesto en la Orden 36/2023, de 2 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva, y la Resolución 524/2026, de 18 de marzo de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones a entidades locales para actividades deportivas de tiempo libre.
2- Informe emitido por el órgano de valoración de las subvenciones, con fecha 29 de julio de 2026.
3- Propuesta de resolución provisional de fecha 29 de julio de 2026, por la que se establecen las puntuaciones obtenidas por cada uno de los solicitantes y la cuantía de las subvenciones que deben corresponderles.
4- La propuesta de resolución provisional fue notificada a las entidades locales solicitantes y se les concedió un plazo de diez días para que pudieran presentar las alegaciones que estimaran oportunas.
5- Concluido el plazo se ha recibido en esta Dirección General las siguientes alegaciones no se recibieron alegaciones a la misma.
Advertido error material en el presupuesto del Ayuntamiento de Zarratón se procede a su corrección en la propuesta definitiva.
El Ayuntamiento de Tirgo renuncia a la subvención concedida ante la imposibilidad de realizar la actividad para la que se solicitaba la subvención.
6- Propuesta de resolución definitiva de fecha 19 de octubre de 2026.
8- El informe sin reparos emitido por la Intervención General de fecha 21 de octubre de 2026.
9- Existencia de crédito y autorización de un gasto de 31.000 euros para la concesión de estas subvenciones en las partidas presupuestarias:
2026 0704 3411 461.00.......................................... 29.000 euros
2026 0704 3411 462.00.......................................... 1.000 euros
2026 0704 3411 463.00.......................................... 1.000 euros
RESUELVE
Primero. Se considera fuera del objeto de la convocatoria los gastos que se relacionan por no cumplir con el requisito de participación recogido en el artículo 3 de la Resolución de convocatoria.
| Ayuntamiento | Objeto |
| Calahorra | Festival 'fiestas de invierno' |
| Cervera del Río Alhama | Partidos pelota mano parejas |
| Hervías | Festival de pelota |
Se considera fuera del objeto de la convocatoria los gastos que se relacionan por no cumplir con el requisito de promoción y participación en actividades deportivas.
| Ayuntamiento | Objeto |
| Arnedo | Repoblación de truchas para pesca |
| Grávalos | Día de la piscina, día ecuestre |
Se acepta la renuncia presentada por el Ayuntamiento de Tirgo a la subvención concedida por imposibilidad de llevar a cabo la actividad para la que se solicitaba la misma.
Segundo. Conceder a las entidades locales relacionadas las siguientes subvenciones atendiendo a lo dispuesto en el artículo 13 de la resolución de convocatoria: la entidad que consiga la máxima puntuación obtendrá una subvención equivalente al 90% de su presupuesto subvencionable. Al no haber crédito autorizado suficiente, se ha procedido a la minoración proporcional de todas las subvenciones, siendo el resultado el relacionado a continuación.
Asimismo, acorde al artículo 13 de la resolución de convocatoria, la cuantía individualizada de la subvención no podrá superar el importe máximo de 4.000 euros por beneficiario.
Tercero. Disponer, a favor de los beneficiarios del anexo I, de un gasto de treinta y un mil euros (31.000,00 euros) con cargo a la partida presupuestaria 2026.0704.3411.461.00 y ref Intervención 2026.GG.07.408, procediéndose a la redistribución del crédito con cargo a la partida presupuestaria que se indica de acuerdo con el siguiente desglose:
Aplicación presupuestaria 2026.0704.3411.462.00: Anulación Gasto por importe de 1.000 euros (Ref. de intervención 2026.GG.07.408), correspondiente a Mancomunidades, al no presentarse ningún beneficiario.
Aplicación presupuestaria 2026.0704.3411.463.00: Anulación Gasto por importe de 1.000 euros (Ref. de intervención 2026.GG.07.408), correspondiente a Entidades Locales Menores, al no presentarse ningún beneficiario.
Aplicación presupuestaria 2026.0704.3411.461.00: Autorización Gasto por importe de 2.000 euros (Ref. de intervención 2026.GG.07.408)
Cuarto. Exonerar a los beneficiarios de estas subvenciones de acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con el Decreto 14/2006, de 16 de febrero y la Orden Reguladora.
Esta Resolución se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja y en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org)
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa conforme a los artículos 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 45.1. e) de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Previamente, con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme al artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de recurso de reposición interpuesto (artículo 123.2)
Logroño a 22 de octubre de 2026.- El Director General de Deporte y Juventud, Diego Azcona Azpilicueta.