Gobierno de La Rioja

Núm. 65
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Sábado 25 de mayo de 1996
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE HARO
III.E.61

Cédula de notificación

En el procedimiento Cognición 507/95 seguido en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Haro a instancia de Castillo y Orbañanos S.L. contra Bodegas Santa Marta S.A. sobre Cognición, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia. En Haro a nueve de mayo de mil novecientos noventa y seis.

Vistos por mí, Doña María Belén González Martín, Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Haro y su Partido, los presentes autos del juicio declarativo ordinario de Cognición 507/95, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la entidad Castillo y Orbañanos S.L., con Procurador Luis Ojeda Verde, y de otra como demandado Bodegas Santa Marta S.A., (en rebeldía), sin representación procesal, se ha dictado la presente resolución con base a los siguientes.

FALLO. Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador L. Ojeda Verde, en nombre y representación de la entidad Castillo y Orbañanos S.L., contra Bodegas Santa Marta S.A., Debo Declarar y Declaro que éste último adeuda a la actora la cantidad de doscientas mil pesetas (200.000 pesetas), en virtud de las mercancías impagadas, condenando al mismo al pago de la referida cantidad, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, todo ello con expresa condena en las costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días desde su notificación. Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Bodegas Santa Marta, extiendo y firmo la presente en Haro a 14 de mayo de 1996.- El/La Secretario

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