Gobierno de La Rioja

Núm. 82
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 19 de julio de 2017
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ACCIÓN EXTERIOR
III..1923

Resolución de 14 de julio de 2017, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio Marco suscrito entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud, el Consorcio de Compensación de Seguros y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA) para la asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico para los ejercicios 2017/2020

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.

Logroño a 14 de julio de 2017.- La Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, Rosana Montañés Fandos.


Número de Registro: 2017/0171.

Resumen del Convenio Marco suscrito entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud, el Consorcio de Compensación de Seguros y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA) para la asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico para los ejercicios 2017/2020.

Fecha de suscripción: 22 de mayo de 2017.

Sujetos que lo suscriben:

Gobierno de La Rioja: María Martín Díez de Baldeón - Consejera de Salud.

Consorcio de Compensación de Seguros: Alejandro Izuzquiza Ibáñez de Aldecoa - Representante del Consorcio.

UNESPA Unión de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras: Pilar González de Frutos - Presidenta de UNESPA.

Objeto del convenio: Regular las relaciones entre las partes signatarias para la gestión de la asistencia sanitaria prestada en el ámbito de la sanidad pública, a lesionados por hechos de la circulación, y establece los precios de los servicios de dichas prestaciones, que serán aplicables a las asistencias sanitarias realizadas a partir del 1 de enero de 2017. Todas las facturaciones tendrán un límite máximo de dos años desde la primera asistencia prestada en el sector público, salvo que se produzca la estabilización antes del referido plazo y sean de aplicación los supuestos previstos en el Convenio marco de Asistencia Sanitaria Futura.

Vigencia: El presente Convenio tendrá validez desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020.

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