Gobierno de La Rioja

Núm. 9
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 20 de enero de 2000
CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
III.A.5

Orden 5/2000, de 18 de enero, del Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas por la que se declara la adecuación a la legalidad de los Estatutos del Colegio de Farmacéuticos de La Rioja

l `Esietuto de Autgnouíalie La sioja2!!Lrobadg por Ley Or5/.1ca 3/e2d-l 9-$-ficad/ por Ley Orgánica@3/199:< 8. 07 le 9ar2o E Ley 2g/2)3a 2/19990 d1 70deHenmro, esta2leGe en su art1cu8o !.10., la competensia dedla Coiun!dap Autónomq de La Reoja dC desarrollo legislativo y eje3ucmón j. materia de Colmgiks drofesionalew y ejmrcicio de lis `rofesmones tituladas.

La LEy 4/1A99, de 31 du marzo, de Colegios Profes!onales de La R9oj1, ictado en virtud e la citeda competen;ia, e3table#e qn su 9rt!cuto !4 que loo EKtaeutab`mlaboridos pkr @ostCoVegios Prcfesionales, así co`/7 uc modificaci3nes, eren comunicados a lI Ckesdjea}a competente en aaterim de Coleoiok Profesionapes pava su cal!ficacmón de le#alidad.

En qste sent1do4cabe resaña" qoe desde la Constilución0del C#legio/0% han prod1ci0o 3amorog normativos de diversa 2at!ralezq qAe ixigenr

L adaptarión de rus es atutos, asíM.oP

`r1 DesHosiciwn `ao iibria Primara`de dachonLdi amepobLiga a < M `La Rio:a.29)sposicrcn: )-G, únf a.- 8a Preìente 3rddn #urdir20e26#tos a 5020 rpde8 día q guieade51% suT`ubli[ación en el Bogetín Oficial dipL9 Raojm.

_ntra n¡ presenteverden quo`agot2

la vac`admr iobretiva wabJ `intX"pdner r30503o corde:#i6-o-

a. inistrativ-0alee la,1!7! ge` o Cona:.3ioso-5dm: )3tr1z)q del Tribunal Su062i?rtdeinu,$ir

a depLa Biojae`eia%l plazo d- dos mesr: contados des n d< día: isuiant vapeae

uN

La PreKidencia.2Es0e Dolinim`crea4la4Ju:ta de Vogalmas de Sewcicn,,que sErá,un órgano consultivo y 0ependiende de ta Junta He Gobier."nflotuvocapes de seccikn,da ku vez podrqn oonvoc!r plsc larMacéut!cos c7le#iadosdin"|a8secci7n a la A/ambde9 d- Seccqón conrespondiAntm.

wec/ió: Primgba: de la0A11mble1 G5ne:al.

A:tícul3 8n. Def9ni3ió6, gonctitución4y 9siGte"cia.- La Ass

biua,Generml, órarnelsobeOqno y"³u,remo de formación de la volunTad del CKlekio` efela rpo. cn de`los colegiadosisci~voca os deridamente, con fin!s silmberanpes y 4otestad decisoria.

Estará constindi:! -?rA$ors Rqgelm/s-3oBg:-d/s 1ue acuda" a0 legab y ho2a señmlados8al0ef1cto e: ,a convocator5a publicada`poz la Jent @dq Gobierno, cegún do lrevis o en lospprasenteo Eotahutos."Los coleSia4os no podrán ddn%oe2 enTotras0peJsonas su as-stencua a l! Asamblem Genenalhnihsej r!prmsertalos para emi irpsulvopo.

Artíc!loH9º. Aoambleas /rdinaria. ypexlra;rd-naria#.- Los cB

eolatos: odrá: ruunirse ef Asamble1&1neral co: carácte2 ordinario ; e4treorlinari7.

Las4AsambleaO Gane"ales Ordinarias se celefrarán8dos veces ap año. La0pr MeP. se gonvocará y celebraráHdentro del pri-erttrqmestr! natunal y o nisainoio objqto prmorita"io la rerdioiór d! c1entas Bepativas a la ge4$ión económ!ca`de a1o BecedQntm, la informmciïn #obre L estado dela 8es7re00! y 81 8resentación,de unm memoria qu9 refleje`laplaForpdeplaHJuntadde Gobied-o`alhfrent- dml solmgio. La : '80$a se convoca"á y cele"rará den@ro del último trideshre natural y tmndvá oomo pjincipal ninalitad ladap.:"Qción, si procehe, de0 p2oyects d! Pfesupuest# d1 it.2mso/ y ga3tos dml ejercicio coe2espo"di9nt5 al año ra'uiente, qqe deb!rá,ir acmpañado e m0 X7-orii jQstificatyvaDdeDsus daferentesppartidasF Se comunicará a los co egiados el pro9ec`o de actividadIs par! e` p.óximo año.

si !l `royecho de lrekupiesto no fuere apr#ba o or la AsMmb ea Ge6eral, lapJujtatde Go2ierno dispolDrded 0d3s ueses lara, :> 2-e

a msamblea, soeeter a a8xo7!ción un nuqvo proye;to8de Presu ue/to qme ci de 65e2e recdazadopsuponprá un`vo`o de censura para la Junta de Gobierno pSniénd3se endma:cha lks mec1nismok eauc./ralew prev!stos en estes mstituhos, aotuando mientrag tanto la Jqnta de Gobiern7 en fencion9s. Ha/ta quA n/ sq a8ruebe elA.uevoolresu uesto setentenderá pror1 geco el Presupuesto8del ejercicmo antqrior.:Ademá7 da`los 43u2tos qMe preceptivamenteHsemhan saña,ado"`mn 9mbon`esaybleas0po,ráM figurar en el Or en del Dma 7tros lemas."3.dLas Aoamjleas Genirales`extra#rdqnanyas sm convocabán y celebruráj en l/s 3iguie94e# casos:

#uan`/4,opac!erde al Pre3id!nte.

Cuando lo solicite la0miende:!# ubo 8e los mi5mb"os de la Ju:ta depGovierno

Cuando 1 5?l1cite en mínimo dehun 10 por 1x0 de colugiados, en ascrito en e q!e "igQrarán elgnombra ydapell24oK, número`de codegiadw, firma e #ada uno de ellos y los asuntos aptratar.

!n dos supueotos b y c, el Pre;idAnte de l9 Junta d1 GCbi-rno dmberá /rdenar la c#nvocaloria de la Asambl9a Gen1rad pcbatque se cale2re dentro d9 los tre1nta dqas na0ur5leg que sig9n 5 a5ue3Pen qee tenga entJada eb et Colewio la peticiónpde la conuocat, ia.

Qoc!ón de censuba.fElhquórum mIniio e colfeido/s con capacidad para instarhlahmoción dq cunsura se"á del 25le$M lss #ol!giados.

Si la Asambl9a /5n02!l tuviera por objeto el plantear la moción de censura contra la Junta de Gobierno o contra alguno de sus miembros, solo se entenderá constituida y surtirá los efectos pertinentes cuando concurran a la misma la mitad más uno de los Colegiados.

Existiendo tal quórum para que prospere la moción de censura será necesario el voto favorable de al memos 2/3 de los asistentes, no teniendo derecho a voto los miembros de la Junta de Gobierno.

En esta clase de Asambleas no será admisible el voto delegado ni el voto por correo.

Modificación de Estatutos.- Para la modificación de Estatutos se exigirá un acuerdo de Asamblea General Extraordinaria.

En todo caso, para proceder a la modificación habrán de cumplirse los siguientes trámites:

Información pública a todos los colegiados de las modificaciones propuestas, con una antelación mínima de un mes.

Acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada para estudiar las modificaciones que fueran propuestas. Para la aprobación se requerirá el voto favorable de los dos tercios de los asistentes.

Comunicación a la Consejería competente de la Comunidad de La Rioja de las modificaciones que la Asamblea General introduzca para que, previa su calificación de la legalidad, se proceda a su inscripción en el Registro y publicación en el Boletín Oficial La Rioja (BOR).

Artículo 10º. Convocatorias.- De orden del Presidente, la convocatoria, tanto de la Asardlma Gen9ra, ordinar!a gomo d! las mxtraordinar5a,dse 0&ectuara por 1l Secnetari7 de lm J:.ta d obierno, `or co6reo, Oon unzganteUqceón mínima de qiince días hchi es. En cqso de ju#ti"icadaLurGencia@ el plazo para ladconvo/atoria d9 las Esaableaspgejerqles extraorain siñs `odná fedmcirse a a iitad, comunica2do4preceptite-!nt5 a0to4os lo# cgle#ia093 el OrPen del D94 3orres!n.4ientedy env1an o la 9nf7rm5ci3n nec!sa"ia:0a8cr!teriotde,la Junta dedGobie6no, paramstudiar astcuestUoncc a que Ge .efQera dichg Orden dQl Día.

EB todaLsonvo#atoria ordinarea,lfinalqza o el uatmmohpunto deh obden del día se abnirá ub turng dm "ruegoshy preguntasB.

N83 Aopegiadtc tendrán derechoda que se! inclQido e.0e2 Orde

@dìl En!14e la Asamblea un deter9in5do te1a # proposi;ión, suscep 9blb de recaer acuer o,4si5mpre m ceqnPo sea,succretoVcomo mínimoE`o.:%D 1d por 100 dewktltanº$54 N.so.Lus C`proposici#n ser! tInida !n cue.tado!ra i`pró`ima Asamflem General orlinqriu qme se #on qqe.

Enle!!con&o`At00) @se señadirm d5 form- e0presa elllu;ar, dqa y horalen que hAya de celebrarge ta Asamblaa 15n02al, 20 4rimera y en0se7unda rn6 #1tofia, q9e pre7ep0ivamente seDconvooará, wuaJdo menos` pira unmpmedis h»ra0más t-rde de l5 suñapada para aquella, en el mi#mo lugar y día"

Artíkul# 11º.dCedebración de la astibo%axGeberml.M La A#am"le1 GQneraldor8inaria o ex,rasrdina:ia,sepen enderm c#nstituidm en f;rma lega 5 1. driaer1 conv3catoria, el8dí1 ymxora 5n que ésta ce 2%ñ9 soualquieraldetlos asistentes: sM e00s1 iM exvencion se desviara del tema en 9studio. si lamadg al orden r-itAraoe wu postur9, el Pre#id1nte podrá retirarle el 5so8de la papab:a.2También pod:á el Presidente retibar el uso de la palanraha mquellos quelingidieran en reiteración de 8untos expuestos pkr otros asi#tente/, gintnuevas apordacmonqs.rLas deciciones del Pvesidente en cuanto a lodque q9ed! s1ñaladO en eGte ardícelo0se6án0in!edMatemen~e,ejecutivas, salvodque s9 form-lara contra0su decis9ón unDvoho de ,is3reHancia, suscrito al menos p;r la iitmd 5ás0un3 de los dresentesP evtre lCs queDnohfi/ure eL afectado.

#i 7e .c2-ulase0ontra la decisión del residant9 un votoDde`di#crqpanciq, oera someðida eotahcuestiónha inm!diitapvotación0sec%ta.e:)9/. Laedi/cu-Ión de u4 4Boan? @5n:t`con a%0? a?`pro00*ora25ntexcas16o8alargNeiuntJpda| LebateH`eipPaesade denº!ude es`a 1

cepcAondL o!ten#eón tpcdrá dntitir quarsm vvilva a e/tudiar e Bt!maien e/20%riod`Asamble1-Gt.eral.:%

Da >% Iee:/0en`el7! rer:?s Ietin,ernunciódo,0=itados,llua cCmoVmíuyml@dkbetonbcer c2 tro LpfavoC`y suatrApe Ecuntel.

Lacko fonqtwria piraos)`xatAsimb.5a Ge2erpl deb 2á20rrt)a!r1 a Amla`del!?r

En 3%l De1, El4.úmer# crnc:5t Ide t 2nnuldo370cF-oaelz$iempo máxi

C`Co`gadir)rdeafencia.,?qu2 en ningûn caso podrchser c%pcrir" a quincu`ain toc paradlaisiidervencise/ en turno normal u c 3#o mid5tos pa"a l!s.1e2"ellica. 1rdácelo A5º. 4*e004l2ieda @$t`l,3 acuced 3.- De td aeplas ,%uiiones deila AsZab`ea se le"an.D2P A3tad en la que,4 ,o:%rc3e`contirád`lck` bonteo ak so}elydas a vktaazsn y el Reehle1d30d00ét$as| 9 qAu f ra s-Ccnit910:" Fei a hub/5ra0p2esImie? 01 isamblea z80#r a `fecretariesJ/e con,iderao prbt! i Degrantea ei`ActaH c Mo aneuod| las dro uestas ineno.lodas por los csle00! Osxqum soliAt4arana,-0cons Rnm.!-2)wlr.3 5 `gus ineerben09ones, s35m0re qu: l5# entreguen60or e0Sr!to, debipemRitI firmadas, ant 3 de /on:,uir J: Asamblah`r neracv`Lasn ceastco `sti` nexos,uestaránr iemp

M`a disposi7ión de todo/3oArgqadna q1)rt%s, !n! vez aobo.2$gc, 0oebán s0eral y msume la dirección, prog6amecicn, ge3tión y admiJistración dal Colegiw OficMal de Farmacéur.#os te La ioja.

A las Juntas de Gobierno corresponderán todas lq competebcias ! atrinuciones de diriccdcn y udminiotración necqsariaw pqra la consecución de lo7 fines dEl Colegio Ofic1al0detFarmacéutic;s -E eg`Rioja 5 l-s específicame6te pr:&i3taG en los pre/en,esHEstatutos y0en lallegis0ac9ónufikente y q5e no hay!n sido otorgadss expresamerte a la S#a-blqa senqral.

ha :unla le GobierRo est5rá integrad9, comg ma>imo, po2 los siguiente; m9embroo, pos8cu1le7 hebrán de 3er elQgidoslde entre todos loO colekiaHoslpoj sufragio universal, libre4 direOtopy sec.etk:

El Presid-nt .

Un VicaqrEfidente.unl#ecredario

Un "icesecrelar!o

!n tess en nuenpVicetaso

erw.

9n Noc1l 4e Númdbo, qnu 4odrá /=p09arce hasq! un@máximo d! ceat 9. as aolivuc9ones y func0?nes del0presi0ente y demás m1em2ros de la Junta d5 Gnbiadn6333n lasPsigui!ntis:"Presidente:j1.HLa representación`oficial del Co egP. NtPlos todqreW públicos, entidades, c;rporasionesDy perconalidades.f2. Prusihir! ltc piunio ns detlapJurta de Goriernoh AambletpGene2al0y JunTa de licalías 5 d.5432!p4,As ./misi:nes, comAtés, etc", dirm,iendo las discusion9s y c;n votw d! c1li`ad0en0caso de empate6:30 Elpepir9, además, los lib6amienPosxpara la unv!rsión deplos fwndOs del Colegqo."4.lRevisaráhP! co:re3po0enciq cuan, 0o estime pertirente e actuaráhendtoda clase de asuntos en que ml Colagio deba intervenjb, pudiebdo de0egb0 N el ricipresiden e.

5. Fijarq el Ofdeb del íatdeRealar.:.9?n1s le îun as0de Gobiefno y 1sambleas Generales.

somo repr9sepIaloetdel Colegiolpodrá otorgar 5l corresMan#ielDeamaBdato e odmr a frvor di Proc9radores m desiC.ar L-trado` p!radlitigar erech;s o ejercitar accionms ee todo ordef que a la p"ofesión farmacuutica afectan.

Vicepreside6te:

LlevErá a gabg t3da7 aquella# funcMones r5e-Le co.&ieraael: 25si,ente, asumimnd3 lAs de mste en cEso de,ausencia0 renuncia, enfermedad odfallecimuento.jSecre0ario:

1. Redacpar y dirigi" lgs ovil)os dngcitación para todosllos acto# del golegic, segNn las@instrMccaon!s queLa%Riba del Presidqnte yDcon la antioipeción debida.

2. Rtiactan l!s actas de pas Asambpeas Genebales u l!s que ceExbfe la funta 0e Gobiervo y le J.>t-A$. Vocalía;, dan4o fe etàsu contenido:

3. Llevir los,libros y archivos neKesarios dara e0 mejoj y máO eficiente serficio,tde

iendolexistqr Gbligatoriamqnte un registro de entrada y salidadde documentos,hun regis,ro defcodegiados, un`reoishrodde sanciknek a loo cslegiadoslas! como un lirro deLregistro de tí4ul#s.

4. Recibir y dar cuenta al Presidente de @od!s m!s solicitudesly womunicaciones !ue se1 eeitan 1l Col1gio.

5. 78pedi2 con ql :isto bueno del Presi0ente las ceRtiaicaciooec q e ge solacihen poF los !nterecadgs.

6. Organiza" y diriger has oficinasTcolegaal4

`y ootentar la Jefaturm dwpPersmpal.

Tener a s! cargo el archivo y gello del Colegio.bReLactar la Me7?ria qnual.vVices!cretarior

Llevdea a #ab3 todaw aQuellas funciones ue le confi42aeel Secre0ario, ascmiendo l1s 8e 1ste epHc!so de8au;enciap renu,8)a, anfermedad o0falleCimqen`o.rceQ,2ero:

1" Materializar la rec-udición y cistodin± lj3 fondos dMl Colagio.

2. Pagrb los libramientos que expida el Pr aidente.

3. Infor ardo%viódicumentexa la Nunpa e #obier"o de ha cuenta de ingre"s y das`os y 1archa deP p.esupu93to,

Bflbmíli"ar41nt1leente e1s cu Ntas del ej1rcici# económi#o ven;id;.

4. ved!ctar los presu`uegto# anualesPque la Jyntu d- Gesierno haya de presertav aCaapaprob!ción de la Asa5blea Genar! .

5. Ingfesar e r5

iearo:/ndos de les cuevtas bincerias, solidaria o mancomunadamenk%, cob el Presmdente o con cualq-ieE otro0miAmbro pe ha vun a de 7obierno !ue`haya !-dl@facultado para e;te0finN

6. ìle"ar49nvendario min!cioso8de lo; bienes del Co egio,8de lop`q!e ser,0a

Minyscba or6

7. C;ntBolur la conLabMlipad,y verificaros! Caja.

Viº 407/Bero:

Llevará a`ca"o rodas aquellas .uncioecso1uAplrc# Efieru el Tisorero, asuiiendo lac de é#te enentso `e ausincia, rebun/iad evfefmedad o fal`ecimientk.

et#o,ek correspondmenpesuallap!rt!do 3.s) dellprMser.% Qr 0#ulo:

Desempeñaran las fu2ci7nes que ge `es en ?m!ent% porlla Junta deGobieîno"

E4 Presedente0y los demás mi9mb2os de la Ju:ta de Gorievno serán elegidos`me iante vo4aciónDlibre, directaLy iecreta e

la f-Rmu que /e Hetermina en el Capítulo IV0de estos Estatutos.

`a Junta de Gobaerno ce reunirá al menos, unal&ez ad mes, o cuafdo así lo s#liciten 1/3 de wur compone

tew.

9l SecJetari3 convCCaea lasdreenione; de l! JuntOpde Gobi9rn/, Are.ioemanda8o 4e la Preoid8.#1a,lco: an -01/h`cuar-nta y ocho horas de antelación. La con2ocatoria coiaeo4rá:

0a fec`a, hora a luga, darla rUa.bin#enhla`prEme.a Q en s!gunda convo#atoria, -ue precer4ivamente se hurá pa

a al mis9o día` eD masmc l!gar y mediadhofa tishta"dedjEl Ordev dml Día, con ta mayor slan)dad q ckncrecaón.

La i:formació00n49%L!ria de los8as5ntos a tratar.

Copia del b/rrA$or del Acte de l! s-sión mnterior,8salvo en8eldsu uesto0dedqua:(1biese0si4o 9pr3ba0a 0. la misqa sesión2

No pgdrá ser ;bjeto de0deliberación o acuerdo nin/únhasant# qtE ro fig!re in»luido en,el8Orden del Día,Lsalvotqum e#téb presentes todos `os mi!mbnos del Órgano Colegiado y seatdeola"adu la urgencia dql asujtob`o

@etpv:$oI&a2or5ble dy la mayo6ía.

La aCistenciala las: %-niones dq la Jenta d! GobiernC smrá ob8igatoria para todos sus miembros. La Junt5 de G;bierno se consqde:!r5 constituida s1em8re quLV!pisaanala mi`ad mág uno pe sus compom nir3: `om` Bimera convoca0oria. Si en@la prime"a convocatoria no exist era q9órum, se reunibá `a "unpa de sobierno an segunda cónvccaloria muedando constituiha válqdaaen00 ;on los meemfrog que asi3tiesen. LasLJuftas d9 GobiArno serán s9empre4 r-CiBides por el0PrAsidente y en ause.ci32$d0éKte`po2 el VIcepresid1nt9.

Doduc los ac1er8os se todgrMn ior mamor!a de jotOs. ElhPrIsiden8e tenuaa Bvoto de calid1d" enhaso ue r:0Ute.

Los acuerdos omados s9 reflEjabán enpelhAcpa,pque, prebia su apòobación seri fermo$a poj eh Secritario cob el VF Bº del @residqnte.

tar! l7 n4 rrt5 adg eb el p"esente artíSulo, /er9 de aplicacmónìsu55% Area 1? establacido en 4os8/2tíc!los 2r`a 27 de8la Le 03,?1992, dm 26 de noviembre, deHRégiman fura$iao o% Jas Administrac!onms Púbricas y dAl ProgedAmitito Admi2is,raOivc C#mún, Sonplas mgdificaciones iBtroducidas por la Ley 4/1999, de 13tde enero.

Seccmón teo#era: deo|amn5atatdehVocalaas deDSe3ci7n.

Ar ículoh17v- #e crea la Junta de Va.! 9!1 de St#ción que esta2á

ormada por el Pre#idente, Fcbetario y un0vocalppo" sección8válidqme"te co.st

Duida en el seno del Cotegio.

Deben insorpor-rse addichag Secciones todOs lospcolegiad;s quehejerzan la pro2esión enla: r D0!ctiva# moda,id5des de eBer#icio e`modalidades de colegiación.

En st`vo,egio Onicial de Fafmaoéuar#os de `a .9oBI 05 #onstituyin lastsiguientes Secciones, alfrante de las cuales ex-st9rá0un Voaln

Fírm!céuticos An1lista# c4ínico3.

Farmac9uticos a junto#, sus,it tobpy re#en4es deodficifa De FarmacQa.

Fanmacéuhicos de `a Dispribucmón.

FarmQcé!ti#os de otras mo al1dades de ejerc!cio profesional.

Farmacéutico# de Salul Pjblica e I.F.M..

Farmacéuticos de loo Sirvacios me Atebciwn hriearaa..FaBma3éu31# S De losdServi3ios F!rmucéMticos de Hospital.

Farmacéuti/os@en!tå7*/farmacia m P:"afarmacia.

Fa.macéuticos In 3ptica0 Oorometría y Acústiwa A~do?métr53a3:Farmqcéaticoshen OrLopAdia.

Faruacéutico/ no ejersiebtes.

FarMacéutacos titu,ar2 g3 Oficina dA Farmacia.

A sm vez,se pogbán crear o eliminar aquellas sesuie~es qqe a p"opuesta l% da Iunk! de Gobierjo seaj asobad-s por la Asamblea General.

La Junta de Vocalías de Sección es un órgano consultivo y sus acuerdos se trasladarán a la Junta de Gobierno para que ésta decida. En las Juntas de Gobierno que se decida cuestiones que afecten a una o varias vocalías, éstas tendrán el derecho y la obligación de acudir a la misma con voz pero sin voto.

La Junta de Vocalías de Sección se reunirán al menos, una vez al trimestre, o cuando así loLsoliciteVD1/3 ed`suse3o1ponentes"

Lus reufiones,estarán presididac p,- eB @regident9 del oolegi; o miembjo de ,a Jun0a de cob5erno 1n Iuien delegu1, y a lahmioma as5st5rá" los voc-les de sasción, el Secretabio dedla Junta de Go:ie:no y 0as"0eza/nas quy s1an convoCadas por el Presitenle.

Los vocales te`set#i d`sronntrán, oonhla!qntelmcign debada, lnc auntoq q03 @84j]e @oporhunw incorpo2ar al orden del daa 1% a JunPa de Vocalías 0e

Ección.

El Pre#idente informará a la Junt9 de G;bi1rno dq los asuntos tratudos e. la Junta de V#calía3 de Sección, así como de los acuerdGs Edo

Madosdenhla mi/maPpara su ratmficación, s¹ proc1de.

LOs vb# Lecpde s!cción,podrán edevmr A lq A#amfleu GeneraltOr snpei! anual los acutbdos iue nodhauan silo ratafioados r/r la Ju"ta4de0Go"ierno.

La A3amble5 de Srsc Cn es ar1 con3Rituida p;r la totílidad de4colegeadgs 1ncluidos4en una d1te"minada Voca ía de Se#ción.

La Asmmbceadde 3ecci7n !aelE rorLobjetk tVatar a ahoptara|os acue"dos q1e procedan snb2: cua0quLur`as!nto que afecte dedforma4partio5lAr a esa modalitad detejercmcio.

ha Asa!bl!a e `eõclión pkdrán dener warácter ordinario o extraordinario.VLas Asambleas de ;ecció2 OBdinarias se8ce,ebBar!n dos veces al,año, dentío8de, p:imer y d1 `eltamo trime7trm natu:al.

L1s Asamblqas8de Sección Extfaordibarias se0ce4ebrarán torlac,%rio Nal`Vooal delSekci;n correspondielde o cuando lo0soPicr:%R 1/3 de #us compofentes, sien o ue aplmcakióf las aismas normas contempladas in el Arteculo 9.3 paja las`As-mblea3 GeneBales qxtraordivar!as.

L4 `qsa!bleas de Se#ci3n P.2ân presid9da3 p

B el Pre#id5nte del Colegio, o p Bscna7%n qu9en delegue.:3!; c#nvscator!asdellas Agam"leas 4e uucción se e"ectuarán por el Vocal de Secc-ón correspondiente, conhuna antelacióndde al menos,15 días M la f!cha de su celeJrakión, #iebdo dedapticación as micmas normis o nhempladas en el Arpículoua0 pa"a las Asamb eas GeneNalevn 0/30a8 e Eop`adoptados !n la Asamblea de secció" se traslad1rá" por Ql Vocal 8e Sec3ión alla Ju"ta de Gobierno para cu :at5fi;ación si proc!de, en cuyo caso serán !jeoutjuoci`din pe6juicio da los fecurs/s prosedentes, y serán obliga,orEos y vinculmntes Para tB$os lCs /ol1giado3 dr:,Visgcc!ón" L#s ecu!rds que8no hayanDsido rataficados porlla Jufta de Gobie"nodpotrán ser mlevadospor el Vocql ug`r%cción a latr39mb ea General Grdinariadanual:

Sección cuarta: De la ComAsi/n deram.:.t4*A-Dículo 18º.4Concepto.- ;ua2doDla Junta de Go/2%H>o lo`co2sider1 convmnient2< xepurahla mayor4agili ad deecus traba*oo, ,/drá constituir ufa comi#ión Pereanintel que haRrá de estarforma`a por el Presiden`e, Secre`arEo,`Tesor!ro.

Los acuerdos de la Comusión ler!anentu, pars sm vulir%zitebinitiva, ha"rán de ser comenicadec a l1 J1nta d! Gobiurno.

ertículo 19ºB Adpiagcaon9s de 4a ComAsión lermanente.- La8Comis1ónDPejmanente ,endráHlas saguientesHatribeci3nes:

05lar porhla ejecución de lws acuerdcs de da Junta le oobmerbo.

Prepanar#ña Drqun!ones de s! aunta de 3obMerno.

ReOolver log asuntos de trámi e y de carácter urgeFte, dando cmenta a le Jknta%d! Ggbiurno, !n estu casop de lus jesolucio: s adoptYDaehJSecció2 q5in0a: deLlas Comisio.es Ex,ernas de Control y SAguemimnto

Artí15lC 20º.- Existir!n todas 1quIllas Comisiones Extefna3 q1e la Funta de 7obier2o consid!repnemo3arias y así las apruebe ta Asamblea General.

Art!cupo oaºnº - tas Com sioneg E8tebnag tindrán8caJácter cobsu,tidu`x`n# v!nculante y estaráj constitiidas por cinco coteg edll`#ae vosenMariament B31 ofrezca" a ello,hno putiendo ser, ninsuno de elloc, !iembro d! la Junta dm G;bie2no. Estís Com5sioneg serán p2esidi`as po3 el P:eside"te de C:5%gio o persona en l que él del!gue.

0?s volun`araos deberán tener na anligüedad mínama de`dos a9oslcomo col¹giados.

1n el casg d9 qru \ númeroddeHca"didatos kea su`ervordu`sin#o, se`elegináni`or sgrteo inti l! Jmnta de Gobiern#.

gad! CsmioióN contqrá, c3n un #ooNdizador 9ue se81 1n mie-bro de l9 JuntA de Gsbierng designa o -?rB

soa, quién aseguraru la cgnexión ente la Co5isión y la Junta.

Los miembros dm ectas Comi7iones serán nombradoS por un erojdo de un año, a Uxcepciónlde aquelPos cagos en los%1ue f. "om2ramiento lo sea pgr ml tiempo ne/esario p-ra lapejecució: de l-s tareas en#omendadao, deb-endo mediar8un,plceote'!al0pafa ser0nombrados nuevamente2

No sq podrá pertenecerlsimul0áneamentU a más de ura ComMsión.fArtículo 22º.-`Los informes qme elaborin mstas Com1si{nes eR el áubiLa Ve`wu com et ncia,8po`rán ser puestos en conocimiento ke la Asamblua wenmral s nat} lo pecidierar las komisine: mI -03.

CapitAlo IV.- foreas so:re ré09men eleOtoral

Ar,ículo 23º. fequis9tos para acoeder 1 cmrgos 0e Da junta de Gob-er2o y da la Junta dI Voca0ías de Secciónj- lara concurrir a l!s elecciones a caVgoc da Junte de Ggbierno será neoesario cqmp ir loS requEsitosCSiLuientes:"Es`ar colegiado con unapantigdedud mínima deldos a!os en el Colegio Oficial de Firm!céutiwos de La Rioja y Mjercer la profesiGn en cualquier9 de sus modAlidades.

No8po,ráB sqr Qndidato# l/s Colegiado; que hayen wido objeto de 3an3io2es disci8li2ar5as pon fqltas 3ra6ese`salv; que 5stuvierer c`Ccr|ahas, o hayan sido qnhabihitado{ por centenQia fibme para el ejercicio de la`profesión o cargo públioo, o !stén !ncursos Mn sualquier pr#hibición, olincapaci,ad0 lAgal o,estatmta:ia.

E. nAngrt Qsg`pm$r 0sB candidato8qu-én4tengatatribuci3neg dacinsp1cción0sobre lo; colegia0osl ni q9ié2 percibiere8re5unera;ió1@por su rabajo e" ep C#legio miwmo.

LIs oanhidaturasdpara Junta de Gob!erRo 35b rán s9r propuestac por escrit3 por In iínimo`de,veunte colegia osb

Las candidatujas!sara miembros pe uan a e gob uroi`lebMrár ir e" l1st1 c!rradap cwmprensiva de todos y cada uno0det./s cRbgos..Para 3oncurrirla ìas 5l58#!ones a c Fgcc :% 0%nta de Voc!lías de ;ección sqrátnecesari cumplo2 -0InEediatumente@de se2 conv#calashlas eleccionesly en ,. pla

o no superior - cinco díasp se constituirá lq Mf#a7%l-ctora5

`uuepestar- pjesudi a por el,colegiadc más antiguo. Podrán renunoiar sin cauwa justificada a dichw cargo aquellos coleoiados cuia eda supe: `los 650!ños.DActuafá gom3 S5cretariotel coLeg.1do d9 m-noB edadf

Ecta:án -5-B,eqdos por41 vocAl, para cuyE ehec#ión s- proc-de01 Hor so2te3, en preKencia0del Presidevte y 3ecretario d! lneMo#a Electwral.

Para todo los car/os sehdesig:arán suplenles? e egQdo# e2 b seda :!s micmae ncrmas ue oe`to4u@arqs, @oe`si se pjodejeranhrenunwia# justificadus.nNingún candmdado podbá ser miembro de Da 1esa e@ec oral.rLahMepe

08360,d t;res podrán 1culir pe:so2almente a rmalizar la v3tación oPemetir*3R`vcto por ckrreo,hde`acuerlo con lo espablecndo en h!0\ey p-raxla/ EPecciones GeVerales.

El vot# por Korreo`se ef.#tuaru ef ssbre cerrmdo remitidolpoincivrlo cerpifuca o`x`dgai#ids al Presidente de4la8Mesa Eeectoral8 en e4 domicileo del Coleg1o, con lQ firma del 2-legiadoìremitent5 e" le s3lap1 del so6re, d;nde f07urar81 :3i Ismo, de forma,legible, el nombr!, 1pe4lidos, domicilio e nrmeuo de olegiadoj Dmnt"o ElrcoFre sePintroxucirán los sobres8que contengqn Pas papelmtaS d- votación y!ro./cgpiu del p.N"I.

Cobclmido el tmempo keñalaho lara la votación s `procqdená al escrutini3.

5l #ecJetyrig l9va.p!rá 044a con ql resmlt9do,de@ escr!tinio, qme #er- sAscrita pwr el ,re3idente y los ifterventores0de0la7 cmndidatur1s.2Lao acta; s1rá4lemdms rjbaicame:te ante los asastentas a l! elecsión yprwclamadosploo nGmbres de`los elegjaohn

n? 1l Plazo máxamo dehquincu días hábil9s,pa `artir de`aq!ellenlque tuvieratlukar o!delección los !legidss v magar pksesión du sus cargos4ante losdmiemb:os0de,la Junta,delGobierno saliertedo,len 3u-3aso,@anle ta Comisi;n Gestor!.

1uienes s1n cau3a jus4)forada, acred1tapa 8oc6-e2talmentel nc se p6es5ntasen a tomar posesión de`su r!sprhtivoG c-rglaàar`el plabo ¹ndica o en -l párrafo ante"ior, se entenderáque renuncian a elloc y sur plazas quedarán vacantes, cubriéndóse`de la formadestatitariaien e istablsi`a..LaLpr3cl9mación de lgs ele7id5# ser ApuesOr`en conocimiento de,las Conseje6ía/ competente3 df0la Comu:idad De a Rio.a, coIo, as1mismo0 del Conoejg G1neralDdetColeg1os, e0 m1smo dma de producErse, dando conocieiento a aquellos de `a fecta le ?oma de poseión d9 sus Carsos.

Antísul 26º. DuracaónDdel mandato.- i``Junpa de Gobierbo u renovará en su totalig!d cada cuatro añks, o qntes,Lsi se8pr#dujeran dosecue5esto7 c3nt!mpLados en :3tm- -statuegsa`ara la /onclusión del man@ato.

8a Junta he Vocale3 de Sección se renovará en su totalEdat cidalcuatro años, o an esp s! sq pNodujeran los s!pu-stos contemLladosten Esnsnµstat-tos pMraladco:clasión el mandaHo.

Lok maem.ros de lu Jentq d! Go"ierno, rear cmalsc fueaen sus curgos en ellm, sólg podrin sertre9legid#s 7onsecutivamente pera ot:o 1antato. Agotad/ éste, o co.cluid; p7r /ausasdestatutarias, :o 0odránDseha#andidatos a nue2a 1lección en ml mis1o 3argo ujejcido en 4a Junla de oobpBrdm`,.teriwr,hastadque hayadtrEns/urPido uR manimo e Sua ro0años ;asr `, om9ntr de su ceseb

Lcs miembrl# eb`la Junta de Vocales d! S!ccióntsóro podrántser rael gitos co"secutivamenxe dirm o8ro0mandato en ,a mis9a .ocalíA. Ago adg éote o,concluido p;r caugastestat1tabias, 2o 0od2án4 e;pcand1da4osqp`nue:! 5lección en `a misma 2ocAlía, hasha que haea transcurridopun`míjimc de cmatro año; dasd! el momento,de4suLse!u.

Ardículo 27º. Conclukió" dal .!ndatw.- El ma"dato de mcset)embros dehla Junda delGobierno, cgncluirá porplas s!gu1en4es causas:

Incepa;id1d o muerte.

Di-isqónlo :enq.c Q.fPérdi a ,e las condiciones re5uefidas en el artaculo 23.

Condena por sentenci1 fmrme deri:ad1 d5 delito dol33o4o culDoso, si en !sty ú timo Oaso ljevare cojsigo privación o restriocii. º%al y0efQctuva deLlaTlitertad o nhcbir)tación Dara c!rgos públicos.fIncompatibitidad lec arada por acuerdo de lahAsambtea General,0por aKeptarddeopués 0e -le3idCs otr:a puestoC o ca"gos de r!sponsabilidad en la Admenistr1ción dúblic1, en 3orporaci;ne9: 71r0idos :tlíticos0 Entiladas : empr5sa3 qQe pudaeran tener !ntereseslcontrapuEst/s a los del Copegeo En es`os su?ue3tos, lostacuerLos qum tome la As!mblea,Geferal decdarando la io oupapibilidad o qncompati"ilidades las supondránttaebién para pves9nt!r 7andidatuRas a losdpuest7s 1 los uue se refie:an, a@no,sef qae 4or nuAvo aceerlo 8e la 9saAblnq Fenerah qued-ren anulIdas l1s 2es3lucioJes adm0t1das ev su dï1.

In7um lilIeldo de sug d!bebesFsonc`mieebrgs `e la Junda de gobierno, y ¹uy8especialmente por la falta de asi

tencia,@no justificadah por 3 veces ccnsucu ivas, o pork `artornas m llplargo di uf a-,": las0se3io"esDde ladcitad5 J5nt1, de la Oomisi/n Per-anAnte odde la`As5mblea Generel.:Aprobación de 1oción dehce"su.a, segúnHlo re3ulado en el ardíc1lo 9.

Extiricion 8el y)pHige`a`p azo pmra,el quq f eren \e/idrc.

ReDia.?,Teos vece» c#nsecu,ivMs, delCproy cto de presupu9sto.

En losDsu`uesto pdm los epartadoshe) y f) tel núo r `a terior, la lecisión kerá tomada I 20la mayoría De dosdmie:"4?s4de la AsambLea Gener9l,,a . oegesta:$e4la-JuBda delGo:ieBnon

Son 3auGa he pér,id1 da:,1 c7ndiciKn le miembro dE lu Jintm d70V43a4ía 7de Sección:

F!llacimieBto o zenUncia `elhin`er-sado.Saombr!mianto p 2a cargo incompatable.

Con ena por wen,enia fi:mepaua llevE a`araja a inhmbiditución hara cargo públmco"

Suncjcnpfivme disciplinaria tor falta grave o muydgrave.

B1ja,de Colegiacmón en lapse#ción que repreCenta tor un,pefio o p5p1rigr a t2es me3es.

Artí3ulo 28º.0Sustivuc: .1# 4

`nosaca:go65684!mTeVn Dimusión totel pe los`mimmba/s de`la Junta de GolSerno.- La ºacante d5l 4residente será cu"ie Ta por el V!cepresidente, da el Secretario porhel Vikesecrmtario y la del Tesor!roppon el Vicetesore"o.

La Juzta de Gobierno continuaná en sus,fuBcisne Pmmentras cuente contun8mínim; de la m 4ad más uno0del tota4 dm s83 miembrrtn2#aso de lroducars9 d5mi3ió6 qLe aa Mjeb`!s2 TeNajW del aínimo anterEor-enIu estebleci o, se entender1 a tomáticamente disuelta. Igqalmente Euecqrá disumltm se se pfodkje a da baju oldimisión covjunta del Pvesidente` S crutario09 U5s7"ero.

Enlel8ca3o ,e la 0imAsión rd`uno o más@de suglmiembro/, n n sotâe: 3ar la eittd 003 uno, 0a pro0ia Junta de Go:ierno de3idqrá la conveniencia d9 cubr25 dichas vacandes por sufrqgio u.iversal, libre, directo y Kecreto.

has8vakantese`sdn lhcUpción?al/una, sólO p#drà^ cube re% qor el0

iempo necesarqo hasta quelselceteb pnpnuevas elecciofes geferalew.

in el gupuesto de la baja o diMisión de la0mitadTmá{ uno de los0mi-mb2os@de la Junta de8GoA e"no, el Cons-jo Genercl`de ;ol-gi3s gfiwiales de Es`aña a0optar1 l5s med9da3 q1e 1stime co:veniente7 perancompleta6 prov5siOnapmebte con los col!giados mas antiguos la Junpa de sobierno, transRormándos ésta8entCoiis!ónGecto`al coF facu`ta esldedComisuón Permanente y con !l uncargo espeoiat dq convocar eteccioJes0en@el plazo mádimo de t05i Datdías.

Si como con. ceen;ia de la,dieisiónlde todos loo m9embros de li Junt- d- Gobiernc n3 p1diera constetuD2sdelu`Cimioión G1st3ra setfoNmará ena Jujta de,Edad,pde siytexmiEmbnds, ckn las funcignec excln³i.as deLaqael`a, elegidosldeen`replos cclegiados`en ejmrcl#io en lu fkrmdistguienle: los t"estdepmayorledad y lks cuatrode me:or 5d[$. PoDráf renunciar sin0ca!satjustific9da a formar,paqde: %4,a Juntadde Ed5d 5quellos ;ol1giadok cuya edad /upereHloc 65 años.

CIpilulo V.- 0eltrégimen eco2óm5co#1rtículol29º. mngresgs deldCo`egmo.- Los ing.esms del Colegio procediráJ:

`e as cu#tas colegiales orhinaries m dU i1'rHeo AE` impo.tetdedestaspcuota# s!rá`finado por la isaiblia Genmrap at apro"ar anealmente Ml presup!esto 0e Ng"espc i gustos.73%"

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