Decreto 5/2000, de 21 de enero, por el que se nombra a miembros del Consejo Escolar de La Rioja
La Ley 3/1997, de 6 de mayo, de Consejos Escolares de La Rioja, en su artículo 6.6 establece que el nombramiento de los miembros del Consejo Escolar de La Rioja se efectuará por Decreto del Gobierno de La Rioja, previa propuesta formalizada por la Consejería que tenga atribuidas las competencias en educación no universitaria.
Vistas las propuestas de designación de vocales por parte de las entidades afectadas, se procede a nombrar a los nuevos miembros que habrán de integrar el Consejo Escolar de La Rioja.
A tal efecto, el Gobierno, al amparo de lo dispuesto en la Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja a propuesta del Consejero de Educación, Cultura, Juventud y Deportes y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 21 de enero de 2000, se acuerda aprobar el siguiente,
DECRETO
Artículo Único.
Se nombra a las personas que a continuación se relacionan como miembros del Consejo Escolar de La Rioja, con las atribuciones y derechos inherentes a su cargo:
- D. José Luis Coello Molina, a propuesta de la Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos de La Rioja.
- D. Ismael Calvo Rodríguez, a propuesta de la Asociación de Filosofía para niños.
- Dª Mª Concepción Fernández de la Pradilla Mayoral, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura, Juventud y Deportes.
Disposición Final Única.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
En Logroño, a 21 de enero de 2000.- El Presidente, Pedro Sanz Alonso.- El Consejero de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, Luis Ángel Alegre Galilea.