Gobierno de La Rioja

Núm. 146
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 23 de noviembre de 2000
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LA RIOJA
III.B.42

Notificación acuerdo iniciación expediente sancionador nº 601/00 (864)

De conformidad con lo previsto en el Art. 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), y para que sirva de notificación a D. Alberto Amorin Barbero, al no haber sido ésta posible, tras haberse intentado en el último domicilio conocido, en C/Avda. Casa de la Vega nº 29-5º C, De Burgos, se hace público que esta Delegación del Gobierno ha acordado iniciar, con fecha 2-10-2000, el expediente sancionador número 601/00, por presunta infracción a lo establecido en el Art. 293.1.12 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, R. D. 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE, 8 de octubre) sancionable con multa de 5.000 a 86.000.- ptas. -Art. 295.1.b) del citado Reglamento-, advirtiéndole de su derecho a formular y proponer, en el plazo de quince días a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, cuantas alegaciones y pruebas estime convenientes en su defensa.

Durante dicho plazo, se encuentra a su disposición el expediente referido a fin de que pueda conocer su contenido integro, en la sede de este Centro sito en C/ Muro de la Mata, 3 de esta Capital (Art. 61 Ley 30/1992).

Asimismo, se le advierte que en el caso de no efectuar alegaciones o de formularlas con reconocimiento voluntario de su responsabilidad, el presente acuerdo podrá ser considerado propuesta de resolución, a tenor de lo previsto en el Art. 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del día 9), resolviendose el expediente con la imposición de una sanción de 5.000 ptas.

El presente procedimiento, salvo que concurran causas de suspensión, deberá resolverse en el plazo de seis meses desde la iniciación produciéndose, en caso contrario, la caducidad de mismo según lo establecido en el Art. 20. 6 del R.D. 1398/93 y Arts. 42 y 44 de la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

Logroño, 7 de noviembre de 2000.- El Delegado del Gobierno, Tomás López San Miguel

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