Bases, ejercicios y programas mínimos para el ingreso como operario de usos múltiples laboral fijo, con categoría de Peón, en la Biblioteca Municipal del Ayuntamiento de Ezcaray
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1.- De acuerdo con la oferta de empleo público, se convoca pruebas selectivas para proveer por el sistema de Concurso - oposición, 1 plaza de operario de usos múltiples laboral fijo, con categoría de Peón, con destino a la Biblioteca Municipal, dotada con las retribuciones que para dicha categoría establece el Presupuesto Municipal aprobado para el año 2000.
1.2.- El Tribunal responsable de la selección no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.
Segunda.- Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.- Para ser admitido a las pruebas selectivas de acceso a las plazas convocadas será necesario:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de 55 años de edad, ambas referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante procedimiento disciplinario, del servicio al Estado, a la Comunidad Autónoma, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Las instancias solicitando tomar parte en la oposición, en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias se dirigirán al Sr. Alcalde - Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, de lunes a viernes y de 10 horas a 14 horas.
3.2.- El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las instancias también podrán presentarse en los Registros que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.3.- Los derecho de examen, que se fijan en la cantidad de 1.500 pesetas, serán satisfechos por los aspirantes, y el resguardo de haberse hecho el ingreso en la Tesorería del Ayuntamiento, se adjuntará a la instancia.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.- Expirado el plazo de presentación de instancias el Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el Boletín oficial de La Rioja y Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial, se indicará el nombre y apellidos y D.N.I. de los admitidos y excluidos e indicando las causas de la exclusión y concediendo un plazo de 10 días para subsanación de defectos, en su caso, a tenor de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En la misma resolución el Alcalde determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal calificador.
Quinta.- Pruebas selectivas.- Sistema selectivo: Concurso-Oposición
5.1.- Fase del concurso: Consistirá en la valoración de los méritos, conforme se establece seguidamente:
Servicios prestados a la Administración Pública:
a) Servicios prestados en cualquiera de las Administraciones públicas, Estatal, Autonómica o Local, en puesto de trabajo perteneciente al Área a que corresponde el puesto convocado, teniendo en cuenta la similitud entre el contenido técnico y especialización de los puestos ocupados por los aspirantes, con el convocado:
- Administración Estatal, Autonómica o Local: 0,30 punto por mes, hasta un máximo de 2 puntos.
- Ayuntamiento de Ezcaray: 0,40 por mes hasta un máximo de 2 puntos.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros, igualmente alegados.
Será necesario aportar certificaciones oficiales que acrediten los méritos de las fases de Concurso, adjuntándolas a la solicitud, para tomar parte en las pruebas selectivas.
5.2.- Fase de oposición.- La fase de oposición consistirá en dos ejercicios:
Primer ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes y consistente en una prueba escrita de 50 preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta, con una duración máxima de una hora.
Las 50 preguntas serán distribuidas de la siguiente forma:
- 20 de cultura general
- 10 de conocimiento del municipio de Ezcaray.
- 20 extraídas del programa que figura en el Anexo I
Cada respuesta correcta será calificada con 0,10 puntos, hasta un máximo de 5 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5 puntos para superar la prueba.
Segundo ejercicio.- De carácter obligatorio para todos los aspirantes consistente en una prueba práctica, relativaa un trabajo a determinar por el Tribunal, relacionado con la especialidad del puesto de trabajo a cubrir y cuya duración será a libre criterio del Tribunal.
Sexta.- Tribunal Calificador.
6.1.- Composición.- El Tribunal calificador estará integrado, conforme a lo dispuesto en el artículo 4,e) del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por los miembros siguientes:
Presidente: El de la Corporación o miembro de ella en quien delegue.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Vocales:
Un funcionario de carrera de la plantilla del Ayuntamiento, designado por el Alcalde.
Un representante de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Para cada miembro del Tribunal calificador será nombrado un suplente.
6.2.- Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de Bases de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante. Los aspirantes podrán recusarlos.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas
6.3.- Constitución y actuación.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de tres de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente del Tribunal.
La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.
El Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Estos asesores se limitarán a valorar los ejercicios correspondientes a su especialidad técnica y colaborarán con el Tribunal exclusivamente en base a dicha especialidad.
6.4.- Vinculación de las resoluciones del Tribunal.- El Presidente de la Corporación resolverá de acuerdo con la propuesta del Tribunal, que tendrá carácter vinculante.
Séptima.- Calendario de realización de pruebas.
7.1.- El lugar, fecha y hora de celebración de los ejercicios de las pruebas selectivas, se fijará en la Resolución de la Alcaldía donde declare la admisión y exclusión de los aspirantes a que se refiere la Base cuarta.
7.2.- El orden de actuación, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, será al alfabético comenzando por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra que resulte del sorteo previamente realizado por el Tribunal.
7.3.- Los aspirantes serán convocados provistos del Documento Nacional de Identidad para cada ejercicio en llamamiento único y salvo caso de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal, la no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en los ejercicios y en su consecuencia quedará excluido del proceso selectivo.
7.4.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín oficial de La Rioja. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de anuncios del ayuntamiento.
Octava.- Sistema de calificación.
Fase de Concurso: La valoración de los méritos se efectuará conforme al baremo anteriormente establecido.
Fase de oposición:
8.1.- Todos los ejercicios obligatorios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de cinco puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de dos y medio puntos en el primer ejercicio.
8.2.- El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en el segundo de los ejercicios, será de cero a diez.
8.3.- Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes en aquel, siendo el cociente la calificación definitiva.
8.4.- El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.
8.5.- Los puntos obtenidos en la fase de concurso no se tendrán en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
8.6.- La puntuación final de los opositores que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición será la obtenida por la suma de la puntuación de dichas fases (concurso + oposición).
Novena.- Relación de aprobados.- Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por el orden de puntuaciones, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará la propuesta con carácter vinculante al Presidente de la Corporación para que formule el nombramiento pertinente. Al mismo tiempo remitirá a dicha autoridad el acta de la última sesión.
Décima.- Presentación de documentos.
10.1.- Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base segunda:
a) Fotocopia compulsada del Documento nacional de Identidad.
b) Copia autenticada del título exigido.
c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función a desempeñar, expedido por el Jefe Local de Sanidad.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante procedimiento disciplinario, de ninguna administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
10.2.- Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración Pública de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.
10.3.- Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
Undécima.- Incidencias.
13.1.- La aprobación de las Bases de la convocatoria y los actos administrativos que se sucedan podrán ser recurridos por los interesados en los casos y en la forma prevista por la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
13.2.- Para lo no previsto en estas Bases o en aquéllos que las contradigan, serán de aplicación:
- Ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
- Ley 30/1984 de 2 de agosto.
- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.
Duodécima.- Aprobación de las bases de la convocatoria.
Las presente Bases han sido aprobadas por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2000.
Ezcaray, 24 de noviembre de 2000.- El Alcalde.
Anexo numero I
Programa
Tema 1.- La Constitución Española. Principios generales.
Tema 2.- Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3.- La Corona. El Poder Legislativo.
Tema 4.- El Gobierno y la Administración del Estado.
Tema 5.- El Poder Judicial.
Tema 6.- La Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.
Tema 7.- El Municipio: Territorio y Población. Competencias.
Tema 8.- El Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno.
Tema 9.- El Estatuto de Autonomía de la Rioja.
Anexo numero II
Modelo de solicitud
Solicitud de admisión a las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de operario de servicios múltiples, con categoría de Peón, con carácter laboral fijo, a tiempo completo, con destino en la Biblioteca Municipal de Ezcaray.
_ Numero de orden de presentación:... | |
_ Primer apellido:... | Espacio para fotografía |
_ Segundo apellido:... | |
_ Nombre:... | |
_ Fecha de nacimiento:... | |
_ Edad:... | |
_ D.N.I.:... | |
_ Domicilio: Municipio:... | |
_ Calle:... Nº:... | |
_ Provincia:... | |
_ Código Postal:... | |
_ Teléfono:... /... |
Sr. Alcalde:
Deseando tomar parte en las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Operario de Servicios Múltiples, con categoría de Peón, con carácter de laboral fijo, a tiempo completo, con destino en la Biblioteca Municipal de Ezcaray.
Manifiesta:
1.- Que reúne los requisitos exigidos en la referida convocatoria con los que está conforme y que no tiene impedimento alguno para el desarrollo de este trabajo.
2.- Adjunta justificante de ingreso de las Tasas y fotocopia del Documento Nacional de identidad.
3.- En el caso de ser nombrado tomará posesión de la plaza en el plazo previsto en las Bases de la Convocatoria.
Solicita:
Ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia.
Ezcaray..., de..., de 2000
Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ezcaray.- La Rioja