Subasta de bienes inmuebles
El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 3, de Logroño, hace saber: En el expediente administrativo de apremio 26-03-98-87086 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor D. Francisco Sigüenza Martínez, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:
"Providencia: Una vez autorizada, con fecha 6 de febrero de 2001, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 21 de marzo de 2001, a las 10,00 horas en la Dirección Provincial en La Rioja de la Tesorería General de la Seguridad Social, calle Sagasta nº 2 de Logroño, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 146 a 149 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social y en el artículo 118 de su Orden de Desarrollo.
Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como su tipo de subasta en primera licitación, es el indicado en relación adjunta. El tipo de subasta en segunda y tercera licitación, si hubiera lugar a ellas, será el 75 ó 50 por cien, respectivamente, del tipo de subasta en primera licitación.
Notifíquese esta providencia al deudor, al depositario de los bienes embargados y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán el apremiado o los acreedores citados liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes."
En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:
1.- Que los bienes embargados a enajenar son los que al final se detallan, distribuidos en lotes.
2.- Que todo licitador habrá de consignar, a nombre de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social actuante, en la cuenta 2038-4300-53-6000108874, el 25 por ciento del tipo de la misma en primera licitación, así como la de presentar el resguardo justificativo de dicha consignación, con anterioridad al comienzo de la licitación, ante el Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social o ante la mesa de la subasta. La citada consignación podrá ser sustituida, a voluntad del licitador, por un depósito de garantía de, al menos, el 25 por ciento del tipo de subasta en primera licitación si en el apartado de advertencias del presente anuncio así se autoriza.
Para participar en las demás licitaciones existirá la obligación de constituir un preceptivo depósito del 25 por ciento del tipo de la subasta, salvo que se hubiese consignado su importe o constituido aquél para la primera o segunda licitación. Constituido el depósito para cualquiera de las licitaciones de la subasta, se considerará ofrecida la postura mínima que corresponda al tipo de la misma, sin perjuicio de que puedan realizarse otra u otras posturas en sobre cerrado o durante las licitaciones correspondientes.
El depósito se ingresará en firme en la cuenta de recaudación de la Tesorería General de la Seguridad Social si los que hubiesen consignado o depositado resultaren adjudicatarios y no satisficieren el precio del remate, además se exigirán las responsabilidades en que pudieren incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe consignado o depositado, origine la no efectividad de la adjudicación.
3.- El rematante deberá abonar mediante ingreso en cuenta, cheque, transferencia bancaria u otro medio autorizado por la Tesorería General, efectuado o expedido a nombre de la "Tesorería General de la Seguridad Social - Unidad de Recaudación Ejecutiva que corresponda" la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe de la cantidad consignada o del depósito constituido, bien en el propio acto de la adjudicación o bien en el plazo de 5 días.
4.- La consignación o el depósito para las licitaciones podrá realizarse desde la publicación del presente anuncio hasta la iniciación del acto de constitución de la mesa de la subasta, pudiendo efectuarse el depósito, si se hubiere autorizado, tanto en metálico como mediante cheque certificado, visado o conformado por el librado, por el importe total del depósito a nombre de "Tesorería General de la Seguridad Social - Unidad de Recaudación Ejecutiva que corresponda". Todo depositante al constituir el depósito, podrá efectuar otra u otras posturas superiores a la mínima, bien en sobre cerrado o bien durante la licitación. Ello es, asimismo, aplicable en las demás licitaciones.
5.- La subasta comprenderá dos licitaciones y, en su caso, si así lo decide el Presidente de la Mesa de Subasta, una tercera licitación, para la cual se anunciará fecha y lugar de su celebración. Los bienes que no resulten adjudicados en tercera licitación así como los adjudicados en cualquiera de ellas cuyo adjudicatario, inicial o sucesivo, no satisfaga en el plazo establecido el precio de remate, a criterio del Presidente de la Mesa, serán objeto de una segunda subasta a celebrar en las mismas condiciones de la primera o pasarán al trámite de venta por gestión directa.
6.- Cuando los bienes subastados sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los término previstos en el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y que, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.
7.- Mediante el presente Anuncio, se tendrán por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.
8.- En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24).
Advertencias: Se autoriza a que la consignación a que se hace referencia en el apartado 2 sea sustituida, a voluntad del licitador, por un depósito de garantía, de al menos el 25 por ciento del tipo de subasta en primera licitación.
"Para cualquier información relativa a subastas los interesados podrán consultar en la dirección de internet: Http//www.seg-sociales.es/indexbienesemgargados.html".
Lote único: Vivienda unifamiliar sita en Lardero (La Rioja), termino la mejorada, número 10, que tiene una superficie construida de 218,33 metros cuadrados.
Su referencia catastral es: 4985919WN4948N0010SA
Linderos:
. Derecha: Vivienda número veinte
. Izquierda: Vivienda número once
. Fondo: Calle peatonal
. Frente: Límite de la finca
Nº Registro: 02, Nº Tomo: 1160, Nº Libro: 0067, Nº Folio: 0079, Nº Finca: 5927
Tasación: 34.000.000 ptas.
Hipoteca Caja Madrid: 17.828.662 ptas.
Embargo Bicicletas Mendiz, S.A.: 403.278 ptas.
Embargo Suministros Hosteleros Edual, S.L.: 207.936 ptas.
Embargo Ibercaja: 521.292 ptas.
Embargo A.E.A.T. (Hacienda): 1.071.336 ptas.
Embargo Banco Santander Central Hispano: 525.462 ptas.
Tipo de subasta en primera licitación: 13.442.034 ptas.
Logroño, a 6 de febrero de 2001.- El Recaudador Ejecutivo, Luis Javier Sotés Ortega.