Cédula de citación
D/ña. Asunción Corchón Enciso, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Logroño, hago saber: Que en autos nº 278/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D/ña. Julián Ruiz de Viñaspre Danobeitia, contra la empresa Construcciones Nazarenas, S.C., José Peña Flores, David Beaterio Campo, Juan Manuel Rodríguez Cano, Francisco Javier Rodríguez Cano y Construcciones Cruz San Román, S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:
Propuesta de providencia.- S. Sª El/La Secretario Judicial, D/ña. Asunción Corchón Enciso
En Logroño, a cinco de junio de dos mil uno.
Por presentada la anterior demanda, se admite a trámite. Se cita a las partes a los actos de juicio, y en su caso, al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencias de este Juzgado de lo Social sito En Logroño, C/ Manzanera, 4,6,8, el día 15 de octubre de 2001, a las 11 horas de su mañana.
Dése traslado de copia de la demanda y demás documentos al/a los demandado/s. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admita por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada.
Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.
En cuanto a los otrosis de la demanda: Al primero, se dan por hechas las manifestaciones que contiene. Al segundo, a la confesión judicial, conforme se solicita; a la documental, requíerase a las constructoras demandadas para que con antelación suficiente al acto del juicio oral aporten la documentación que se solicita.
Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Lo que propongo a S. Sª. para su conformidad.
Conforme.- Ilmo. Sr. Magistrado, El/La Secretario Judicial.
Y para que le sirva de citación en legal forma a Construcciones Nazarenas, S.C., José Peña Flores, David Beaterio Campo, Juan Manuel Rodríguez Cano, Francisco Javier Rodríguez Cano, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Logroño, a trece de junio de dos mil uno.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
El/La Secretario Judicial.