Conversión a euros de tarifas y cuotas de las ordenanzas fiscales
Por resolución de Alcaldía de fecha veinticinco de octubre de dos mil uno, se ha aprobado la conversión a euros de las tarifas de todas las ordenanzas municipales que figuraban expresadas en pesetas, lo que se hace público en el Boletín Oficial de La Rioja para general conocimiento.
1º.- Tasa por prestación del servicio público de distribución de agua potable a domicilio, incluidos los derechos de enganche.
El Art. 3.2 queda como sigue:
La cuantía a exigir por la prestación de los servicios de suministro: | Cuota de acometida | 180,30 euros |
Cuota fija semestral | 13,01 euros | |
De 1 m3 a 100 m3 consumidos | 0,09 euros | |
De 100 m3 a 130 m3 consumidos | 0,18 euros | |
De 130 m3 consumidos en adelante | 0,60 euros |
Contador colocado, según el precio de mercado.
Los gastos derivados de la colocación serán de cuenta del usuario.
2º.- Tasa por prestación del servicio público de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
El Art. 6 queda como sigue:
La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por unidad de local, que se fija en la cantidad de 21,04 euros anuales. A tales efectos tendrá consideración de unidad de local independiente los establecimientos mencionados en el Art. 2.1 de esta ordenanza, aun cuando se hallen situados en el mismo edificio de la vivienda del titular de los mismos.
3º.- Tasa por servicio de alcantarillado.
El Art. 5.1 queda como sigue:
La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de Alcantarillado y Depuración se determinará en función de la cantidad de agua, medida en m3 utilizada en la finca, a tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:
a) Cuota fija semestral por cada vivienda o local dotado del servicio 1,50 euros
b) Por metro cúbico de agua consumida 0,06 euros
Zorraquín, 25 de octubre de 2001.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio Gonzalo Robledo.