Período de prueba expediente sancionador. Expediente nº 868/01 (370)
De conformidad con lo previsto en el Art. 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), y para que sirva de notificación a D. Aitor Manrique Vera, (D.N.I: 15.391.648-W), al no haber sido ésta posible, tras haberse intentado en el último domicilio conocido, en C/. Polígono Olakua, 10-E, 5º Dcha, Oñate, (Guipúzcoa), se hace público que a los efectos probatorios solicitados en relación con el expediente sancionador nº 868/01, podrá presentar las declaraciones por escrito de los testigos que estime pertinentes, así como recordarle su derecho a acceder, en cualquier momento, al expediente sancionador incoado en esta Delegación del Gobierno, sita en calle Muro de la Mata nº 3, de Logroño, en la forma prevista en el Art. 37 de la Ley 30/92, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, disponiendo al respecto de un plazo de diez días.
Logroño, 22 de marzo de 2002.- El Delegado del Gobierno, Tomás López San Miguel