Gobierno de La Rioja

Núm. 64
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 28 de mayo de 2002
DELEGACIÓN ESPECIAL DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA RIOJA
IV.A.60

Subasta de bienes muebles (650)

La Jefe de la Dependencia de Recaudación de la A.E.A.T. de La Rioja, hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el R.D. 1648/1990, de 20 de diciembre, habiéndose dictado acuerdo con fecha 16 de mayo de 2002 decretando la venta de los bienes embargados en procedimiento administrativo de apremio, seguido contra la sociedad deudora Echaniz Rioja, S.L., con N.I.F.: B26227074, dispone la venta de los bienes que se detallarán al final, mediante subasta que se celebrará el día 25 de junio de 2002 a las 9 horas en la Delegación de la A.E.A.T. de La Rioja sito en Logroño, calle de Víctor Pradera nº 4.

En cumplimiento del artículo 146 del citado Reglamento, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen tomar parte en la subasta, de lo siguiente:

Primero: Los bienes a subastar pueden estar afectos por las cargas y gravámenes que en su caso figuren en la descripción de los bienes, y que constan en el expediente, las cuales, de existir, quedan subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate.

Segundo: La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se realiza el pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento.

Tercero: Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin perjuicio de que pueden participar personalmente en la licitación con posturas superiores a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán registradas en el Registro General de la Delegación de la AEAT, y deberán ir acompañadas de cheque conformado, extendido a favor del Tesoro Público por el importe del depósito.

Cuarto: Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de Subasta, depósito de garantía, en metálico o cheque conformado a favor del Tesoro Público, que será de al menos el 20% del tipo de aquella, depósito que se ingresará en firme en el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

Quinto: En caso de que no resulten adjudicados los bienes en una primera licitación y la Mesa de Subasta podrá realizar una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75% del importe de la 1ª licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo con el Art. 150 del Reglamento General de Recaudación.

Sexto: El adjudicatario deberá entregar en el acto, o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación.

Séptimo: Si quedasen bienes sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la Mesa de Subastas.

La Mesa de Subasta abrirá las ofertas presentadas al término del plazo del mes desde su inicio, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión a un mes mas para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento, y así sucesivamente con el límite total de seis meses.

El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en 1ª licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una 2ª licitación; si hubiera existido 2ª licitación no habrá precio mínimo.

La Mesa de subasta se reserva el derecho de no adjudicar los bienes, cuando las cantidades ofertadas resulten notoriamente inferiores a su valoración; en cuyo caso se abrirá nuevamente el plazo de otro mes y así, sucesivamente hasta agotar en su caso, el plazo máximo de seis meses. No obstante la Dependencia de Recaudación continuará realizando cuantas gestiones considere oportunas tendentes a la enajenación de los bienes en las mejores condiciones económicas posibles.

Asimismo se advierte que en el acto de la apertura de sobres, la Mesa podrá acordar que los ofertantes o quienes justifiquen su representación, puedan mejorar de viva voz las posturas consignadas en sus sobres, si bien no se admitirán posturas que no superen en un 10% la mejor oferta.

El resto del pago deberá ser completado en los cinco días siguientes, perdiendo en caso contrario el depósito y quedando obligado a resarcir a la Administración de los perjuicios ocasionados.

Los gastos e impuestos que origine la transmisión y entrega de los bienes a los adjudicatarios serán de cuenta de éstos.

Octavo: La Agencia Tributaria se reserva el derecho a pedir la adjudicación para el Estado, del bien que no hubiera sido objeto de remate, conforme a lo establecido en el Art. 158 del Reglamento General de Recaudación.

Noveno: Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores se conformarán con los títulos de propiedad que hayan aportado al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de la Dependencia de la A.E.A.T. de La Rioja, donde podrán ser examinados todos los días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio, desde las 9 horas a las 14 horas, hasta el día anterior al de la celebración de la subasta. En caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título, mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en el Art. 199 b) de la Ley Hipotecaria y en los demás casos se tendrán a lo dispuesto en el Título VI de dicha Ley.

Décimo: Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas preferentes, serán por cuenta del adjudicatario.

Respecto al estado de deudas con la comunidad de propietarios, que pudieran existir, de las viviendas o locales, el adjudicatario exonera expresamente a la A.E.AT., al amparo del Art. 9 de la Ley 49/1960 de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago.

Undécimo: El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en los Arts. 135 y 136 de la Ley General Tributaria.

En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.

Relación de bienes a subastar:



Lote nº Descripción del bien Valoración
1 Juego bolígrafo y portaminas Cross 79,08
2 Pluma Waterman 88,20
3 Bolígrafo Mont Blanc 126,00
4 Libro de firmas 46,20
5 Agenda piel negra (Moreno-Ref.729) 57,40
6 Agenda piel combinada marrón (Moreno) 56,70
7 Agenda piel marrón (Edit Reg. 8-890) 45,50
8 Agenda piel marrón (modelo Regina) 90,30
9 Agenda piel negra (Luxindes) 40,60
10 Portafolios negro piel (Moreno) 98,00
11 Maletín marrón piel rígido (Juan Gómez Carrasco) 88,20
12 Agenda piel negra (Regina) 90,30
13 Portafolios marrón (Moreno) 103,16
14 Portafirmas piel marrón 86,10
15 Portafolios piel marrón (eurocheque) 98,45
16 Estuche plumas piel marrón (2 pisos) 78,40
17 Estuche plumas piel marrón (1 piso) 56,46
18 Agenda piel negra (Regina) 56,15
19 Agenda piel combinada marrón (Moreno) 56,70
20 Vade mesa piel marrón 54,27
22 Caja madera decorada escritorio 45,54
23 Caja madera decorada escritorio pequeña 22,09
24 Portafolios negro piel (Moreno) 116,20
25 Portafolios negro piel (Moreno) 75,74
26 Portafolios negro piel (Moreno) 75,74
27 Juego ajedrez 42,91
28 Juego ajedrez 42,91
29 Vade mesa piel marrón 24,50
30 Vade mesa piel marrón 24,50
31 Vade mesa marrón 8,83
32 Vade mesa marrón 8,83
33 Vade mesa marrón 8,83
34 Vade mesa marrón 8,83
35 Vade mesa marrón 8,83
36 Vade mesa marrón 8,83
37 Vade mesa negra 8,83
38 Maletín rígido marrón/negro 37,86
39 Portafolios marrón 54,36
40 Portafolios marrón piel J. Moreno (Ref. 742) 75,74
41 Portafolios negro piel Moreno (Ref. 719) 76,57
42 Portafolios marrón mixto (Ref. 721) 87,68
43 Set de vino metalizado 46,20
44 Set de vino metalizado 46,20
45 Set bolígrafo/calculadora 21,41
46 Set monedero/billetero Honda 21,43
47 Agenda pequeña piel negra (Ref. 700) 27,60
48 Agenda marrón Regina 2320 45,10
49 Juego escritorio negro (4 piezas) 145,99
50 Calculadora casio FC-200 52,59
51 Calculadora casio FC-200 52,59
52 Calculadora casio FC-200 52,59
53 Calculadora Hewlett Packard 100,97
54 Set escritorio marrón 4 piezas 105,93
55 Portafolios piel Ubrique (Re£ 723/2) 108,96
56 Portafolios marrón brillante 54,36
57 Mesa billar guarda CDS 217,84
58 Revistero, madera 50,82
59 Papelera madera 26,61
Total valoración 3.5379,51

Cargas: No se tiene conocimiento de la existencia de cargas.

Tipos de subasta en primera licitación: Coinciden con la valoración practicada a los bienes.

Tramos para la licitación: 50,00 euros

Lugar de depósito: Los bienes se encuentran depositados en la Delegación Especial de la A.E.A.T. de La Rioja C/ Víctor Pradera nº 4 de Logroño.

Logroño a 20 de mayo de 2002.- La Jefe Regional de Recaudación, Beatriz Calleja Panero.

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