Edicto
D. José Antonio Laguardia Hernando, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Logroño, hago saber: Que en el procedimiento Ejecución 116/1992-A de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. Juan Manuel Cordón Martínez contra la empresa Sociedad Cooperativa Riojana del Ebro (Calzados La Matrona), sobre despido, se ha dictado con esta fecha auto, que entre otros particulares contiene los siguientes:
Se acuerda adjudicar el remate a Construcciones Metálicas, S.A.H.I.T., con C.I.F. B-31.25.25.54, y con domicilio social en San Adrián (Navarra), Polígono Industrial s/n, por la suma de 137.928,00 euros, respecto de la finca registral 24.426, inscrita en el Registro de la Propiedad de Calahorra, al tomo 441, libro 270, folio 210.
Se decreta la cancelación de las cargas reseñadas por las letras I y J, por su total ejecución, quedando vigentes las cargas que a continuación se relacionan:
- Letra C: Quiebra Necesaria 331/92, en el Juzgado de la Instancia uno de Calahorra, cuya anotación se halla caducada.
- Letra D: Embargo a favor de T.G.S.S. por importe de 4104,06 euros de principal más 601,01 para intereses y costas, prorrogada por Letra G.
- Letra F: Embargo a favor de T.G.S.S. por importe de 722,66 euros de principal más 1.202,02 para intereses y costas, prorrogada por Letra H.
Respecto de las cargas de las letra D (prorrogada por letra G) y F (prorrogada por letra H) el importe de las mismas se halla consignado en la cuenta del Juzgado a disposición de la T.G.S.S.
y para que esta cancelación tenga lugar, expídase mandamiento por duplicado al Sr. Registrador de la Propiedad de Calahorra, previa copia por fax, en el que se hará constar que fueron practicadas las notificaciones que previene la regla 5ª del Art. 131 LH, que el importe del remate de la finca (sobre la que no consta en autos existencia de arrendamiento alguno), ha sido superior al importe reclamado y no hay sobrante en el presente procedimiento.
Entréguese testimonio literal de esta resolución al rematante Construcciones Metálicas, S.A.H.I.T., el que servirá de título bastante para la inscripción en el Registro de la Propiedad a su favor, previa liquidación y pago del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, que deberá presentarlo en la oficina liquidadora dentro del plazo reglamentario, notificándose esta resolución al referido rematante.
Remítase copia de esta resolución al Juzgado de la Instancia Uno de Calahorra.
Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno.
Se advierte al destinario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistas forma de Auto o Sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Sociedad Cooperativa Riojana del Ebro (Calzados La Matrona), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Logroño a cuatro de noviembre de dos mil dos.- El Secretario Judicial.