Modificación puntual del Plan General Municipal en PERI nº22 "Álamo y Ceballos", Delimitación de la Unidad de Ejecución P.12.9 "Sapje" (3ª segregación): Aprobación definitiva
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en su sesión celebrada el día 31 de julio de 2007, adoptó entre otros, el acuerdo referido a la aprobación definitiva de la Modificación puntual del Plan General Municipal en el Peri nº22 "Álamo y Ceballos", Delimitación de la Unidad de Ejecución P.12.9 "Sapje" (3ª Segregación), que contiene las determinaciones indicadas en el artículo 65 de la Ley 5/2006 de 2 de mayo de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, ajustándose a las previsiones contenidas en el Informe emitido, por el Pleno de la Consejería de Ordenación del Territorio, con fecha 25 de mayo de 2007, sin que se introduzcan datos que impliquen una modificación sustancial sobre el documento aprobado provisionalmente y, con las siguientes ordenanzas de integración para la Unidad de Ejecución P.12.9 "Sapje":
1. Las construcciones responderán a criterios de integración en el espacio donde se ubiquen. A este respecto, el futuro proyecto de edificación mantendrá como material dominante de fachada, el mismo tipo de piedra presente en la edificación colindante. Asimismo se justificarán el resto de materiales de fachada a utilizar, concretando su color y textura, en relación a los utilizados en la edificación existente.
2. Con respecto a la altura de la edificación, se mantendrá el mismo tipo de remate de fachada, estableciendo la cota del peto existente en la planta Ático como cota de coronación de la nueva fachada. De esta manera queda garantizada la continuidad de las diferentes alturas del conjunto de la edificación.
3. Las plantas bajas deberán tener un acabado unitario con el resto de la fachada, tanto en materiales como en composición, Si se proyectan entradas a garajes o pasos peatonales también deberán responder a criterios de integración tanto en materiales como en composición, con el resto de la fachada y con las colindantes,
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, pueden los interesados interponer Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio,.sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime conveniente interponer, haciendo constar en todo caso la referencia (071.2 - expte. Urb28-2007/0002).
Logroño, 2 de agosto de 2007.- El Secretario del Pleno, Elías Del Campo Arroyo.