Gobierno de La Rioja

Núm. 167
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 29 de diciembre de 2008
AYUNTAMIENTO DE ORTIGOSA DE CAMEROS
III.C.31

Aprobación definitiva modificación de ordenanzas

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día siete de noviembre del 2.008, aprobó provisionalmente la modificación de las tarifas contenidas en las siguientes Ordenanzas Fiscales:

Impuesto Bienes Inmuebles

Impuesto Vehículos de Tracción Mecánica

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

Tasa por servicio de recogida de basuras

Tasa por suministro de luz

Tasa Servicio Alcantarillado

Tasa Aprovechamientos de leñas

Tasa Ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa

Tasa Entradas Piscinas

Tasa Entradas Cuevas Turísticas

Tasa Aprovechamientos de Pastos

Tasa Servicio Cementerio

No habiéndose presentado reclamaciones contra dicho acuerdo durante el plazo de treinta días de exposición al público del expediente efectuado mediante anuncio fijado en el Tablón de anuncios y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 151 de 21 de noviembre 2.008, queda definitivamente adaptado el acuerdo de referencia de conformidad con el Art. 17.3 de la Ley 39/1988 y la propia resolución corporativa.

En cumplimiento del Art. 17.4 de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre4, para los recursos previstos en el Art. 17.1, a continuación se inserta el texto integro del acuerdo y de las modificaciones de las ordenanzas elevado ya a definitiva a todos los efectos legales y especialmente al de su entrada en vigor.

Contra dicho acuerdo se podrá interponer de conformidad con el Art. 19 de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre, recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción .

Ortigosa de Cameros a 22 de diciembre 2008.

Lourdes Huguet García, Secretaria Interventora del Ayuntamiento de Ortigosa de Cameros (La Rioja), certifico

Que este Ayuntamiento en sesión celebrada el día siete de noviembre del dos mil ocho, entre otros tomó el siguiente acuerdo:

1º.- Modificación de las diferentes ordenanzas que a continuación se relacionan.

2º.- Exponer al público el presente acuerdo provisional de modificación de las ordenanzas fiscales, durante el plazo de treinta días mediante anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja y tablón de anuncios del Ayuntamiento, dentro de los cuales, los interesados podrán examinar el expediente y presentar alegaciones si lo consideran oportuno .

3º.- En el supuesto de no presentarse reclamaciones se entenderá definitivamente adoptado dicho acuerdo hasta entonces provisional .

Ortigosa de Cameros a veintidós de diciembre 2008.

Tarifas modificadas:

Impuesto Bienes Inmuebles: 0,50%

Impuesto Vehículos de Tracción Mecánica: Se incrementan los precios actuales en un 10%

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: 3%

Tasa por servicio de recogida de basuras:

Viviendas familiares 84 euros anuales

Bares, cafeterías y locales comerciales (tiendas) 130euros anuales

Hoteles, fondas, residencias etc . 253euros anuales

Tasa por suministro de luz 0,14 euros KW

Tasa Servicio Alcantarillado: 10euros anuales

Tasa Servicio Suministro de agua: 10euros anuales

Tasa Aprovechamientos de leñas: 15 euros lote

Tasa Ocupación de terrenos de uso público

con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa: 80euros temporada

Tasa Entradas Piscinas: Bonos mayores 30euros temporada .- Bonos menores 15euros temporada. Entradas sueltas: mayores 3euros -menores 1,5 euros

Tasa Entradas Cuevas Turísticas: Mayores 4 euros .- Menores 3 euros . Grupos Escolares.- Hasta 12 años 2,25 euros, mayores de 12 años 2,60 euros

Tasa Aprovechamientos de Pastos:

Pastos del monte:3,20 euros cabeza ganado mayor y 0,60 euros cabeza ganado menor

Pastos Pagos: 5,80 euros cabeza ganado mayor y 0,90 euros cabeza ganado menor

Tasa Servicio Cementerio: Nichos 420 euros . Enterramientos en tierra 150 euros .

Gastos de gestión en todos los casos 30,05 euros

Ortigosa de Cameros a 22 de diciembre 2008.- El Alcalde, Rubén Martínez Montenegro.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 62% de las personas esto les resultó útil.
Subir