Gobierno de La Rioja

Núm. 167
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 29 de diciembre de 2008
AYUNTAMIENTO DE SANTURDE DE RIOJA
III.C.36

Aprobación definitiva modificación de varias ordenanzas fiscales

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 10 de octubre de 2008, adopto el acuerdo provisional de modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de las tasas e impuestos que a continuación se relacionan, para el año 2009, con exposición al publico por plazo de 30 días, efectuada mediante anuncio en el Tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de La Rioja nº 146 de fecha 12 de noviembre de 2.008,y no habiendose presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el referido acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 17-3 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo y la propia resolución corporativa.

En cumplimiento de lo establecido en el Art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,, se insertan los textos íntegros del acuerdo y de las modificaciones elevados a definitivos a todos los efectos legales y especialmente a su entrada en vigor.

Contra dicho acuerdo podrá interponerse de conformidad con los artículos 19.1 del real Decreto Legislativo2/2004 y 113 de la Ley7/85,Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación, en la forma que establece la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

En Santurde de Rioja 22 de diciembre de 2.008.-El Alcalde, Isaac Palacios Metola.

I.-Certificación del acuerdo de la aprobación provisional de varias Ordenanzas Fiscales.

Dª María Ruiz del Río, Secretaria de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Santurde de Rioja, certifico:

Que el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 10 de octubre de 2008 adoptó, por unanimidad de todos los asistentes el siguiente acuerdo:

Primero.-Aprobar con carácter provisional la modificación de tarifas de Tasas e Impuestos de las Ordenanzas Fiscales actualmente en vigor, que a continuación se relacionan:

- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

- Tasa por expedición de documentos administrativos.

- Tasa por Prestación del servicio de Cementerio Municipal.

- Tasa de Recogida de basuras.

Segundo.-Exponer al publico durante el plazo de 30 días, en el B.O.R. y tablón de anuncios,durante los cuales podrán los interesados presentar alegaciones o sugerencias.

Tercero.-En el caso de que no se presente alegación alguna al acuerdo se entenderá elevado a definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo, conforme a lo previsto en el Art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

II.-Texto integro de las Modificaciones:

Tasa por Prestación de Servicios de Cementerio.

1.-Por asignación de nichos

- Empadronados ..470 euros

-No empadronados .630 euros

-Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Recogida de Basuras

Artículo 6.- Cuota Tributaria

La cuota tributaria será semestral:

-Por cada vivienda 28 euros

-Restaurantes, cafeterías, bares 83 euros

-Supermercado y tiendas 83 euros

-Empresas y Negocios 83 euros

- Tasa por Expedición de Documentos Administrativos

Artículo 7.- Tarifa

Por Informes de Calidad Ambiental .360,61 euros

-Impuesto de Bienes Inmuebles de Rustica

Tarifa: Rustica el 0,70

Santurde de Rioja a 22 de diciembre de 2008.- El Alcalde.

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