Nueva exposición pública del Proyecto de Reforma y ampliación de red de saneamiento, del Acuerdo de necesidad de ocupación y de la Relación de bienes y derechos afectados para la ejecución de las mismas
El Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro, La Rioja, en sesión plenaria celebrada el día 30 de junio de 2009, adoptó los siguientes acuerdos:
1º.- Aprobar la alegación presentada por esta Alcaldía, en función de lo informado por el técnico, con lo cual se consigue un trazado más recto al eliminar dos cambios de dirección muy acusados y evitar pasar la canalización por debajo de una balsa existente formadas por muros de hormigón, eliminando así dificultades técnicas para la ejecución.
2º.- Dado que la modificación introducida supone un cambio sustancial en el Proyecto inicialmente aprobado para la "Reforma y ampliación de la red de saneamiento, que se abra un nuevo período de información pública del Proyecto por veinte días a efectos de reclamaciones.
Dicho Proyecto ha sido redactado por el Arquitecto D. Daniel Casas Cenzano, y su presupuesto de ejecución por contrata es de ciento noventa y un mil quinientos veintiún euros con cinco céntimos de euro (191.521,05 euros), y la valoración de las expropiaciones es de seis mil ciento dieciséis euros con doce céntimos (6.116,12 euros).
3º.- Hacer constar que en el referido proyecto técnico figura una relación concreta e individualizada, con descripción de sus aspectos materiales, de los bienes cuya ocupación es necesaria para la ejecución de la obra y que ésta forma parte del Plan de Inversiones del Presupuesto Municipal para 2009, estando prevista su ejecución entre los años 2009 y 2010.
En consecuencia, según lo establecido en los artículos 10 y 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 229 de la Ley de la Administración Local de La Rioja, por la aprobación del expresado proyecto técnico y del Plan de Inversiones del Presupuesto Municipal para 2009, se entiende declarada la utilidad pública y la necesidad de ocupación de aquellos bienes.
4º.- Proceder a la ejecución de la obra, conforme a las determinaciones contenidas en el Proyecto Técnico, previos los trámites necesarios para obtener la disposición de los terrenos, declarando iniciado, con esta fecha, el expediente de expropiación para tal fin.
5º.- Aprobar la relación concreta e individualizada debidamente modificada, con descripción de sus aspectos materiales, de los bienes cuya ocupación es necesaria para la ejecución de la obra con el siguiente contenido:
Relación de fincas afectadas
Término Municipal: Aldeanueva de Ebro
5.- Relación Fincas Afectadas
Pol. | Par. | Titular | Afecciones | Cultivos | ||
Ocupaciones | Servidumbre paso (m2) | |||||
Temporal (m2) | Permanente (m2) | |||||
9 | 344 | Jiménez Gutiérrez María Martínez Liroz Luis E | 220 | 2,25 | 66,00 | Labor regadío |
9 | 342 | Adrados Serrano Alfredo | 192,5 | Viñedo regadío | ||
9 | 419 | Adrados Serrano Alfredo | 572,8 | Viñedo regadío | ||
9 | 381 | Ayto Aldeanueva de Ebro | 502,4 | 4,5 | Pastos | |
9 | 340 | Martínez del Río Amparo | ||||
Santos Martínez David | ||||||
Santos Martínez Raúl | 99,05 | 21,23 | Labor regadío | |||
9 | 336 | Rubio Ruiz Jose Antonio | ||||
Morales Ibiricu Ignacia | 88,20 | 18,90 | Labor regadío | |||
9 | 335 | Perez Bobadilla Alicia Angeles | ||||
Perez Bobadilla Ana | 115,50 | 2,25 | 24,75 | Viñedo regadío | ||
9 | 332 | Urriza del Rio Elena | 134,40 | 28,80 | Viñedo regadío | |
9 | 437 | Ruiz Echeverria Gerardo | 86,10 | 18,45 | Viñedo regadío | |
9 | 330 | Rubio Arnedo Jose Luis | ||||
Ruiz Madorran Rosario | 196,00 | 42,00 | Viñedo regadío | |||
9 | 329 | Arpon de Pablo Eulogio | 94,50 | 2,25 | 20,25 | Huerta regadío |
9 | 328 | Falcon Jimenez Domingo | 206,50 | 2,25 | 44,25 | Labor regadío |
9 | 376 | Valles Aguado Tomas | ||||
Bermejo San Salvador Mª Pilar | 32,90 | 7,05 | Huerta regadío | |||
9 | 375 | Valles Aguado Tomas | ||||
Bermejo San Salvador Mª Pilar | 66,50 | 14,25 | Huerta regadío | |||
9 | 374 | Martinez Ramirez Rosalia | 55,60 | 19,35 | Labor regadío | |
9 | 384 | Arnedo Areitio Jose- Alfonso de | 40,95 | 11,85 | Huerta regadío | |
9 | 373 | Orayen Martinez Jose A | 89,60 | 19,20 | Huerta regadío | |
9 | 372 | Orayen Martinez Jose A | 117,76 | Huerta regadío | ||
9 | 371 | Perez Latienda Jose Antonio | 206,1 | Huerta regadío | ||
9 | 369 parte | Leon Merino Remedios | 77,15 | Huerta regadío | ||
9 | 369 parte | Garrido Gutierrez Antonio | 102,35 | Huerta regadío | ||
9 | 394 | Leon Jimenez Antonio | 49,9 | Huerta regadío | ||
9 | 395 | Domeco de Jarauta Ruiz Jose V | 108,65 | Huerta regadío | ||
9 | 396 | Pastor Pastor Lourdes | 94,55 | Huerta regadío | ||
9 | 398 | Bobadilla San Miguel Vidal | 55,25 | Huerta regadío | ||
9 | 399 | Ruiz Pastor Mª Carmen | 44,3 | Huerta regadío | ||
9 | 364 | Morales Roldan Jose a. | ||||
Gil Rubio Mª Carmen | 96,5 | Huerta regadío | ||||
9 | 363 | Garrido Martinez Jose Maria | 50,2 | Huerta regadío | ||
9 | 361 | Jimenez Garrido Alejo e Hijos | 66,35 | Huerta regadío | ||
9 | 360 | Breton Martinez Sara | 56,85 | Huerta regadío | ||
9 | 356 | Martinez Ruiz Felix | 73,65 | Huerta regadío | ||
9 | 355 | Ruiz Martinez Carmelo | 49,55 | Huerta regadío | ||
9 | 352 | Perez Martinez Bienvenido | ||||
Leon Martinez Isabel | 89,5 | Huerta regadío | ||||
9 | 351 | Benito Gutierrez Francisco | 90,2 | Huerta regadío | ||
Total | 4.222,31 | 13,5 | 356,33 |
6º.- Que se exponga al público el contenido de este acuerdo, por plazo de veinte días, a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento, de su publicación en un diario de difusión local (Diario LaRioja) y en el Boletín Oficial de La Rioja, a los efectos previstos en los artículos 17 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, con la relación íntegra de los se describen en el punto anterior.
7º.- Que se notifique individualmente a cada uno de los interesados, como se prescribe en el artículo 21.3 de la Ley de Expropiación Forzosa, con indicación de los recursos que procedan.
8º.- Si durante el plazo de exposición pública no se produjeran reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente, sin necesidad de nuevo acuerdo, el proyecto técnico, con la declaración implícita de la necesidad de ocupación de los bienes relacionados en el punto tercero precedente; y, si tampoco por parte de los interesados se formulasen recursos acerca de la necesidad de ocupación, se iniciará expediente para la determinación del justo precio.
Lo que se hace público según lo dispuesto los artículos 19.2 y 21.2 de la Ley de Expropiación Forzosa para que dentro del plazo de veinte días, contados a partir del siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, puedan los interesados formular alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal, aportando cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen cometidos en la relación que se hubiere hecho pública.
A los solos efectos de la subsanación de errores en la descripción material y legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer para alegar y ofrecer cuantos antecedentes o referencias sirvan de fundamento para las rectificaciones que procedan.
En el plazo expresado podrán consultarse el proyecto técnico y el expediente de su aprobación y de iniciación de la expropiación forzosa, en la Secretaría del Ayuntamiento, en horario de oficina.
Contra los precedentes acuerdos podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes por los interesados en el procedimiento expropiatorio, o bien, pueden optar por acudir directamente a la vía judicial mediante la interposición de recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación de este anuncio.
En Aldeanueva de Ebro a 1 de julio de 2009.- El Alcalde.