Edicto de notificación
En el procedimiento de demanda número 0000637/2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Bernabé Castro Vázquez contra la empresa Ecay Andueza S.L., Ecay Andueza S.L. e Ismael Andrés S.A., Unión Temporal de Empresas (UTE), Fondo de Garantía Salarial e Ismael Andrés, S.A., sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:
Se tiene por desistido a D./Dña. Bernabé Castro Vázquez de su pretensión contra Ismael Andrés, S.A., continuando el trámite de la demanda de reclamación de cantidad frente al resto de las partes demandadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se acompañará, en el momento de la interposición. justificante de haber ingresado 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en la entidad Banesto, oficina de la calle Cortes de Navarra nº 5 de Pamplona (0030.1846), indicando el nº de expediente 3158.0000.65.0637109, y especificando en el campo "concepto" del documento: "Recurso 30". En caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria habrá de efectuarse en el nº de cuenta 0030.1846.42.000,5001274, indicando el mismo número de expediente y, a continuación y separado por un espacio, el código indicado ("Recurso 30").
Este depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. El Estado, las CCAA, las entidades locales y los organismos públicos dependientes de todos ellos. así como los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo de lo previsto en el artículo 6.5 de la Ley 1/1996, de 13 de enero, quedarán exentos de constituir el depósito referido.
Y lo anterior, con apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a la empresa demandada: Ecay Andueza SL. e Ismael Andrés S.A., Unión Temporal de Empresas (UTE); en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
En Pamplona, a 13 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial, D/Dña. Rosa Mª Valencia Ederra.