Resolución de 29 de junio de 2010 del Director General de Personal y Centros Docentes, por la que se convoca procedimiento general de adjudicación de destinos provisionales correspondientes a los cuerpos que imparten docencia en niveles anteriores a la Universidad para el curso 2010-2011
La Orden 10/2006, de 4 de abril, del consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la provisión en régimen de interinidad de puestos de trabajo docentes no universitarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja, dispone en su artículo 4.1 que el llamamiento de los aspirantes para cubrir las necesidades de contratación del personal docente al comienzo de cada curso escolar, se efectuará previa convocatoria pública, según el calendario negociado con las organizaciones sindicales.
Por su parte, mediante Resolución de 22 de abril de 2010, del consejero de Educación, Cultura y Deporte se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en diversos cuerpos docentes y se dispone que los opositores que hayan superado el mismo obtengan destino en prácticas conforme al procedimiento que se dicte para el inicio del curso.
Por último, en las Instrucciones por las que se regula para el curso académico 2010/2011 la organización y el funcionamiento de los centros docentes públicos situados en la Comunidad Autónoma de La Rioja, de 10 de junio de 2010, se establece el orden a seguir en la adjudicación de destinos provisionales a los funcionarios docentes durante el curso 2010/2011.
A fin de que la administración educativa disponga del personal suficiente para atender las necesidades de profesorado durante el curso escolar 2010/2011 y conforme al calendario de comienzo de curso aprobado por resolución de 16 de junio de 2010.
Esta Dirección General de Personal y Centros Docentes, en uso de las atribuciones que tiene conferidas:
Resuelve: Convocar procedimiento general de adjudicación de destinos provisionales correspondientes a los cuerpos que imparten docencia en niveles anteriores a la Universidad para el curso 2010/2011, con arreglo a las siguientes Bases:
Primera.- Destinos convocados y determinación de los mismos.
1.1. Los destinos que se ofertan son los que, resueltos los concursos de traslados convocados durante el curso 2009/2010 y realizadas las previsiones de necesidades adicionales de personal para el curso 2010/2011, permanezcan vacantes o, encontrándose ocupados no vayan a ser desempeñados por sus titulares, siempre y cuando resulte urgente e inaplazable su provisión para garantizar la prestación normal del servicio público educativo.
1.2. La Dirección General de Personal y Centros Docentes hará pública en la página web www.educarioja.org y en su tablón de anuncios la relación de destinos a cubrir provisionalmente, ordenados por cuerpo y especialidad, en la fecha que al efecto se establece en el calendario aprobado en la base décima de la presente convocatoria.
1.3. Se eliminarán de la adjudicación aquellos puestos que, aún habiendo sido anunciados, se encuentren erróneamente definidos o resulten innecesarios en virtud de la planificación escolar.
Segunda.- Participantes
2.1. Podrán participar en el presente procedimiento:
2.1.1. Los funcionarios que resulten desplazados, no necesarios o suprimidos; los que hayan perdido su destino definitivo como consecuencia de cumplimiento de sentencia o resolución de recurso; quienes hayan obtenido comisión de servicios; los que se encuentren en expectativa de destino; y quienes hayan solicitado reingreso al servicio activo desde situaciones que comporten la pérdida del destino definitivo.
La Dirección General de Personal y Centros Docentes hará públicos los listados ordenados de estos funcionarios en la página web www.educarioja.org y en su tablón de anuncios en la fecha que al efecto se establece en el calendario aprobado en la base décima de la presente convocatoria.
2.1.2. Los aspirantes que resulten seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 22 de abril de 2010, del consejero de Educación, Cultura y Deporte, o en procedimientos selectivos anteriores si, conforme a lo dispuesto en las respectivas convocatorias, van a realizar la fase de prácticas durante el curso 2010-2011.
2.1.3. Los integrantes de las listas de aspirantes a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad en vigor a 1 de julio de 2010 que resulten llamados en función de las necesidades de personal interino existentes en cada cuerpo y especialidad, según listados nominativos de convocados previstos en la base 6.2, que se publicarán simultáneamente a los destinos a los que hace referencia la base primera, en la fecha prevista al efecto en el calendario aprobado en la base décima.
2.2. A los convocados en virtud del apartado 2.1.1 de la presente base que no presenten instancia de participación, la administración les adjudicará de oficio el destino que les corresponda según el orden de adjudicación que se detalla en la base sexta, entendiendo que solicitan todos los centros en los que se imparte su especialidad en el orden de preferencia con el que figuran en el anexo II.
2.3. Los convocados por el apartado 2.1.2 que, por alguna de las circunstancias previstas en la convocatoria del procedimiento selectivo no deseen obtener destino en prácticas durante el curso 2010/2011, deberán ponerlo en conocimiento de la administración mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal y Centros Docentes, durante el plazo establecido en la base cuarta. A quienes, en dicho plazo, no presentasen instancia de participación ni comunicasen las opciones arriba referidas, la administración les adjudicará de oficio el destino que les corresponda, según el orden de adjudicación que se detalla en la base sexta, entendiendo que solicitan todos los centros en los que se imparte su especialidad en el orden de preferencia con el que figuran en el anexo II.
2.4. Los convocados en razón al apartado 2.1.3 que no deseen participar en el presente procedimiento deberán aportar, durante el plazo establecido en la base cuarta, la documentación justificativa de encontrarse en alguno de los supuestos a los que hace referencia el apartado A) del artículo quinto de la Orden 10/2006, de 4 de abril.
Quienes, habiendo sido convocados no participasen y no justificasen válidamente durante el plazo de presentación de solicitudes encontrarse en los supuestos de renuncia a los que hace referencia el párrafo anterior, serán excluidos de los listados de aspirantes a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad por los que hubieran sido llamados, de conformidad con lo establecido en el artículo sexto de la Orden 10/2006, de 4 de abril.
Tercera.- Solicitudes
Cada participante presentará una única solicitud dirigida al director general de Personal y Centros Docentes, la cual se ajustará al modelo oficial que figura como anexo I y se cumplimentará siguiendo las instrucciones reseñadas en el mismo anexo.
Las solicitudes deberán presentarse en el registro telemático de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en la dirección www.larioja.org A este fin los participantes deberán estar en posesión del DNI electrónico u obtener la firma electrónica y el correspondiente certificado digital clase 2 CA, expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Cuarta. Plazo de presentación.
Las solicitudes deberán presentarse entre las 12.00 horas del 23 de julio y las 11.59 horas del 30 de julio.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna instancia, ni modificación alguna de las peticiones formuladas, ni tampoco renuncias a la participación, salvo lo establecido en la base novena.
Quinta.- Peticiones
5.1. Convocados en virtud del apartado 2.1.1 de la base segunda.
Los funcionarios convocados en virtud del apartado 2.1.1 de la base segunda consignarán en su solicitud el cuerpo y especialidad en el que se encuentren en servicio activo o para el que hayan solicitado el reingreso.
Aquellos que tengan previsto ejercitar su derecho preferente a una localidad deberán hacerloconstar en la solicitud de participación en el apartado establecido al efecto y consignar dicha localidad como primera opción en las peticiones individualizadas de destinos.
5.2. Convocados en virtud del apartado 2.1.2 de la base segunda.
Los aspirantes convocados por el apartado 2.1.2. consignarán en su solicitud el cuerpo y especialidad en el que vayan a ser nombrados funcionarios en prácticas.
5.3. Convocados en virtud del apartado 2.1.3 de la base segunda.
Los convocados en virtud del apartado 2.1.3 de la base segunda consignarán por orden de preferencia, todos los cuerpos y especialidades en los que, habiendo sido llamados, deseen obtener destino. La omisión de alguno de estos cuerpos o especialidades implica la renuncia del participante a pertenecer a la lista correspondiente a dicho cuerpo y especialidad, de conformidad con el artículo sexto de la Orden 10/2006, de 4 de abril.
5.4. Reglas generales para todos los convocados.
5.4.1. Cada participante podrá formular peticiones individualizadas de los destinos anunciados conforme a la base primera. En ningún caso podrán consignarse más de doscientas peticiones.
5.4.2. También podrán formularse peticiones por código de localidad. En este caso se consignarán los códigos correspondientes al cuerpo y especialidad, localidad y carácter del destino (a tiempo parcial, itinerante o que comporte la impartición de asignaturas no afines), entendiéndose así solicitados todos los destinos de la especialidad y carácter reseñados, en los centros de esa localidad, según el orden fijado en el anexo II. Si respecto a todos los centros de una localidad deseara solicitarse alguno o algunos de ellos prioritariamente, éstos podrán consignarse como peticiones individualizadas por orden de preferencia y a continuación consignar el código correspondiente a la especialidad y localidad, entendiéndose incorporados a sus peticiones los restantes centros según el orden fijado en el en el anexo II.
5.4.3. En cualquier caso, se entenderán solicitados los destinos que se correspondan exactamente con los códigos consignados en la instancia de participación. Las peticiones cuyos códigos resulten incompletos, inexistentes o no se correspondan con los tipos de puesto que pueda solicitar el participante serán anuladas. Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por el interesado y que afecte a la adjudicación, no podrá ser invocado por éste a efectos de futuras reclamaciones ni considerar lesionados por tal motivo sus intereses y derechos.
5.4.4. Finalizado el plazo de solicitud, por ningún concepto se alterará la petición, ni aun cuando se trate del orden de prelación de los destinos solicitados. Cuando los códigos estén incompletos o no se coloquen los datos en la casilla correspondiente, se considerarán no incluidos en la petición, perdiendo el participante todo derecho a obtenerlos.
5.4.5. Los códigos de cuerpo y especialidad son los que aparecen en el anexo III.
Sexta.- Orden de adjudicación
6.1. La adjudicación de destinos se realizará para cada cuerpo y especialidad en el orden siguiente:
6.1.1. Para el Cuerpo de Maestros:
a) No necesarios en ESO: preferencia absoluta para obtener destino en el centro de primaria del que procedían, en cualquier otro centro de primaria del ámbito de influencia del IES que imparta las citadas enseñanzas o subsidiariamente en cualquier otro IES o Sección de Enseñanza Secundaria.
Una vez llevada a cabo la reasignación anterior, la adjudicación de destinos se hará conforme a las siguientes prioridades:
b) Provisionales a causa de haber perdido el destino definitivo por supresión del mismo, clausura, cumplimiento de sentencia o resolución de recurso.
c) Definitivos que no sean necesarios para el funcionamiento del centro por no haberse cubierto las expectativas de matrícula de alumnos en el mismo, ordenados de mayor a menor tiempo de servicios en el cuerpo, antigüedad de la promoción a la que pertenezcan y mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo de ingreso.
d) No necesarios en ESO que no hayan ejercitado la preferencia del apartado a), ordenados de mayor a menor tiempo de servicios en el cuerpo, la antigüedad de la promoción de ingreso y la mayor puntuación en el procedimiento selectivo de ingreso.
e) Maestros de la Comunidad Autónoma de La Rioja a quienes se les haya concedido comisión de servicios.
f) Maestros en expectativa de destino.
g) Maestros que deban reingresar al servicio activo desde situaciones que no comporten la reserva del puesto de trabajo.
h) Maestros en prácticas procedentes del procedimiento selectivo convocado por Resolución de 7 de abril de 2009, ordenados según la posición que cada aspirante ocupe en las listas a las que se refiere la base 9.3 de la convocatoria
i) Maestros de otras comunidades autónomas a quienes se les haya concedido comisión de servicios.
j) Aspirantes a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad en el orden en el que figuren en el listado correspondiente.
6.1.2. Para el resto de los cuerpos docentes:
a) Desplazados por falta de horario, ordenados por antigüedad en el cuerpo.
b) Profesores que hayan perdido su destino definitivo como consecuencia de cumplimiento de sentencia o resolución de recurso.
c) Profesores de la Comunidad Autónoma de La Rioja a quienes se les haya concedido comisión de servicios
d) Profesores en expectativa de destino. Ordenados por la puntuación adjudicada en el último concurso de traslados.
e) Profesores que deban reingresar al servicio activo desde situaciones que no comporten derecho a la reserva del puesto de trabajo.
f) Profesores seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 22 de abril de 2010, ordenados según la posición que cada aspirante ocupe en la lista a la que se refiere su base 9.6.
g) Profesores de otras comunidades autónomas a quienes se les haya concedido comisión de servicios
h) Aspirantes a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad en el orden en el que figuren en los correspondientes listados.
6.2. Una vez hechos públicos los listados de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo la Dirección General de Personal y Centros Docentes publicará en su tablón de anuncios y en la página web www.educarioja.org el listado agregado de todos los llamados a participar en el presente procedimiento de adjudicación de destinos, haciendo constar en el mismo el número de orden que cada profesor ocupa en la adjudicación.
Séptima.- Asignación de destinos a funcionarios de carrera y en prácticas
7.1. Los destinos serán adjudicados teniendo en cuenta las peticiones formuladas por los interesados, según la posición que cada aspirante ocupe en el listado al que hace referencia la base 6.2.
7.2. Cuando alguno de los participantes no hubiera formulado suficientes peticiones válidas, se entenderá que solicita todos los centros en los que se imparta su especialidad en el mismo orden de preferencia con el que aparecen en el anexo II.
7.3. Los destinos obtenidos por los participantes del apartado 2.1.2 se corresponderán, siempre que exista tal posibilidad, con puestos de la especialidad por la que hayan superado el concurso-oposición. No obstante, si resuelto el presente procedimiento, el aspirante no hubiese obtenido destino, la Dirección General de Personal y Centros Docentes podrá acordar que las prácticas se realicen en sustituciones de profesorado correspondientes a su especialidad o especialidades análogas que demande el servicio educativo, cuando se garantice un período mínimo de permanencia en el mismo centro de tres meses, y siempre y cuando no exista posibilidad de asignar destino en la especialidad para todo el curso escolar.
7.4. Los destinos adjudicados a los funcionarios de carrera y en prácticas serán siempre a tiempo completo.
7.5. Los destinos obtenidos a través del presente procedimiento tendrán, en todo caso, carácter provisional.
7.6. Los funcionarios en prácticas que deseen permanecer en listas de interinos correspondientes a otros cuerpos lo harán constar en el apartado dispuesto al efecto en la solicitud de participación.
Octava.- Asignación de destinos en régimen de interinidad.
8.1. Los destinos que queden vacantes una vez realizada la asignación a los funcionarios de carrera y en prácticas, se adjudicarán al resto de los participantes, teniendo en cuenta la posición de cada aspirante en las listas en que figure y el orden de las peticiones realizadas.
8.2. Cuando el número de peticiones válidas formuladas por un aspirante no resultase suficiente, se procederá a la adjudicación de oficio de los destinos no expresamente solicitados según el orden de preferencia de especialidades consignado en el apartado III de la solicitud de participación y por el orden de centros y localidades que fija el anexo II.
8.3. Son voluntarios los destinos a tiempo parcial, los itinerantes y los que conlleven la impartición de asignaturas no afines a la especialidad por la que se participa. Estos puestos sólo se adjudicarán cuando el interesado los haya solicitado expresamente en sus peticiones individualizadas. En ningún caso se adjudicarán de oficio puestos de trabajo itinerantes, a tiempo parcial o que conlleven la impartición de asignaturas no afines.
8.4. Los destinos asignados serán irrenunciables, sin perjuicio de lo establecido en la base 9.1 siguiente. Cualquier renuncia presentada con posterioridad a la adjudicación definitiva supondrá, de conformidad con lo establecido en el artículo sexto de la Orden 10/2006, de 4 de abril, la exclusión de todas las listas de espera en las que el aspirante hubiera sido convocado.
8.5. Con carácter previo a la toma de posesión en los puestos asignados, la Administración llevará a cabo cuando proceda por razón de nueva incorporación del aspirante a la Comunidad Autónoma de La Rioja o de cualquier otra circunstancia, el reconocimiento médico de los adjudicatarios de puestos de trabajo, a fin de comprobar que no padecen enfermedad ni están afectados por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño del puesto del que han resultado adjudicatarios.
9. Asignación provisional y definitiva de destinos.
9.1. Realizada la asignación, la Dirección General de Personal y Centros Docentes la hará pública, otorgando un plazo para que los interesados presenten reclamaciones o renuncien, en su caso, a los destinos adjudicados. Las renuncias se regirán por lo establecido en las normas aplicables a cada uno de los colectivos convocados, y en particular a las bases novena, apartado quinto y undécima, apartado tres, de la resolución de 22 de abril de 2010, para los funcionarios en prácticas y en el artículo 5 A), apartados 1, 2, 3, 5, 8, 9 y 10 de la Orden 10/2006, de 4 de abril, del consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la provisión en régimen de interinidad de puestos de trabajo docentes no universitarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja, para los aspirantes a desempeñar estos puestos.
Las reclamaciones o renuncias se presentarán en el registro telemático de la Comunidad Autónoma de La Rioja, conforme establece la base tercera.
9.2. Resueltas las reclamaciones y renuncias se resolverá con carácter definitivo el presente procedimiento de adjudicación. Dicha resolución se publicará en los mismos lugares que la adjudicación provisional, en la fecha que establece la base décima.
9.3. Aún cuando se soliciten destinos de diferentes cuerpos y especialidades solamente podrá obtenerse un único destino.
9.4. Quedarán sin efecto los destinos erróneamente adjudicados a los participantes que no cumplan los requisitos exigidos para la participación en las convocatorias o no reúnan los requisitos necesarios para obtener el puesto, sin que el hecho de aparecer en la lista de adjudicaciones, e incluso el que se lleve a efecto la toma de posesión, prejuzgue el cumplimiento de las exigencias de capacitación.
10. Calendario de publicaciones.
El desarrollo del presente procedimiento seguirá el siguiente calendario de publicaciones.
- Listados de maestros y profesores no necesarios, suprimidos, desplazados, reingresados, en comisión de servicios y en expectativa de destino:
- Listados provisionales: 30 de junio de 2010.
- Reclamaciones del 1 al 5 de julio.
- Listados definitivos: 23 de julio de 2010.
- Listados de aspirantes a desempeñar puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos y especialidades convocadas:
- Listados provisionales: 14 de julio de 2010.
- Reclamaciones: 15 al 17 de julio de 2010.
- Listado definitivo: 23 de julio de 2010.
- Listados de aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por resolución de 22 de abril de 2010: antes del 23 de julio de 2010.
- Listado agregado de todos los profesores llamados a participar en el presente procedimiento de adjudicación en todos los cuerpos y especialidades: funcionarios de carrera, funcionarios en prácticas y aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad: 23 de julio de 2010.
- Listado de destinos a adjudicar: 23 de julio de 2010.
- Adjudicación de destinos:
- Adjudicación provisional: 30 de julio de 2010.
- Reclamaciones y renuncias: De las 00.00 h. del 31 de julio a las 23.59 horas del 2 de agosto.
- Adjudicación definitiva: 6 de agosto de 2010.
Todas las publicaciones se realizarán en la unidad de información de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y en la página web www.educarioja.org.
En Logroño, a 29 de junio de 2010.- El Director General de Personal y Centros Docentes, Pedro César Caceo Barrio.
Instrucciones para su cumplimentación y presentación
1. Cumplimentar la solicitud
Apartado I «Datos personales»
Repase sus datos personales y si detecta algún error o ha cambiado de teléfono, o de dirección postal o electrónica, por favor, corrija o actualice los datos.
Apartado II «Apartado de participación»
En este apartado aparece marcada por defecto la casilla que corresponda:
Funcionarios de carrera: 2.1.1.
Funcionarios en prácticas: 2.1.2.
Funcionarios interinos: 2.1.3.
Funcionarios de carrera con derecho preferente a localidad
Los funcionarios de carrera que tengan reconocido derecho preferente a una localidad pueden ejercerlo marcando la casilla prevista al efecto y consignando la localidad sobre la que desean ejercer su derecho.
Este derecho preferente podrá ejercerse a toda la localidad o sólo a alguno o algunos de sus centros.
En el primer supuesto debe consignar en la posición 1 del apartado IV el código de la localidad correspondiente. En el segundo supuesto debe consignar en la citada posición y siguientes, el o los centros de esa localidad que desee.
Ahora bien, si limita su derecho preferente a uno o varios centros y hay participantes con mejor derecho en el procedimiento general, sólo podrá obtener los destinos solicitados cuando no haya ningún otro disponible en la localidad sobre la que se ejerce el derecho.
Si consigna el derecho preferente en el apartado II pero no señala la localidad (o centro de esa localidad), en el apartado IV, dicho derecho no se hará efectivo.
Apartado III «Especialidades»
Funcionarios de carrera y en prácticas
Este apartado aparece marcado por defecto y no puede cambiarse.
Funcionarios interinos
Si es usted funcionario interino está obligado a cumplimentar este apartado. En él debe consignar las especialidades en las que, habiendo sido convocado, desee obtener destino, por el orden de su preferencia. Le recordamos que la omisión de una especialidad para la que se esté convocado comporta la exclusión de la lista de espera correspondiente. Este apartado debe consignarse aun cuando sólo se pertenezca a una lista de espera.
Apartado IV «Peticiones por código de centro o de localidad»
Este apartado es de cumplimentación voluntaria (salvo que sea funcionario de carrera y esté ejerciendo el derecho preferente a centro o localidad).
Si no consigna ningún centro o localidad se le adjudicarán de oficio los destinos que se encuentren disponibles en su especialidad.
Sólo se adjudicarán de oficio los destinos ordinarios. Si desea usted acceder a destinos a tiempo parcial, itinerantes o que comporten la impartición de asignaturas no afines, deberá solicitarlo expresamente marcando el centro o localidad deseada y el carácter del destino solicitado.
Nota sobre destinos a tiempo parcial.
Los funcionarios de carrera y en prácticas sólo pueden ser nombrados a tiempo completo, por lo que no pueden optar por vacantes a tiempo parcial. Así, sólo los funcionarios interinos podrán consignar válidamente peticiones de destinos a tiempo parcial.
Peticiones por centro
Si desea solicitar destinos concretos, introduzca los destinos vacantes publicados por la Dirección General con el código de centro, cuerpo y especialidad con el que aparecen identificados. El código puede teclearse directamente o bien seleccionarse de un desplegable que aparece pulsando las flechas situadas a la izquierda de cada campo.
Peticiones por localidad
Quienes deseen solicitar puestos correspondientes a cualquier centro de una misma localidad podrán hacerlo consignando los códigos de cuerpo, especialidad y localidad (bien tecleándolos o bien seleccionándolos de los desplegables correspondientes), así como el carácter del puesto.
En la pantalla cumplimentar se presentan cuatro opciones:
Limpiar
La opción limpiar permite eliminar de una sola vez todos los datos cumplimentados en los apartados III y IV.
Guardar
Esta opción guarda los datos introducidos, lo que permite interrumpir la cumplimentación en cualquier momento y continuarla posteriormente en el punto donde se abandonó.
No es posible pasar a la fase de envío y registro sin haber guardado previamente la solicitud.
Validar
Esta opción señala los errores y omisiones que, en su caso, contenga la solicitud.
Cancelar
Mediante esta opción se abandona la sesión de cumplimentación sin que se guarde ninguno de los datos introducidos durante la misma.
2. Enviar y registrar
Para entrar en esta opción es necesario haber guardado previamente la solicitud.
Validación automática
Antes de que usted firme su solicitud la aplicación efectúa una validación automática, señalando los errores u omisiones que, en su caso, contenga.
En este momento se presentan dos opciones:
Volver: Permite regresar a la fase de cumplimentación y corregir los errores u omisiones que contenga la solicitud.
Continuar: Permite pasar a la pantalla de firma, sea cual sea el resultado de la validación.
Firma
Se presentan tres opciones:
Firmar: Pide su consentimiento para enviar y registrar la solicitud con su certificado digital. La solicitud sólo será válida una vez firmada
Volver: Le sitúa de nuevo en la fase de cumplimentar solicitud
Cancelar: Abandona la sesión de firma.
Si la solicitud ha sido firmada y registrada correctamente recibirá usted un mensaje de confirmación con su nombre y apellidos; DNI; fecha, hora y número con los que ha sido registrada su solicitud. Si no recibe este mensaje es que su solicitud no ha sido presentada.
3. Imprimir solicitud
Si lo desea puede usted imprimir su solicitud tal y como ha sido registrada. En el documento impreso figurará el número de registro asignado.
4. Borrar solicitud
No es posible introducir modificaciones a una solicitud ya registrada. No obstante, siempre y cuando no haya finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la solicitud puede anularse a través de la opción «borrar». Esta opción anula la solicitud presentada y permite la presentación de una nueva, iniciando el trámite desde el principio.
Si su solicitud de anulación ha sido registrada correctamente recibirá usted un mensaje de confirmación con su nombre y apellidos; DNI; fecha, hora y número de registro con los que ha sido registrada su solicitud de anulación. Si no recibe este mensaje es que su solicitud no ha sido anulada.
Anexo II. Centros
Anexo II A) Centros de Educación Infantil y Primaria
Colegios Públicos y Centros Rurales Agrupados
Cód. Centro | Nombre del Centro | Cód. Loc. | Localidad |
26001201C | C.E.I.P. Vuelo Madrid-Manila | 260890002 | Logroño |
26001213C | C.E.I.P. Bretón de los Herreros | 260890002 | Logroño |
26001237C | C.E.I.P. Gonzalo de Berceo | 260890002 | Logroño |
26001249C | C.E.I.P. Navarrete el Mudo | 260890002 | Logroño |
26001250C | C.E.I.P. San Pío X | 260890002 | Logroño |
26001262C | C.E.I.P. Juan Yagüe | 260890002 | Logroño |
26001626C | C.E.I.P. Madre de Dios | 260890002 | Logroño |
26001717C | C.E.I.P. Varía | 260890002 | Logroño |
26002734C | C.E.I.P. Milenario Lengua Castellana | 260890002 | Logroño |
26002761C | C.E.I.P. Doctor Castroviejo | 260890002 | Logroño |
26002771C | C.E.I.P. Obispo Blanco Nájera | 260890002 | Logroño |
26002795C | C.E.I.P. Caballero de la Rosa | 260890002 | Logroño |
26002850C | C.E.I.P. Duquesa de la Victoria | 260890002 | Logroño |
26002990C | C.E.I.P. Gral. Espartero | 260890002 | Logroño |
26003003C | C.E.I.P. Vélez de Guevara | 260890002 | Logroño |
26003052C | C.E.I.P. San Francisco | 260890002 | Logroño |
26003064C | C.E.I.P. Escultor Vicente Ochoa | 260890002 | Logroño |
26003210C | C.E.I.P. Las Gaunas | 260890002 | Logroño |
26007781C | C.E.I.P. Siete Infantes de Lara | 260890002 | Logroño |
26008001C | C.E.I.P. La Guindalera | 260890002 | Logroño |
26001122C | C.E.I.P. Eduardo González Gallarza | 260840001 | Lardero |
26002473C | C.E.I.P. Gonzalo de Berceo | 261680002 | Villamediana de Iregua |
26000087C | C.E.I.P. Doña Avelina Cortazar | 260060001 | Alberite |
26001894C | C.E.I.P. Ntra. Sra. del Sagrario | 261050001 | Navarrete |
26000919C | C.E.I.P. Cervantes | 260640002 | Fuenmayor |
26000063C | C.E.I.P. San Prudencio | 260050001 | Albelda de Iregua |
26003465C | C.R.A. Moncalvillo | 261030002 | Nalda |
Entrena, Medrano, Nalda, Sorzano, Viguera | |||
26001811C | C.E.I.P. San Fernando | 261020001 | Nájera |
26002825C | C.E.I.P. Sancho III el Mayor | 261020001 | Nájera |
26001791C | C.E.I.P. D. Eladio del Campo Íñiguez | 260990001 | Murillo de Río Leza |
26000661C | C.E.I.P. Gregoria Artacho | 260460001 | Cenicero |
26000971C | C.E.I.P. San Felices de Bilibio | 260710001 | Haro |
26002588C | C.E.I.P. Ntra. Sra. de la Vega | 260710001 | Haro |
26007999C | C.E.I.P. Casalarreina | 260420001 | Casalarreina |
26000373C | C.E.I.P. San Pelayo | 260260001 | Baños de Río Tobía |
26003374C | C.R.A. Entreviñas | 261420003 | San Vicente de la Sonsierra |
Ábalos, Briones, San Asensio, San Vicente de la Sonsierra | |||
26003398C | C.R.A. Cuenca del Najerilla | 261600001 | Uruñuela |
Alesanco, Arenzana de Abajo, Camprovín, Hormilla, Huércanos, Tricio, Uruñuela | |||
26007744C | C.R.A. Las Cuatro Villas | 260020001 | Agoncillo |
Agoncillo, Arrúbal, Ribafrecha, San Román | |||
26003490C | C.R.A. de Castañares de Rioja | 260430001 | Castañares de Rioja |
Anguciana, Castañares, Cuzcurrita, Santurde | |||
26007768C | C.R.A. de Arnedillo | 260170001 | Arnedillo |
Arnedillo, Enciso, Herce, Préjano | |||
26003477C | C.R.A. Entre Valles | 260230001 | Badarán |
Anguiano, Badarán, Bobadilla, San Millán, Viniegra de Abajo | |||
26002199C | C.E.I.P. Beato Jerónimo Hermosilla | 261380001 | Sto. Domingo de la Calzada |
26003532C | C.E.I.P. San Lorenzo | 260610003 | Ezcaray |
26007756C | C.R.A. de Ausejo | 260200001 | Ausejo |
Alcanadre, Ausejo, Corera, Galilea, Tudelilla, El Villar de Arnedo | |||
26002989C | C.E.I.P. Quintiliano | 260360001 | Calahorra |
26000464C | C.E.I.P. Aurelio Prudencio | 260360001 | Calahorra |
26002977C | C.E.I.P. Ángel Oliván | 260360001 | Calahorra |
26002023 C | C.E.I.P. José Ortega Valderrama | 261170001 | Pradejón |
26000257C | C.E.I.P. Antonio Delgado Calvete | 260180001 | Arnedo |
26002898C | C.E.I.P. La Estación | 260180001 | Arnedo |
26000312C | C.E.I.P. Villa de Autol | 260210001 | Autol |
26007771C | C.E.I.P. Sáenz de Tejada | 261200001 | Quel |
26002096C | C.E.I.P. Eduardo González Gallarza | 261250001 | Rincón de Soto |
26000130C | C.E.I.P. Obispo Ezequiel Moreno | 260110001 | Alfaro |
26003386C | C.R.A. Cameros Nuevo | 261510001 | Torrecilla en Cameros |
Ortigosa, Torrecilla, Villoslada | |||
26500382C | Centro Riojano de Innovación Educativa | 260890002 | Logroño |
26000105C | C.E.I.P. Miguel Ángel Sáinz | 260080001 | Aldeanueva de Ebro |
26003416C | C.R.A. de Igea | 260800001 | Igea |
Cornago, Grávalos, Igea, Rincón de Olivedo | |||
26003428C | C.R.A. Alhama | 260470002 | Cervera del Río Alhama |
Aguilar del Río Alhama, Cabretón, Cervera del Río Alhama, Valverde |
Institutos de Educación Secundaria Obligatoria de carácter ordinario a proveer por funcionarios del Cuerpo de Maestros
Cód. Centro | Denominación | Cód. Loc. | Localidad |
26001559C | IES «Hermanos D'Elhuyar» | 260890002 | Logroño |
26001560C | IES «P. Mateo Sagasta» | 260890002 | Logroño |
26001596C | IES «Inventor Cosme García» | 260890002 | Logroño |
26001638C | IES «Comercio» | 260890002 | Logroño |
26002862C | IES»Escultor Daniel» | 260890002 | Logroño |
26003088C | IES «Duques de Nájera» | 260890002 | Logroño |
26003209C | IES «Tomás Mingot» | 260890002 | Logroño |
26003441C | IES «Batalla de Clavijo» | 260890002 | Logroño |
26001134C | IES «La Laboral» | 260840001 | Lardero |
26003581C | IES «Fco. Tomás y Valiente» | 260640002 | Fuenmayor |
26001845C | IES «E. Manuel Villegas» | 261020001 | Nájera |
26002710C | IES «Rey Don García» | 261020001 | Nájera |
26003660C | Sec IES «Rey Don García | 260260001 | Baños Río Tobía |
26001018C | IES «Marqués de la Ensenada» | 260710001 | Haro |
26002709C | IES «Manuel Bartolomé Cossío» | 260710001 | Haro |
26002230C | IES «Valle del Oja» | 261380001 | S. Domingo de la Calzada |
26000543C | IES «Valle del Cidacos» | 260360001 | Calahorra |
26000579C | IES «M. F. Quintiliano» | 260360001 | Calahorra |
26003647C | Sec. IES «M. F. Quintiliano» | 261170001 | Pradejón |
26000270C | IES «Celso Díaz» | 260180001 | Arnedo |
26003623C | Sec.IES «Celso Díaz» | 260210001 | Autol |
26000282C | IES «Virgen de Vico» | 260180001 | Arnedo |
26003507C | IES «Gonzalo de Berceo» | 260110001 | Alfaro |
26003659C | Sec. IES «Gonzalo Berceo» | 261250001 | Rincón Soto |
26003635C | Sec.IES «Gonzalo Berceo» | 260470002 | Cervera de Río Alhama |
Relación de Centros y Aulas de Educación de Adultos a proveer por funcionarios del Cuerpo de Maestros
Cód. Centro | Denominación | Cód. Loc. | Localidad |
26002941C | Centro «Plus Ultra» | 260890002 | Logroño |
26003684C | Centro «Nájera» | 261020001 | Nájera |
26003556C | Centro «Rioja Alta» | 261380001 | Sto Domingo de la Calzada |
26003301C | Centro «San Francisco» | 260360001 | Calahorra |
26003568C | Centro «Arnedo» | 260180001 | Arnedo |
26003571C | Centro «Alfaro» | 260110001 | Alfaro |
26802941C | Centro «Plus Ultra» Penitenciario | 260890002 | Logroño |
Centros Públicos de Educación Especial a proveer por funcionarios del Cuerpo de Maestros
Código | Denominación | Cód. Loc. | Localidad |
26002849C | C.E.E. «Marqués de Vallejo» | 260890002 | Logroño |
Anexo II B) Equipos Generales de Orientación Educativa y Psicopedagógica
Cód. Centro | Denominación | Cód. Loc. | Localidad |
26700073C | Equipo General de Orientación Educativa y | ||
Psicopedagógica Logroño-Este | 260890002 | Logroño- Logroño | |
26700051C | Equipo General de Orientación Educativa y | ||
Psicopedagógica Logroño-Oeste | 260890002 | Logroño- Logroño | |
26700103C | Equipo de Atención Temprana de La Rioja | 260890002 | Logroño- Logroño |
26700061C | Equipo General de Orientación Educativa y | ||
Psicopedagógica Rioja Alta | 261020001 | Nájera | |
26700085C | Equipo General de Orientación Educativa y | ||
Psicopedagógica Rioja Alta | 261380001 | Santo Domingo de la Calzada | |
(subsede del equipo Rioja Alta) | |||
26700048C | Equipo General de Orientación Educativa y | ||
Psicopedagógica Rioja Baja | 260360001 | Calahorra | |
26700097C | Equipo General de Orientación Educativa y | ||
Psicopedagógica Rioja Baja | 260180001 | Arnedo | |
(subsede del equipo Rioja Baja) |
Anexo II C) Centros de Educación de Adultos
Cód. Centro | Denominación | Cód. Loc. | Localidad |
26002941C | C.E.P.A. «Plus Ultra» | 260890002 | Logroño- Logroño |
26003301C | C.E.P.A. «San Francisco» | 260360001 | Calahorra |
Anexo II D) Centros que imparten enseñanzas de régimen especial
Cód. Centro | Denominación | Cód. Loc. | Localidad |
26003091C | Escuela Oficial de Idiomas el Fuero de Logroño | 260890002 | Logroño |
26803091C | Sección de Haro de la Escuela Oficial de | ||
Idiomas el Fuero de Logroño | 260710001 | Haro | |
26813091C | Sección de Santo Domingo de la Calzada de la | ||
Escuela Oficial | 261380001 | Sto Domingo de la Calzada | |
de Idiomas el Fuero de Logroño | |||
26003313C | Escuela Oficial de Idiomas de Calahorra | 260360001 | Calahorra |
26803313C | Sección de Arnedo de la Escuela Oficial de | ||
Idiomas de Calahorra | 260180001 | Arnedo | |
Cód. Centro | Denominación | Cód. Loc. | Localidad |
26002928C | Conservatorio Profesional de Música de La Rioja | 260890002 | Logroño |
26003520C | Conservatorio Elemental de Música de Haro | 260710001 | Haro |
26003076C | Conservatorio Elemental de Música de Calahorra | 260360001 | Calahorra |
Cód. Centro | Denominación | Cód. Loc. | Localidad |
26007914C | Escuela de Arte y Superior de Diseño de Logroño | 260890002 | Logroño |
Anexo II E) Centros Públicos de Educación Especial
Cód. Centro | Denominación | Cód.Loc. | Localidad |
26002849C | C.P.E.E. «Marqués de Vallejo» | 260890002 | Logroño |
Anexo III. Códigos de cuerpo y especialidad
1.1 Cuerpo de Maestros (0597)
1.1.2 Centros públicos de Primaria, Educación Infantil y Educación Especial.
Especialidad | Código |
Pedagogía Terapéutica | 036 |
Audición y Lenguaje | 037 |
Educación Infantil | 031 |
Primaria | 038 |
Idioma Extranjero: Inglés | 032 |
Educación Física | 034 |
Música | 035 |
P.C.P.I. | 099 |
Ciencias Sociales | 070 |
Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza | 071 |
Filología, Lengua Castellana | 072 |
1.1.2 Centros de Educación de Adultos | |
Especialidad | Código |
Idioma Extranjero: Inglés | 076 |
Otras Especialidades | 074 |
1.2 Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (0590) | |
Especialidad | Código |
Filosofía | 001 |
Griego | 002 |
Latín | 003 |
Lengua Castellana y Literatura | 004 |
Geografía e Historia | 005 |
Matemáticas | 006 |
Física y Química | 007 |
Biología y Geología | 008 |
Dibujo | 009 |
Francés | 010 |
Inglés | 011 |
Alemán | 012 |
Música | 016 |
Educación Física | 017 |
Orientación Educativa | 018 |
Tecnología | 019 |
Economía | 061 |
Administración de Empresas | 101 |
Análisis y Química Industrial | 102 |
Asesoría y Procesos de Imagen Personal | 103 |
Construcciones Civiles y Edificación | 104 |
Formación y Orientación Laboral | 105 |
Hostelería y Turismo | 106 |
Informática | 107 |
Intervención Sociocomunitaria | 108 |
Organización y Gestión Comercial | 110 |
Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos | 111 |
Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica | 112 |
Procesos de Producción Agraria | 115 |
Procesos en la Industria Alimentaria | 116 |
Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos | 117 |
Procesos Sanitarios | 118 |
Procesos y Medios de Comunicación | 119 |
Procesos y Productos de Textil, Confección y Piel | 120 |
Procesos y Productos de Artes Gráficas | 122 |
Procesos y Productos de Madera y Mueble | 123 |
Sistemas Electrónicos | 124 |
Sistemas Electrotécnicos y Automáticos | 125 |
1.3 Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (0591) | |
Especialidad | Código |
Cocina y Pastelería | 201 |
Equipos Electrónicos | 202 |
Fabricaciones e Instalaciones de Carpintería y Mueble | 204 |
Instalaciones Electrotécnicas | 206 |
Laboratorio | 208 |
Mantenimiento de Vehículos | 209 |
Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas | 211 |
Oficina de Proyectos de Construcción | 212 |
Operaciones y Equipos de Elaboración de Productos Alimentarios | 214 |
Operaciones de Producción Agraria | 216 |
Patronaje y Confección | 217 |
Peluquería | 218 |
Procedimientos Diagnostico Clínico y Ortoprotésico | 219 |
Procedimientos Sanitarios y Asistenciales | 220 |
Procesos de Gestión Administrativa | 222 |
Producción en Artes Gráficas | 223 |
Servicios a la Comunidad | 225 |
Servicios de Restauración | 226 |
Sistemas y Aplicaciones Informáticas | 227 |
Soldadura | 228 |
1.4 Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (0592) | |
Especialidad | Código |
Alemán | 001 |
Francés | 008 |
Inglés | 011 |
Italiano | 012 |
1.5 Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas (0594) | |
Especialidad | Código |
Canto | 403 |
Clarinete | 404 |
Contrabajo | 406 |
Coro | 407 |
Fagot | 408 |
Flauta Travesera | 410 |
Fundamentos de Composición | 412 |
Guitarra | 414 |
Historia de la Música | 416 |
Instrumentos de Púa | 418 |
Oboe | 419 |
Orquesta | 421 |
Percusión | 422 |
Piano | 423 |
Saxofón | 424 |
Trombón | 426 |
Trompa | 427 |
Trompeta | 428 |
Tuba | 429 |
Viola | 431 |
Violín | 433 |
Violonchelo | 434 |
Lenguaje Musical | 460 |
1.6 Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño (0595) | |
Especialidad | Código |
Dibujo Artístico y Color | 507 |
Dibujo Técnico | 508 |
Diseño de Interiores | 509 |
Diseño de Moda | 510 |
Diseño de Producto | 511 |
Diseño Gráfico | 512 |
Fotografía | 515 |
Historia del Arte | 516 |
Materiales y Tecnología: Diseño | 520 |
Medios Audiovisuales | 521 |
Medios Informáticos | 522 |
Organización Industrial y Legislación | 523 |
Volumen | 525 |
1.7 Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (0596) | |
Especialidad | Código |
Fotografía y Procesos de Reproducción | 608 |
Técnicas Cerámicas | 613 |
Técnicas de Grabado y Estampación | 614 |
Técnicas de Patronaje y Confección | 617 |