Gobierno de La Rioja

Núm. 79
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 6 de julio de 2018
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ACCIÓN EXTERIOR
III..2138

Resolución de 2 de julio de 2018, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio específico de colaboración entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y la Comisión Islámica de España sobre la enseñanza de la religión islámica en la Comunidad Autónoma de La Rioja

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.

Logroño a 2 de julio de 2018.- La Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Acción Exterior, Rosana Montañés Fandos.


Número de Registro: 2018/0292.

Resumen del Convenio específico de colaboración entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y la Comisión Islámica de España sobre la enseñanza de la religión islámica en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Fecha de suscripción: 15 de junio de 2018.

Sujetos que lo suscriben:

Gobierno de La Rioja: Alberto Galiana García - Consejero de Educación, Formación y Empleo.

Comisión Islámica de España: Riay Tatary Bakry - Presidente.

Objeto del convenio: Articular la cooperación entre las partes para el establecimiento de las condiciones en que se desarrollará la impartición de la enseñanza de la Religión Islámica en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, en el marco de lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada en su redacción por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y en al artículo 10 de la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España.

Vigencia: La duración del presente convenio será de cuatro años a partir de la firma. En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, se podrá acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta 4 años adicionales mediante la correspondiente adenda.

Prórrogas: En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, se podrá acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta 4 años adicionales mediante la correspondiente adenda.

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