Gobierno de La Rioja

Núm. 83
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 16 de julio de 2018
CONSEJERÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO E INNOVACIÓN
III..2241

Resolución de 20 de junio de 2018, la Dirección General de Innovación, Trabajo Industria y Comercio, por la que autoriza y aprueba proyecto de ejecución de instalación eléctrica (AT-20041)

Resolución de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de instalación eléctrica.

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente de referencia AT/0020041 incoado en esta Dirección General a instancia de Camping de La Rioja, S.L.,  con domicilio en Castañares de Rioja Carretera Haro-Santo Domingo, KM. 8 , solicitando autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de instalación eléctrica cuyas características técnicas principales son las siguientes:

Modificación y adecuación de la línea aérea de 13/20 kV de alimentación al CT 'Camping La Rioja' instalando un nuevo con conductor tipo LA-56 y teniendo una longitud de 364 meros.

Trayectoria según documentación gráfica obrante en la documentación técnica.

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica;  Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de Alta Tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23;  Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna, ha resuelto:

Autorizar la instalación solicitada y aprobar el proyecto de ejecución de las obras, debiendo atenerse a las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido al efecto.

El plazo de puesta en marcha será de Un año contado a partir de la fecha de la presente resolución. Este plazo podrá ser prorrogado por un periodo de Seis meses a instancia de parte.

El incumplimiento de las condiciones de la presente resolución podrá dar lugar a la revocación de la presente autorización.

La presente autorización no exime de la necesidad de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias previstas en la legislación vigente.

El titular dará cuenta de la terminación de las obras a efectos de su reconocimiento definitivo y extensión de la Autorización de Puesta en Servicio.

Esta resolución no agota la vía administrativa.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Innovación y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114, 115 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 20 de junio de 2018.- El Director General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, Julio Herreros Martín.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 61% de las personas esto les resultó útil.
Subir