Gobierno de La Rioja

Núm. 62
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 13 de mayo de 2011
CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS, SALVAMENTO Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA RIOJA
III.A.75

Resolución número 115, de 9 de mayo de 2011, por la que se dispone la publicación de la remisión de los expedientes administrativos y emplaza a cuantos aparezcan como interesados en los recursos que se tramitan como procedimiento abreviado número 284/2011-B, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Logroño, y procedimiento abreviado número 260/2011-E, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Logroño, interpuestos, respectivamente, por D. José Ignacio marzo Ibáñez y D. José Ignacio Jorge Yangüela contra Resolución del Presidente número 22/11, de 28 de enero de 2011

Antecedentes de hecho

1. D. José Ignacio Marzo Ibáñez y D. José Ignacio Jorge Yangüela interponen demandas contencioso-administrativas contra la resolución del Presidente número 22/11, de fecha 20 de enero de 2011, por la que se desestiman respectivos recursos de alzada contra la resolución del Gerente número 91/10, de fecha 25 de noviembre de 2010.

2. Ambas demandas se tramitan, respectivamente, como procedimiento abreviado número 284/2011-B, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Logroño, y procedimiento abreviado número 260/2011-E, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Logroño. Los procedimientos administrativos de origen fueron acumulados por la citada resolución del gerente número 91/10.

3. Por oficios del citado órgano judicial, se requiere a Ceis-Rioja, por medio de la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, la remisión de los correspondientes expedientes administrativos y el emplazamiento de posibles interesados.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. número 167, de 14 de julio de 1998), que establece que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el siguiente artículo 49.

2. El artículo 49.1 de la misma Ley 29/1998, que regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

3. Vistas las disposiciones señaladas, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; los vigentes Estatutos del Ceis-Rioja, en su redacción aprobada por la Junta de Gobierno de fecha 5 de abril de 2004, y publicada en el BOR número 71 de 3 de junio de 2004, que determinan en su artículo 12.1.a). que la representación judicial del Ceis-Rioja corresponde al Presidente; y las indicaciones incluidas en la Circular 1/2010, de 14 de abril, de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, sobre la remisión de expedientes administrativos en los recursos contencioso-administrativos.

Resuelve

1. Ordenar la remisión a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo número 1 y número 2, de Logroño, de los correspondientes expedientes administrativos que corresponden a los recursos contencioso-administrativos anteriormente indicados.

2. A través de la presente resolución, emplazar a cuantos aparezcan como interesados en los referidos expedientes para que puedan personarse como demandados, ante el correspondiente órgano jurisdiccional, en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra esta resolución no cabe recurso administrativo por ser un acto de trámite en el presente procedimiento, salvo que concurra alguna de las circunstancias prescritas en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Logroño, a 9 de mayo de 2011.- El Presidente del Ceis-Rioja, Conrado Escobar Las Heras.

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