Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal número 14, de la tasa por el servicio de cementerio
Habiéndose aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2018, el expediente número 3/2018/ORDFIS, de modificación de la Ordenanza Fiscal número 14, de la Tasa por el servicio de Cementerio.
Habiéndose expuesto al público por plazo de 30 días dicho acuerdo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Arnedo, en el BOR número 146 de fecha 12 de diciembre de 2018 y en el Diario de La Rioja de fecha 14 de diciembre de 2018, para el examen y presentación de reclamaciones.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Arnedo de fecha 29 de noviembre de 2018, sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal número 14, de la Tasa por el servicio de Cementerio, cuyo texto íntegro sobre la modificación se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras de la jurisdicción contencioso-administrativa.
El acuerdo y modificación de la ordenanza a que este anuncio se refiere es:
''Ordenanza Fiscal número 14, Tasa por el servicio de Cementerio
Artículo 8.- Normas de Gestión
6. La tasa por los servicios de renovación se exigirá en régimen de autoliquidación, debiendo el sujeto pasivo, en el momento de solicitar la prestación de los servicios de que se trate, acreditar el ingreso de las cuotas resultantes en el modelo establecido al efecto, efectuándose el ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras de este Ayuntamiento, No se tramitará el expediente sin que se haya efectuado el pago correspondiente.''
Arnedo a 4 de febrero de 2019.- El Secretario General, Ángel Medina Martínez.