Gobierno de La Rioja

Núm. 153
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 28 de diciembre de 2018
AYUNTAMIENTO DE ALDEANUEVA DE EBRO
III..4077

Aprobación definitiva de la modificación de varios tributos y sus correspondientes Ordenanzas fiscales para 2019

Adoptado por este Ayuntamiento en sesió

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
n plenaria de fecha 30 de octubre de 2018, el acuerdo provisional de Modificación de varios tributos y sus correspondientes ordenanzas fiscales para 2019 y no habiéndose presentado reclamaciones contra dicho acuerdo provisional durante el plazo de exposición al público del expediente, efectuada mediante anuncio fijado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 130 de fecha 7 de noviembre de 2018, queda definitivamente aprobado el acuerdo de referencia, de conformidad con el art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia resolución corporativa.

En cumplimiento del art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y de los arts. 65 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se insertan los textos íntegros del acuerdo de aprobación provisional y de la modificación de varias Ordenanzas, elevado a definitivo, a todos los efectos legales.

Doña Milagros Ascensión Pérez Lapeña, Secretaria del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro (La Rioja),

Certifico: Que el Ayuntamiento Pleno de esta Villa, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2018, adoptó entre otros el acuerdo que se transcribe en extracto:

4º.- Aprobación, si procede, de la Modificación de Ordenanzas Fiscales para el año 2019.

Se inicia la exposición del presente punto del orden del día con la lectura del dictamen de la comisión de Economía y Personal de 24 de octubre de 2018, que fue aprobado con el voto a favor del grupo socialista y con el voto a favor del grupo popular.

Vista la Providencia de Alcaldía de fecha 19 de octubre de 2018 por la que se propone, con el fin de no perder capacidad recaudatoria por este Ayuntamiento así como para atender al coste de financiación de los diferentes servicios, proceder a una actualización de algunas ordenanzas fiscales municipales y sus correspondientes tasas. La presente actualización se pretende calcular en función de la subida del IPC del año 2017, que según el informe del Instituto Nacional de Estadística el IPC general anual del año 2017, se sitúa en el 1,1%, excepto en la Tasa sobre Recogida de Basuras, que se sube un 1,5% ya que la previsión de subida del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja para el año 2019 se sitúa en ese mismo porcentaje.

Las Tasas e Impuestos que se modifican son las siguientes:

- Ordenanza nº 1 reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.

- Ordenanza nº 2 reguladora de la Tasa del Cementerio Municipal.

- Ordenanza nº 3 reguladora de la Tasa sobre los Servicios de Alcantarillado.

- Ordenanza nº 4 reguladora de la Tasa sobre Recogida de Basuras.

- Ordenanza nº 5 reguladora de la Tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terreno de uso público e industrial, callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico.

- Ordenanza nº 6 reguladora de la Tasa por ocupación de Terrenos de Uso Público por Mesas y Sillas con Finalidad Lucrativa.

- Ordenanza nº 7 reguladora de la Tasa por Ocupación de Terreros de Uso Público con Mercancías, Materiales de Construcción, Escombros, Vallas, Puntales, Anillas, Andamios y otras instalaciones.

- Ordenanza nº 8 reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

- Ordenanza nº 9 reguladora de la Tasa por Ocupaciones del Subsuelo, Suelo y Vuelo de la Vía Pública.

- Ordenanza nº 10 reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Limpieza, Reparación y Acondicionamiento de Caminos Rurales.

- Ordenanza nº 11 reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio Público de Instalaciones Deportivas Municipales.

- Ordenanza nº 12 reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Suministro Municipal de Agua Potable a Domicilio.

- Ordenanza nº 20 reguladora de la Tasa por Espectáculos Taurinos

- Ordenanza nº 21 reguladora de la Tasa por Acometida de Agua Potable y Saneamiento a Nuevas Redes de Distribución.

- Ordenanza nº 22 reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Numeración de Edificios.

- Ordenanza nº 23 reguladora de la Tasa por la prestación de la Ayuda a Domicilio.

- Ordenanza nº 24 reguladora de la Tasa por Utilización para Fines Privados de Locales por Propiedad Municipal.

- Ordenanza nº 25 reguladora de la Tasa por Expedición de documentos.

- Ordenanza nº 27 reguladora de la Tasa por Utilización para fines privados de Maquinaria de Propiedad Municipal.

- Ordenanza nº 28 reguladora de la Tasa por la Asistencia a la Escuela de Música de Aldeanueva de Ebro.

- Ordenanza nº 29 reguladora de la Tasa por la asistencia al Taller de Personas Mayores, Centro Joven y Ludoteca Municipal.

- Ordenanza nº 30 reguladora de la Tasa por Apertura de establecimiento mediante comunicación.

- Ordenanza nº 31 reguladora de la Tasa por la retirada de vehículos de las vías públicas y Depósito de los mismos.

- Ordenanza nº 32 reguladora de la Tasa por Licencia de Autotaxi y vehículos de alquiler.

Las Ordenanzas que no son modificadas y que por tanto no se incrementan las cuotas o tarifas, son las siguientes:

- Ordenanza nº 13 reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

- Ordenanza nº 14 reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

- Ordenanza nº 15 reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

- Ordenanza nº 16 reguladora del Impuesto sobre Contribuciones Especiales

- Ordenanza nº 17 reguladora de la Prestación Personal y de Transportes.

- Ordenanza nº 18 reguladora del Coeficiente del Impuesto sobre Actividades Económicas

- Ordenanza nº 26 reguladora de la Tasa por licencias urbanísticas.

Realizada la tramitación establecida, visto el informe de Secretaría y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y atendiendo:

A la Providencia de Alcaldía y su Propuesta.

Al estudio técnico-económico del valor de mercado, por lo que respecta a las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

Al informe económico financiero relativo a costes directos e indirectos.

A los informes técnicos de valoración de los costes de los servicios.

Al dictamen de la Comisión de Economía y Personal de fecha 24 de octubre de 2018,

El Pleno de la Corporación, por unanimidad, adopta el siguiente Acuerdo:

Primero: Aprobar provisionalmente la modificación de los tributos fiscales señalados anteriormente y sus correspondientes Ordenanzas Fiscales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2019, con el contenido que se recoge en la Propuesta de la Alcaldía y en la documentación que se une al expediente.   

Segundo: Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de La Rioja, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. 

Tercero: Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 

Cuarto: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto.

Contra este acuerdo y Ordenanzas que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer directamente recurso Contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución.

No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados consideren conveniente a sus intereses.

Aldeanueva de Ebro a 21 de diciembre de 2018.- El Alcalde-Presidente, Ángel Fernández Calvo.

 

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