Gobierno de La Rioja

Núm. 8
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 22 de enero de 2020
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
III..188

Resolución 305/2019, de 20 de diciembre, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se autoriza el cambio de uso de 0,0618 hectáreas de la parcela 808 del polígono 18 y 0,0770 hectáreas de la parcela 34 del polígono 21 del Catastro de Rústica de Autol

Examinado el expediente CU-039/19, tramitado en la Dirección General de Biodiversidad, a solicitud de Francisco Javier Arnedo Varea., para el cambio de uso de los terrenos forestales incluidos en las parcelas indicadas.

El informe del personal técnico del Servicio de Gestión Forestal, hace constar que las superficies solicitadas corresponden a terrenos forestales, de acuerdo al artículo 4.1 de la Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja, y propone autorizar el cambio de uso solicitado, por tratarse de terrenos con reducida pendiente, poblados por especies de poca entidad desde el punto de vista forestal.

En el periodo de audiencia el interesado no hectáreas presentado alegaciones.

En concepto de tasas por informes deberá ingresar la cantidad de 119,42 euros en el plazo de 10 días en Bankia c/c ES 77 2038 74 94 866000026952 especificando claramente: informes cambio de uso expediente CU-039/19.

Las autorizaciones de cambio de uso de terreno forestal vienen reguladas en el artículo 33 y siguientes de la Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja y 46 y siguientes del Decreto 114/2003, de 30 de octubre, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y en el artículo 40 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 21/2015, de 20 de julio.

En consecuencia, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 7 del Decreto 39/2019, de 10 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

RESUELVE

Primero.- Autorizar el cambio de uso de 0,0618 hectáreas de la parcela 808 del polígono 18 y 0,0770 hectáreas de la parcela 34 del polígono 21 del Catastro de Rústica de Autol, conforme a las condiciones establecidas en el informe técnico.

Segundo.- Que la autorización caduque a los 2 años de la fecha de la presente Resolución.

Tercero.- Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cuarto.- Trasladar la presente Resolución al Servicio de Gestión Forestal, Ayuntamiento de Autol y a Francisco Javier Arnedo Varea.

Esta autorización se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros, no relevando de obtener las autorizaciones que, conforme a las disposiciones vigentes, fueran necesarias en relación con la actuación solicitada.

De conformidad con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la presente disposición pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional correspondiente en el plazo de dosmeses contados desde el día siguiente a su notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de la posibilidad de interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante esta Consejería de acuerdo a los artículos 123 y 124, de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 20 de diciembre de 2019.- El Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica, José Luis Rubio Rodríguez.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 61% de las personas esto les resultó útil.
Subir