Resolución de 6 de julio de 2020, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la primera convocatoria 2020 de las subvenciones destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación Talento-, en régimen de concesión directa (extracto)
BDNS: 501656, 501657
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero. Beneficiarios.
Empresas personas físicas o jurídicas, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 2.d) de la convocatoria.
Segundo. Objeto.
a) Serán subvencionables la realización de los siguientes Cheques, según se describe en el apartado primero, puntos 2.a) y 2.b), de la convocatoria:
- Cheque (Tecnólogos y Gestores)
Se considerarán subvencionables los gastos de personal para la nueva contratación de tecnólogos o profesionales de gestión. A tal efecto, se considerarán gastos subvencionables los costes de personal (salarios y cargas sociales) de las 12 primeras mensualidades naturales del contrato.
Los tecnólogos o profesionales de gestión corresponderán a alguno de los siguientes perfiles o puestos:
a.1.1. Profesionales tecnólogos para la incorporación a Unidades de I+D, de Innovación, o departamentos de diseño de producto.
a.1.2. Profesionales tecnólogos o de gestión para el diseño y despliegue operativo de Planes de Internacionalización, de Innovación, Estratégicos, de continuidad empresarial, de recursos humanos RRHH, de digitalización, de ciberseguridad, Industria 4.0, de implantación de sistemas normalizados de gestión certificables voluntarios, y sostenibilidad energética y medioambiental, e implantación de modelos de gestión EFQM.
b) La Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja aprobará un máximo de tres solicitudes, por convocatoria/año y beneficiario, de los perfiles o puestos descritos, según las condiciones descritas en el apartado primero, punto 2.b.1), de la convocatoria.
c) Las propuestas tendrán que definir y concretar el perfil e identificar el nombre del profesional a contratar. En cualquier caso, el perfil y experiencia del profesional tendrá que ser acorde a las necesidades del puesto y la actividad de la empresa, según lo descrito en el apartado primero, punto 2.b.2) de la convocatoria.
d) Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 50%, sometido al régimen de minimis, con un importe máximo de gasto subvencionable de 50.000 euros.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden DEI/76/2018, de 10 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación-, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja número 120, de 15 de octubre de 2018).
Cuarto. Cuantía.
Importe del crédito disponible: 600.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de septiembre de 2020, incluido.
Serán subvencionables los costes correspondientes realizados a partir del día 17 de diciembre de 2019.
Sexto. Tramitación.
Tramitación telemática de los expedientes de subvenciones (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 29, de 10 de marzo de 2017).
- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 5, de la convocatoria.
- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es.)
- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Logroño a 6 de julio de 2020.- El Gerente, Fernando San José Martínez.