Consignación de depósito hallado en edificio municipal
Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, y teniendo en cuenta:
1. Que Santiago Sáez Sáez con número de DNI ***4595*, era usuario del Centro Social de Acogida del Proyecto 'Alasca', sito en la calle Ruavieja, 36 bajo, de Logroño, de titularidad municipal.
2. El informe de fecha 2 de febrero de 2021 emitido por la T.A.G. de Servicios Sociales y Desarrollo, que se transcribe a continuación:
'Hechos:
El proyecto 'Alasca' es un recurso de primer nivel de atención de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Logroño destinado a la acogida de personas sin hogar que residen habitualmente en Logroño. Se trata de un albergue municipal situado en la calle Ruavieja, 36 bajo.
Santiago Sáez Sáez, mayor de edad, con fecha de nacimiento el 2 de abril de 1964 y número de DNI ***4595*, usuario habitual del Centro Municipal de Acogida Alasca, falleció el pasado 12 de diciembre de 2020.
Al revisar sus objetos personales, depositados en taquilla a su nombre, se halló un sobre que contenía siete mil setecientos dos euros con cuarenta y seis céntimos (7.702,46 euros).
Fundamentos de Derecho:
Según establece el artículo 336 del Código Civil '...Tienen también la consideración de cosas muebles las rentas o pensiones, sean vitalicias o hereditarias, afectas a una persona...'.Por lo que entendemos que el sobre que contiene dinero se considera cosa mueble a efectos jurídicos.
En análoga interpretación del artículo 615, del Código Civil'...El que encontrare una cosa mueble... debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuera conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo', el sobre de dinero encontrado en la taquilla del Centro de Titularidad Municipal 'Alasca', deberá consignarse en las dependencias consistoriales. Concretamente en Tesorería Municipal.
En la actualidad no es posible determinar la titularidad del dinero, por lo que deberá cursarse el procedimiento legalmente oportuno.
Conclusión:
Por lo anteriormente expuesto, se solicita que se consigne el dinero hallado en la Tesorería Municipal, con la finalidad de que posteriormente se acredite la titularidad, ahora dudosa, del bien mueble, en los sucesores del finado, fiscalizándose el ingreso y notificándoselo a los herederos.'
3. Que en fecha 2 de febrero de 2020, se ha procedido por la Dirección General de Servicios Sociales y Desarrollo Comunitario, a ingresar la cantidad de 7.702,46 euros en cuenta bancaria del Ayuntamiento de Logroño.
4. El Informe de Fiscalización de Intervención General de fecha 8 de febrero de 2021.
5. El artículo 124.4.n) de la Ley de Bases de Régimen Local, Ley 7/1985 de 2 de abril, en relación con la Base 30.4 b) de Ejecución del Presupuesto, que establece que el Alcalde es el órgano competente para dictar la presente resolución.
6. La propuesta de resolución de fecha 8 de febrero de 2021, formulada al efecto por la T.A.G. de Servicios Sociales y Desarrollo Comunitario,
RESUELVE
Primero. Aprobar la consignación del depósito de 7.702,46 euros referenciado en el expositivo 3, con el siguiente detalle:
Propietario del metálico:
Herederos de Santiago Sáez Sáez, con número de DNI ***4595*
Finalidad del depósito:
Ser abonado a quien acredite ser heredero o tenga derecho reconocido al mismo.
Segundo. Dar traslado de la presente Resolución a los posibles herederos y acordar su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja en cumplimiento de la normativa pertinente.
Logroño a 10 de febrero de 2021.- El Alcalde-Presidente, Pablo Hermoso de Mendoza González.