Gobierno de La Rioja

Núm. 56
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 19 de marzo de 2021
AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO
III..968

Adjudicación definitiva (convocatoria restringida) y modificación de la convocatoria de la línea 1 de subvenciones en el área del comercio a asociaciones de comerciantes, para la promoción y dinamización comercial en Logroño año 2020

La Junta de Gobierno Local, teniendo en cuenta:

El Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, de fecha 18 de noviembre 2020, por el que se adjudicaron provisionalmente las subvenciones (convocatoria restringida) de la línea 1 en el área del comercio correspondiente a asociaciones de comerciantes para la promoción y dinamización comercial en el ámbito de la ciudad de Logroño para el año 2020, con cargo a la aplicación presupuestaria 439.00 489.99, por importe de 60.143,30 euros, conforme al siguiente detalle:

Asociación de Comerciantes de Vara de Rey y adyacentes (Acovara) (G26386441): 4.038,30 euros.

Asociación Zona Oeste Comercial Zoco (G26251322): 23.107,00 euros.

Galdós XXI Zona Comercial (G26361550): 4.200,00 euros.

Logroño Casco Antiguo (G26562488): 26.680,50 euros.

Asociación de Comerciantes IX Centenario (G26252072). 2.117,50 euros.

El certificado emitido por la unidad de registro general de fecha 18 de diciembre de 2020 en el que se pone de manifiesto que durante el plazo de 10 días de exposición pública establecido, no se han presentado alegaciones al Acuerdo de Adjudicación Provisional.

El informe emitido por el órgano colegiado de Comercio y Turismo de fecha 11 de marzo de 2021 en el que se propone la adjudicación definitiva de las subvenciones, por los mismos conceptos y cuantías que los aprobados en la adjudicación provisional.

Que en el mismo informe se manifiesta la imposibilidad de adjudicar definitivamente las subvenciones (convocatoria restringida) de la línea 1 en el área del comercio correspondiente a asociaciones de comerciantes para la promoción y dinamización comercial en el ámbito de la ciudad de Logroño para el año 2020, con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.

El acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 8 de marzo de 2021, por el que aprobó el expediente de modificación de créditos por incorporación de remanentes de crédito 1/2021, en el que se incluye el crédito por importe de 61.747,55 euros, aprobado en el año 2020, necesario para atender el pago correspondiente a la adjudicación de definitiva de las presentes subvenciones.

Que en la convocatoria para la concesión de las subvenciones, aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 29 de abril de 2020, se establece como fecha límite para presentar la justificación de la subvención el 31 de enero de 2021; puesto que la fecha es anterior a la adjudicación definitiva, en el mismo informe referenciado en los expositivos 3 y 4, se propone la modificación de la convocatoria de las presentes subvenciones en los siguientes términos:

Modificar el artículo 9 justificación de la subvención, y donde dice:

El plazo de presentación de la justificación de la subvención concedida finalizará el 31 de enero de 2021

dirá:

El plazo de presentación de la justificación de la subvención concedida finalizará el 15 de abril de 2021

La propuesta de Acuerdo formulada por la Directora General de Promoción Económica y Fondos Europeos de fecha 11 de marzo de 2021.

El informe de fiscalización previa de fecha 15 de marzo de 2021.

Adopta los siguientes acuerdos:

Primero: Conceder definitivamente las siguientes subvenciones por un importe total de 60.143,30 euros, (convocatoria restringida) que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 439.00.489.99, de conformidad con los criterios establecidos en las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones en el área del comercio y la artesanía a entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones de comerciantes, federaciones de empresarios de comercio minorista y asociaciones de artesanos para la promoción y dinamización comercial en el ámbito de la ciudad de Logroño para el año 2020, de acuerdo con las cantidades y conceptos que se detallan a continuación:

Asociación de Comerciantes de Vara de Rey y Adyacentes (Acovara) (G26386441)

Actividad Presupuest/ euros Subvención definitiva/euros
Sorteo de Navidad 3.450,50 2.415,35
Mantenimiento web                                 2.318,50 1.622,95
Total 5.769,00 4.038,30

Asociación Zona Oeste Comercial Zoco (G26251322)

Actividad Presupuesto/euros Subvención definitiva/euros
Navidad 10.620,00 7.434,00
Web 8.810,00 6.167,00
Social media 7.600,00 5.320,00
San Mateo 6.320,00 0,00
Libro blanco del comercio                         3.900,00 2.730,00
Día enamorados 2.080,00 1.456,00
Total 39.330,00 23.107,00

Galdós XXI Zona Comercial (G26361550)

Actividad Presupuesto/euros Subvención definitiva/euros
Navidad 5.000,00 3.500,00
Nuevas tecnologías                                  1.000,00 700,00
Total 6.000,00 4.200,00

Logroño Casco Antiguo (G26562488)

Actividad Presupuesto/euros Subvención definitiva/euros
Presentación 7.865,00 0,00
Gaming / Gymkana 4.235,00 2.964,50
Promoción directa 11.011,00 7.707,70
Dinamización Navidad                             8.349,00 5.844,30
Web y RRSS 14.520,00 10.164,00
Total 45.980,00 26.680,50

Asociación de Comerciantes IX Centenario (G26252072)

Actividad Presupuesto/euros Subvención definitiva/euros
Navidad 1.700,00 1.190,00
Concurso pintura                                    1.325,00 927,50
San Mateo 1.000,00 0,00
Total 4.025,00 2.117,50

Segundo: El pago de las subvenciones concedidas se efectuará de acuerdo con el artículo 14 de las bases reguladoras de la siguiente forma:

El 70% del importe de las mismas, a partir de la fecha de adopción del presente Acuerdo.

El 30% restante, a la finalización y justificación de la actividad o gasto objeto de subvención previa fiscalización favorable de la misma.

Tercero: Aprobar la modificación de la convocatoria para la concesión de subvenciones, dentro del área del comercio y la artesanía, a entidades sin ánimo de lucro tales como asociaciones de comerciantes, federaciones de empresarios de comercio minorista y asociaciones de artesanos para la promoción y dinamización comercial en el ámbito de la ciudad de Logroño año 2020, que se adjuntan como anexo I, en los siguientes términos:

Modificar el artículo 9 de la convocatoria justificación de la subvención, y donde dice:

El plazo de presentación de la justificación de la subvención concedida finalizará el 31 de enero de 2021

dirá:

El plazo de presentación de la justificación de la subvención concedida finalizará el 15 de abril de 2021

Cuarto: Los beneficiarios tienen la obligación de justificar la subvención concedida, debiendo presentar en el registro electrónico general del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el art.16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con fecha límite del 15 de abril del año 2021.

Quinto: Proceder a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Logroño a 17 de marzo de 2021.- El Alcalde, Pablo Hermoso de Mendoza González.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 61% de las personas esto les resultó útil.
Subir