Aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos, y nombramiento del Tribunal para la cobertura, mediante concurso-oposición, de una plaza del cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Arquitectura) del Ayuntamiento de Navarrete y bolsa de trabajo por turno libre
- Vista la Convocatoria para la cobertura mediante concurso-oposición de una plaza del cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Arquitectura) del Ayuntamiento de Navarrete y bolsa de trabajo por turno libre, incluida en la oferta de empleo público, año 2024 y publicada en el Boletín Oficial de La Rioja números 15 y 17, de 22 y 24 de enero de 2024.
La plaza pertenece a la Escala de Administración Especial: Arquitectura, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A1; y ha sido convocada por publicación en el Boletín Oficial de La Rioja número 76, de 18 de abril de 2024 y Boletín Oficial del Estado número 110 de 26 de abril de 2024.
- Visto el plazo de presentación de solicitudes establecido en las Bases de la Convocatoria publicadas conforme todo lo anterior, que se establecía en diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
- Vistas, finalizado ese plazo, las instancias y la documentación presentadas, por el presente,
RESUELVO
Primero. Aprobar la lista provisional de admitidos y excluidos, que es la siguiente:
Aspirantes admitidos:
nº | Registro | Fecha presentación | Aspirante | Defectos observados | DNI |
1 | 2024-E-RE-643 | 28-04-2024 29-04-2024 (hábil) | Mª Rocío Vallejo Villar | Méritos no presentados acorde a las Bases 7.2. (**) y 8.2. (***) | ***1247** |
2 | 2024-E-RE-696 | 08-05-2024 | Pedro Soto Uruñuela | Conforme | ***8640** |
3 | 2024-E-RE-718 | 13-05-2024 | Diego Díez Ariza | Méritos no presentados acorde a las Bases 7.2. (**) y 8.2. (***) | ***8145** |
Aspirantes excluidos:
nº | Registro | Fecha presentación | Aspirante | Motivo exclusión | DNI |
1 | 2024-E-RE-640 | 26-04-2024 | Jorge Peche Fontecha | Fuera del plazo establecido en la Base 3.3. (*) | ***1863** |
2 | 024-E-RC-843 | 07-05-2024 | Victoria Domingo Martínez | No aporta méritos en el plazo establecido en las Bases 7.2. (**) y 8.2. (***) | ***9667** |
(*) «Cualquier instancia o documentación vinculada a la misma deberá presentarse dentro del plazo señalado establecido, no admitiéndose en ningún caso solicitudes presentadas con anterioridad o posterioridad a la apertura o finalización del mismo».
(**) «Será requisito imprescindible para la valoración de los méritos alegados, la presentación, dentro del plazo de presentación de instancias, de los documentos justificativos de los mismos. Teniendo tal consideración únicamente los originales, copias o fotocopias compulsadas por esta Administración o por la Administración u organismo expendedor, copias o fotocopias validadas notarialmente, o en su caso, copias o fotocopias dotadas con el correspondiente Código de Validación, Código de Verificación Segura o Código Electrónico de Autenticidad, acreditativos.
Para acreditar estos méritos se deberá aportar dentro del plazo de presentación de instancias, junto a esos documentos justificativos el impreso de auto-baremación de los mismos conforme el modelo que consta en el Anexo III de las presentes bases, completado con una relación indizada pormenorizada individual descriptiva de los méritos alegados y del cálculo efectuado en base al que se haya rellenado dicho impreso de auto-baremación.
En ningún caso, y respecto a ninguna de las personas aspirantes presentadas, podrá presumir el tribunal la concurrencia de mérito alguno distinto a los alegados y justificados documentalmente dentro del periodo de presentación de instancias, siendo exclusiva la responsabilidad de la persona aspirante de la falta o defecto en la acreditación de los méritos alegados que impidan al tribunal su valoración en términos de igualdad con respecto al resto de los aspirantes».
(***) «Únicamente serán valorados los méritos que se posean con anterioridad al fin del plazo de presentación de instancias y que se hayan acreditado fehacientemente de conformidad con lo dispuesto en la base 7.2».
Defectos observados:
- Jorge Peche Fontecha: Instancia anterior a la apertura del plazo de admisión.
- María Rocío Vallejo Villar: Aporta parte de los documentos justificativos de méritos sin Código de Validación, Código de Verificación Segura o Código Electrónico de Autenticidad, y que no son originales, ni copias o fotocopias compulsadas por esta Administración o por la Administración u organismo expendedor, ni copias o fotocopias validadas notarialmente. Falta relación indizada pormenorizada individual descriptiva de los méritos alegados y del cálculo.
- Victoria Domingo Martínez: No aporta documentos justificativos de méritos. El Anexo III no ha sido formalizado reflejando la titularidad de la solicitante. Falta relación indizada pormenorizada individual descriptiva de los méritos alegados y del cálculo.
- Diego Díez Ariza: Aporta parte de los documentos justificativos de méritos sin Código de Validación, Código de Verificación Segura o Código Electrónico de Autenticidad, y que no son originales, ni copias o fotocopias compulsadas por esta Administración o por la Administración u organismo expendedor, ni copias o fotocopias validadas notarialmente.
Segundo. Proceder a la designación de las funcionarias de este Ayuntamiento señaladas a continuación y al nombramiento del conjunto del Tribunal para este proceso selectivo conforme lo establecido en la Base 5 de la Convocatoria:
Presidenta titular:
- María Montserrat Burrieza García (Funcionaria de carrera del Ayuntamiento de Navarrete).
Presidenta suplente:
- María Lourdes Arnedo Muro (Funcionaria de carrera designada por el Ayuntamiento de Alberite).
Vocal 1 titular:
- José Luis Alonso Tejada (Funcionario de carrera designado por el Ayuntamiento de Cenicero).
Vocal 1 suplente:
- Javier López Martínez (Funcionario de carrera designado por el Ayuntamiento de Fuenmayor).
Vocal 2 titular:
- José Miguel Gil Viguera (Funcionario de carrera designado por el Ayuntamiento de El Redal).
Vocal 2 suplente:
- Alberto Díez Gil (Arquitecto. Funcionario de carrera designado por el Ayuntamiento de Logroño).
Vocal 3 titular:
- David Esteban Andérez (Funcionario de carrera designado por el Ayuntamiento de Albelda de Iregua).
Vocal 3 suplente:
- Susana Meseguer Trespalacios (Funcionaria de carrera designada por el Ayuntamiento de Albelda de Iregua).
Vocal 4 titular:
- Jesús Alfaro Lafuente (Arquitecto. Funcionario de carrera designado por la Comunidad Autónoma de La Rioja).
Vocal 4 suplente:
- Luis García del Valle (Arquitecto. Funcionario de carrera designado por la Comunidad Autónoma de La Rioja).
Secretaria titular 1:
- Rebeca Olagaray Daroca (Funcionaria de carrera del Ayuntamiento de Navarrete).
Secretaria suplente 1:
- María Sonia Usirena Martínez (Funcionaria de carrera del Ayuntamiento de Navarrete).
1 No será miembro del Órgano Colegiado, siendo competente para actuar en las reuniones del Tribunal con voz pero sin voto.
Tercero. Asimismo, y de acuerdo con lo indicado en la Base 5.1. de la Convocatoria, en cumplimiento del principio de especialidad dado el objeto de la Convocatoria y con el fin de asegurar la máxima eficacia y eficiencia en el proceso selectivo, se procede al nombramiento de los dos vocales suplentes con titulación de Arquitecto, Señores Díez Gil y García del Valle, como asesores especialistas en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Estos asesores especialistas, que en tal caso no serán miembros del propio órgano, actuaran en las reuniones en que sean requeridos por el tribunal, con voz pero sin voto, y les son de aplicación las mismas causas de abstención y recusación que a los miembros del tribunal.
Cuarto. Proceder a corregir el error material detectado en la Base 8.2 de la Convocatoria recogiendo el siguiente inciso: «Aquellos aspirantes que tras la valoración de la Fase de Concurso, no hayan alcanzado el umbral eliminatorio definido en la base 7.2» y dejando sin efecto el que constaba en la documentación publicada: «Aquellos aspirantes que tras la valoración de la Fase de Concurso, no hayan alcanzado el umbral eliminatorio definido en la base 7.3».
Quinto. De acuerdo con lo recogido en la Base 4.1. de la Convocatoria se abre un plazo de 10 días contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja para la presentación por los aspirantes excluidos de las recusaciones y/o reclamaciones pertinentes o para la subsanación, si fuera caso, de los defectos observados; si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre (LPACAP).
De acuerdo con lo recogido en la Base 4.2. de la Convocatoria, las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo máximo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Los defectos administrativos se entenderán subsanados por los aspirantes, en su caso, con la publicación de la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
Sexto. Aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales pueden ponerlo de manifiesto en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sin perjuicio de lo anterior, los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
Séptimo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, en el Tablón de Anuncios General del Ayuntamiento de Navarrete y en la Sede Electrónica de la página web del Ayuntamiento de Navarrete.
Navarrete a 28 de mayo de 2024.- El Alcalde-Presidente, Jose María Pastor Olarte.