Resolución 96/2024, de 8 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se resuelve la concesión de subvenciones para iniciativas emblemáticas en materia de emancipación juvenil para el año 2024
Vista la propuesta de la Comisión de Evaluación de subvenciones sobre concesión de subvenciones en materia de juventud para el año 2024 y con base en los siguientes:
Visto:
Primero. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. El Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero. La Orden 5/2017, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Juventud.
Cuarto. La Resolución 41/2024, de 2 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para iniciativas emblemáticas en materia de emancipación juvenil en la convocatoria del ejercicio 2024.
Quinto. El informe del órgano instructor de 21 de agosto de 2024 de verificación del cumplimiento de requisitos de las condiciones impuestas a los interesados para la adquisición de la condición de beneficiarios.
Sexto. El acta de la comisión de evaluación reunida en fecha 21 de agosto de 2024, que incluye como Anexos a la misma la evaluación de todas las solicitudes elevadas por el órgano instructor en cumplimiento del artículo 12.3 de la Orden 5/2017, de 7 de junio, y realizada según los criterios establecidos en la citada Orden y en la resolución de convocatoria.
Séptimo. La propuesta de resolución provisional de fecha 22 de agosto de 2024 en la que se expresa la relación de solicitantes a los que se propone la concesión o denegación de la subvención, el porcentaje subvencionable, así como la cuantía máxima de la subvención, especificando la evaluación realizada conforme a los criterios de valoración establecidos.
Octavo. El informe de fecha 9 de septiembre del Servicio de promoción juvenil tras la finalización del periodo de alegaciones abierto tras la publicación de la propuesta provisional de concesión publicada en el Tablón de Anuncios virtual del Gobierno de La Rioja, indicando que no se han presentado alegaciones a la misma.
Noveno. El informe favorable sobre la fiscalización previa de la Propuesta de Resolución de la Comisión de Evaluación emitido por la Intervención en fecha 8 de octubre de 2024.
Por todo lo anterior, el consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 54/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
RESUELVE
Primero. Conceder y, consecuentemente, disponer el gasto correspondiente de las subvenciones que se indican en el Anexo I, por importe de doscientos veinticuatro mil novecientos setenta y nueve euros con cincuenta y ocho céntimos (224.979,58 euros) con cargo a la partida presupuestaria 07.04.2711.480.10.
Segundo. Denegar las solicitudes de subvención que se indican en el Anexo II por las causas recogidas en el mismo.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja surtiendo dicha publicación los efectos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, momento a partir del cual se podrá proceder por los beneficiarios a la justificación en los términos y plazos marcados en el Apartado Décimo de la Resolución 41/2024, de 2 de abril, que regula la presente convocatoria.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.f) de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Logroño a 8 de octubre de 2024.- El Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, José Luis Pérez Pastor.