Resolución 109/2024, de 18 de noviembre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2024, de subvenciones reguladas en la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del programa de primera experiencia laboral, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados en administraciones públicas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Antecedente de hecho:
Primero. De acuerdo con el apartado primero de la resolución 85/2024, de 29 de agosto, de aprobación del gasto y convocatoria para el año 2024 de subvenciones destinadas a la contratación por administraciones públicas y entidades del sector público institucional de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, en aplicación de la Orden TES/1152/2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del programa de primera experiencia laboral, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados en administraciones públicas (extracto publicado en el Boletín Oficial de La Rioja, número 178, con fecha 12 de septiembre de 2024), el gasto que se destina a la financiación de estos programas, cuyas solicitudes se someten a concurrencia competitiva, es de quinientos setenta y cuatro mil ochenta y tres euros con sesenta y seis céntimos (574.083,66 euros) con cargo a las siguientes partidas presupuestarias
Partida | Descripción | Crédito 2024/euros |
08.08.2411.461.03 | Primeras Experiencias Locales. Ayuntamientos | 524.083,66 |
08.08.2411.462.02 | Primeras Experiencias Locales. Mancomunidades | 50.000,00 |
Total | 574.083,66 |
La subvención a la que el gasto hace referencia está recogida en el Plan Estratégico de Actuaciones de la Consejería de Educación y Empleo para el período 2024-2026. El importe total 835.000 euros convocado para el año 2024, está contemplado en el Plan Estratégico de Actuaciones de la Consejería de Educación y Empleo para el ejercicio 2024.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta distribución tiene carácter estimativo.
Segundo. Al amparo de la convocatoria de referencia, cuyo apartado undécimo establece un plazo de presentación de solicitudes de 15 días a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, se presentaron las solicitudes para la financiación de los costes laborales derivados de la contratación de personas jóvenes trabajadoras que reúnan los requisitos fijados en la citada Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, sometidas a concurrencia competitiva, ante la Consejería de Educación y Empleo que figuran en el Anexo I.
Tercero. La Dirección General de Empleo, a la vista del expediente y del Acta II, emitida por la Comisión Técnica de Valoración, con el desglose de las puntuaciones obtenidas por cada proyecto y que aparecen recogidas en el Anexo III, emitió propuesta de resolución provisional el 14 de octubre de 2024, publicada en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja en la misma fecha.
Cuarto. De conformidad con el artículo 24.6 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.
Quinto. Transcurrido el plazo de 10 días establecido en el apartado decimosexto de la resolución de convocatoria, se comprueba que no se han presentado alegaciones frente a la propuesta de resolución provisional.
Sexto. De conformidad con el artículo 16.4 de la ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2024 y el artículo 23.ter del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la distribución de la convocatoria entre varios créditos presupuestarios tendrá carácter estimativo, procediéndose a la distribución definitiva en la resolución de concesión, se ha llegado a la propuesta de concesión definitiva con los importes y desglose que se muestra en el siguiente cuadro. Debe significarse que en ningún caso el importe de la concesión supera el tope máximo fijado en la convocatoria.
Partida | Descripción | Crédito 2024/euros |
0808.2411.461.03 | Primeras experiencias locales. Ayuntamientos | 489.659,15 |
0808.2411.462.02 | Primeras experiencias locales. Mancomunidades | 64.085,73 |
Importe para conceder | 553.744,88 | |
Importe convocado | 574.083,66 |
Dadas las cantidades autorizadas, conforme al apartado primero de la Resolución 85/2024 de convocatoria y las cantidades que se deben disponer, procede la regularización de las primeras en función de las subvenciones que se van a conceder. Para ello hay que liberar las cantidades que no se van a disponer del crédito autorizado en cada una de las correspondientes partidas presupuestarias y también aprobar el gasto en aquellas partidas en que la cantidad inicialmente aprobada sea inferior al importe definitivo imputable a las citadas partidas.
Séptimo. Informe del Servicio de Políticas Activas para el Empleo, de fecha 31 de octubre de 2024, relativo a la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria para el año 2024, de subvenciones para la contratación por administraciones públicas y entidades del sector público institucional de personas jóvenes desempleadas, destinadas a la financiación del programa de primera experiencia laboral, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Octavo. Una vez comprobado que los beneficiarios cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria y en las bases reguladoras, con fecha 4 de noviembre de 2024, se dicta por la Dirección General de Empleo, propuesta de resolución definitiva para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del programa de primera experiencia laboral, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados en administraciones públicas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Noveno.El informe de fiscalización previa favorable de la Intervención Delegada en la Consejería de Educación y Empleo, de fecha 12 de noviembre de 2024.
Fundamentos de derecho:
-Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-Decreto 14/2006, de 16 de febrero regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
-Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
-Resolución 85/2024, de 29 de agosto, de aprobación del gasto y convocatoria para el año 2024 de subvenciones destinadas a la contratación por administraciones públicas y entidades del sector público institucional de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, en aplicación de la Orden TES/1152/2021 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa de primera experiencia laboral, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados en administraciones públicas.
- Decreto del Presidente 6/2023, de 1 de julio, por el que se modifica el número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 134 de 2 de julio de 2023).
- Decreto 53/2023, de 14 de julio, modificado por Decreto 144/2023, de 3 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 145 de 17 de julio de 2023).
-Resolución 8/2024, de 8 de febrero, de la Consejería de Educación y Empleo, de delegación de competencias en los centros directivos y asignación de funciones a los jefes de servicio (Boletín Oficial de La Rioja número 29 de 9 de febrero de 2024).
- Ley 12/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2024 (Boletín Oficial de La Rioja número 259, de 30 de diciembre de 2023).
Vistos los hechos y fundamentos de derecho señalados y los requisitos establecidos en la normativa reguladora, en el ejercicio de las funciones asignadas por el Decreto 53/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Consejero de Educación y Empleo,
RESOLUCIÓN
Primero. Conceder las subvenciones económicas que se indican a las entidades que se relacionan, para la contratación de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, en la cuantía, duración y condiciones que se detallan en los anexos IV A y B.
Segundo. Disponer el gasto de las subvenciones por el importe total de quinientos cincuenta y tres mil setecientos cuarenta y cuatro euros con ochenta y ocho céntimos (553.744,88 euros) con cargo a las partidas presupuestarias del año 2024 que se relacionan a continuación:
A) 08.08.2411.462.02 del vigente presupuesto de gastos, en concepto de ayuda por la contratación personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional en Mancomunidades de municipios, la cantidad de sesenta y cuatro mil ochenta y cinco euros con setenta y tres céntimos (64.085,73 euros).
B) 08.08.2411.461.03 del vigente presupuesto de gastos, en concepto de ayuda por la contratación personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional en Ayuntamientos, la cantidad de cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos cincuenta y nueve euros con quince céntimos (489.659,15 euros).
Tercero. Liberar el crédito aprobado de la partida presupuestaria 08.08.2411.461.03 del presupuesto ordinario para el año 2024, la cantidad de catorce mil ochenta y cinco euros con setenta y tres céntimos (14.085,73 euros), necesaria para imputar el gasto en la partida presupuestaria 08.08.2411.462.02, emitiéndose el correspondiente documento contable A/.
Cuarto. Aprobar el gasto de catorce mil ochenta y cinco euros con setenta y tres céntimos (14.085,73 euros), con cargo a la partida presupuestaria 08.08.2411.462.02 del presupuesto ordinario para el año 2024, equivalente a la diferencia entre el importe inicialmente aprobado para la convocatoria de subvenciones y el importe definitivo de las solicitudes aprobadas imputables a este ejercicio presupuestario según el Anexo IV B, formalizándose el correspondiente documento A.
Quinto. Denegar las solicitudes relacionadas en el anexo II A.
Sexto. Inadmitir las solicitudes relacionadas en el anexo II B presentadas fuera de plazo.
Séptimo. Establecer como reserva los proyectos relacionados en el anexo V, en cumplimiento a lo dispuesto en el apartado decimosexto de la Resolución 85/2024 de 29 de agosto, de aprobación del gasto y convocatoria programa de primera experiencia laboral para el año 2024.
Octavo. Conforme a lo dispuesto en el apartado vigésimo tercero de la Resolución 85/2024 de 29 de agosto, de aprobación del gasto y convocatoria programa de primera experiencia laboral para el año 2024, la fecha de inicio de los proyectos será en el plazo máximo de dos meses a partir de la notificación de la resolución de concesión.
Noveno. Publíquese en el Boletín Oficial de La Rioja y en la Base de Datos nacional de Subvenciones.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Logroño a 18 de noviembre de 2024.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.