Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se propone el abono del cuarto trimestre de las Ayudas Sociales y al Estudio para el curso 2023/2024, convocadas por la Orden HGS/16/2024, de 26 de marzo
De conformidad con lo dispuesto en la Orden HGS/16/2024, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública y Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, de fecha 26 de marzo, por la que se establecen las bases y se inicia el procedimiento para la concesión de Ayudas Sociales y al Estudio para el curso académico 2023/2024.
Una vez presentada la documentación justificativa dentro del plazo establecido en el artículo 21.7 de la citada Orden, por los beneficiarios de las Ayudas por Discapacidad, Educación Especial, Ayuda por Cuidado de Familiares y Ayuda Complementaria por Residencia, correspondientes al cuarto trimestre del curso académico 2023/2024.
Y vistas las alegaciones presentadas de conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 de la Orden.
Esta Presidencia del Servicio Riojano de Salud, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero. Conceder y proponer el abono a los beneficiarios de las Ayudas por Discapacidad, Educación Especial, Ayuda por Cuidado de Familiares y Ayuda Complementaria por Residencia, de las cuantías reflejadas en el Anexo I, correspondiente al cuarto trimestre del curso académico 2023/2024.
Segundo. Excluir a las personas relacionadas en el Anexo II, por los motivos que se detallan, de las ayudas solicitadas.
Los citados Anexos I y II quedarán expuestos a través de la página web: (https://www.riojasalud.es/profesionales/rrhh/accion-social), y en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, en el caso de personal funcionario o estatutario, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123, y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2 a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Si se trata de personal laboral, demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses a contar desde el día de su publicación o notificación, de conformidad con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Logroño a 12 de diciembre de 2024.- La Presidenta del Servicio Riojano de Salud, María Martín Diez de Baldeon.