Gobierno de La Rioja

Núm. 248
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 18 de diciembre de 2024
AYUNTAMIENTO DE VILLAMEDIANA DE IREGUA
III..4697

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por asistencia y estancia en la Escuela Infantil de Primer Ciclo Gonzalo de Berceo

Habiendo sido aprobado inicialmente por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Villamediana de Iregua de fecha 28 de octubre de 2024 la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por asistencia y estancia en la Escuela Infantil de Primer Ciclo Gonzalo de Berceo de Villamediana de Iregua.

No habiéndose presentado reclamaciones contra dicho acuerdo durante el plazo de exposición pública, efectuado mediante anuncio fijado en el Boletín Oficial de La Rioja número 214 de fecha 30 de octubre de 2024 y que finalizó el día 13 de diciembre de 2024, así con el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Portal de Transparencia alojados ambos en la página web municipal (www.villamedianadeiregua.org), queda definitivamente aprobado dicho acuerdo de referencia, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 151 de la Ley 1/2003, de 3 de marzo de la Administración Local de La Rioja.

En cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se inserta el texto íntegro del acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por asistencia y estancia en la Escuela Infantil de Primer Ciclo Gonzalo de Berceo de Villamediana de Iregua, así como el texto definitivo de la citada ordenanza.

Contra este acuerdo, podrá interponerse, de conformidad con los artículos 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La Rioja en la forma que establece la ley reguladora de esta jurisdicción, Ley 29/1998, 13 de julio.

Myriam Torbado Martínez, Secretaria del Ayuntamiento de Villamediana de Iregua, La Rioja,

Certifico:

Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de fecha 28 de octubre de 2024, adoptó entre otros el siguiente,

ACUERDO

Primero. Aprobar inicialmente la Modificación de la ordenanza reguladora del precio Público por asistencia y estancia en la Escuela Infantil de Primer Ciclo 'Gonzalo de Berceo' de Villamediana de Iregua, en los términos del documento anexo a la presente propuesta.

Segundo. Someter dicha modificación de la ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

Tercero. Simultáneamente, publicar el texto de la modificación de la ordenanza municipal en el portal web del Ayuntamiento [www.villamedianadeiregua.org] con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

Cuarto. Facultar al Alcalde Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

Villamediana de Iregua a 16 de diciembre de 2024.- El Alcalde-Presidente, Rubén Gutiérrez Ruiz.




Texto íntegro de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por asistencia y estancia en la Escuela Infantil de Primer Ciclo Gonzalo de Berceo de Villamediana de Iregua, que afecta al artículo 4 sobre tarifas generales


Artículo 4. Tarifas generales.

1. Matrícula y renovación:


     Importe/euros
Matrícula inicial                         70,00
Renovación                          40,00

2. Cuota mensual:


     Jornada Horario Mes/Importe/euros  2024/2025
Aula matinal 7:30 a 9:00 48,00
Jornada pedagógica I 9:00 a 14:30 258,36
Jornada pedagógica II        9:00 a 16:30/17:00 339,28
Aula vespertina 17:00 a 18:00 32,00

3. Cuota diaria:


      Importe/euros
     Aula matinal /día 3,80
Hora extra/día                         13,05

4. Estos precios se verán incrementados cada curso escolar con el IPC interanual, tomando como referencia el del mes de abril.

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