Gobierno de La Rioja

Núm. 99
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 26 de mayo de 2025
AYUNTAMIENTO DE LARDERO
III..1868

Aprobación definitiva del programa de gestión de colonias felinas

Aprobado inicialmente el programa de gestión de colonias felinas de Lardero (La Rioja), por Resolución de Alcaldía de fecha 7 de abril de 2025, ha sido sometido a exposición pública sin que durante el plazo concedido se hayan presentado alegaciones ni reclamaciones, en virtud de lo dispuesto de la referida Resolución el Programa queda aprobado definitivamente publicándose el texto íntegro en el Boletín Oficial de La Rioja como Anexo, entrando en vigor al día siguiente de la su publicación.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Lardero a 21 de mayo de 2025.- La Alcaldesa-Presidenta, Isabel Barceló Martínez.



ANEXO

Programa de gestión de colonias felinas de Lardero (La Rioja)


1. Introducción.

Las colonias de gatos callejeros.

Convivimos con numerosos gatos callejeros, gatos que habitualmente viven en libertad, pero integrados en el medio ambiente de nuestras ciudades y alimentándose gracias a lo que el ser humano les proporciona. Cuando un grupo de gatos callejeros viven juntos en un determinado lugar que les ofrece suficiente comida, se forma las llamadas colonias de gatos urbanas.

Tipos de gatos callejeros:

- Gatos errantes (outdoor): Son los gatos que no están confinados en una casa o lugar cerrado y por lo tanto vagan con libertad. Estos animales tienen propietario y a ellos hay que pedirles responsabilidad sobre el cuidado y las molestias o daños a terceros que puedan ocasionar

- Gatos abandonados o perdidos: Estos gatos tienen un propietario o dejan de tenerlo, bien porque los han abandonado o bien porque se han perdido. Estos animales inicialmente están socializados, pero con el paso del tiempo se van asilvestrando llegando a convertirse en gatos silvestres. Para evitar su proliferación y garantizar su supervivencia estos animales deben sacarse de las colonias y buscarles adopción.

- Gatos silvestres o ferales: Son gatos sin socializar por lo que no se dejan coger o manipular y no pueden ser colocados en una casa como mascota. Son animales sin dueño conocido, se les alimenta y se les procura bienestar. Nunca deben gestionarse como si tratara de un animal abandonado, puesto que no lo es, vive en la calle y ese es su hábitat.

Control de colonias de gatos urbanos: Proyecto CES.

En la actualidad, se ha generado una necesidad de control de la proliferación de gatos urbanos. La única medida de control más efectiva y ética es el denominado proyecto CES (Captura, Esterilización y Suelta), consiste en atrapar a todos o la gran mayoría de los gatos de una colonia, esterilizarlos y devolverlos a su territorio.

Para que los animales no vuelvan a ser trampeados es necesario marcar a los gatos ya esterilizados de forma que los traslados al veterinario en sucesivas campañas no le generen un estrés innecesario. De esta forma además podemos identificar rápidamente a un animal nuevo o abandonado en la colonia.

Para conseguir la disminución del número de gatos de una colonia se deberán esterilizar a los gatos. Se ha demostrado que en aquellas colonias cuyo porcentaje de esterilizaciones supera el 90% de individuos esterilizados, su censo es decreciente.

Las colonias con un porcentaje entre el 70-90% de animales esterilizados se mantienen estables en número. En este estado se considera que las colonias están en buenas condiciones, evitando su incremento descontrolado y el deterioro general de la salud de la población felina en cuestión.

El control de las colonias también evita el conflicto entre gatos, especialmente en época de celo, eliminando problemas de ruidos y olores que afectan a los ciudadanos. Según la siguiente tabla, podemos clasificar el estado de una colonia en función del porcentaje de animales esterilizados.

2. Plan de actuación del proyecto CES.

2.1 . Objetivos

- Proteger y gestionar las colonias de gatos mediante la puesta en marcha del proyecto CES con el objetivo de la disminución progresiva del número de ejemplares por colonia.

- Crear un censo actualizado de gatos urbanos en el municipio del Lardero.

- Corregir y minimizar las molestias que provocan las colonias a la ciudadanía.

- Aplicar programas tendentes a minimizar los sacrificios y abandonos de animales de compañía.

- Idear un plan de adopciones de gatos sociables.

- Cumplir con el bienestar animal de las colonias felinas.

2.2. Ámbito de actuación

Este protocolo se llevará a cabo en todas las colonias felinas urbanas del municipio de Lardero.

En ningún caso se atenderán gatos procedentes de particulares a no ser que vaguen perdidos, en cuyo caso se intentará por todos los medios encontrar a su propietario o buscarle adopción.

3. Las Colonias.

Requisitos para crear una nueva colonia felina Los requisitos generales para la autorización por parte del Ayuntamiento de Lardero para la creación de una nueva colonia felina gestionada por el método CES serán:

a) Los ciudadanos interesados en la autorización de una colonia felina deberán presentar la solicitud que se adjunta en el ANEXO II de este documento debidamente cumplimentada y enviarla a la Concejalía competente del Ayuntamiento de Lardero.

b) La solicitud incluirá los datos del solicitante y los colaboradores propuestos, la ubicación de la colonia y su descripción en cuanto a número de animales. 5 Ayuntamiento de Lardero.

c) El Ayuntamiento de Lardero, a la vista de la solicitud formulada, o bien de oficio por denuncia o informe de los Servicios Municipales, analizará el supuesto, visitará la ubicación y consultará lo que vea conveniente para decidir autorizarla. La Concejalía competente emitirá un informe justificando la autorización o no de dicha colonia.

d) Con carácter general las colonias podrán estar situadas en alguno de los siguientes espacios:

- Vías y espacios públicos.

- Parques y zonas ajardinadas municipales.

- Solares y descampados de titularidad municipal.

- Cualquier localización de dominio público o privado. Cuando la localización se ubique en un espacio privado será obligatoriamente necesaria la autorización expresa del propietario del terreno para las actuaciones a realizar en la colonia, sin que pueda llevarse a cabo actuación alguna sin la mencionada autorización que será conservada por la Concejalía competente.

El modelo a rellenar corresponde con el ANEXO I.

e) Con los objetivos de salud pública y de protección animal, en ningún caso se autorizará la creación de una nueva colonia: - en las instalaciones de colegios, institutos o centros docentes. - en las instalaciones de centros sanitarios (centros de salud, hospitales y clínicas). - en las instalaciones de centros deportivos. - en parques infantiles. - en zonas especialmente habilitadas para perros. - en terrazas de restaurantes y/o bares y cafeterías. - en la proximidad de vías rápidas de tráfico rodado, o de vías de tráfico rodado muy intenso. - en viviendas particulares.

f) La autorización de la colonia se efectuará por resolución del órgano municipal competente.

g) Una vez creada la colonia se le asignará un número de colonia y el número necesario de voluntarios/as para cuidarla, mínimo dos. Uno de los/as voluntarios/as será el responsable de esa colonia y deberá actuar según este protocolo bajo la supervisión de el/la voluntario/a coordinador/a general del municipio.

h) Acondicionamiento de las colonias: Las nuevas colonias se acondicionarán retirando la basura acumulada como consecuencia directa de la colonia (restos de alimento, deyecciones, otros desperdicios, siempre derivados de la presencia de gatos) y se habilitarán las zonas de alimentación (bebederos y comederos) y cobijo (se instalarán uno o varios refugios, según el volumen de la colonia, para que los gatos se instalen en ellas). Los puntos de alimentación o cobijo serán controlados por el Ayuntamiento y nunca se aumentará el número o se cambiarán de sitio sin la autorización de la Concejalía competente.

4. El Voluntariado.

El mantenimiento y control de las colonias se efectuará por los voluntarios cuidadores/alimentadores asignados a cada de una de ellas, en número no inferior a dos.

Cada colonia tendrá un responsable, elegido de entre los cuidadores/alimentadores asignados a ella.

4.1 .Inscripción como voluntario/a cuidador/a/alimentador/a del proyecto CES. Todo ciudadano/a que quiera formar parte del voluntariado del proyecto CES deberá rellenar la solicitud del ANEXO III con declaración responsable. Todo/a voluntario/a recibirá un curso formativo gratuito de control de colonias impartido por una persona designada por la Concejalía competente, con cualificación y/o experiencia en el método CES, persona del servicio competente, profesional externo o de alguna entidad de protección animal. Una vez que cumpla con todos los requisitos podrá comenzar a ejercer su labor de voluntariado.

4.2 .Obligaciones de los voluntarios/as cuidadores/as/alimentadores/as: A los/as voluntarios/as cuidadores/as/alimentadores/as se les encomendará las siguientes tareas con las que deberán comprometerse y cumplir.

- Asistir a cursos de formación y reciclaje impartidos desde la Concejalía competente.

- Usar la acreditación homologada por el Ayuntamiento de Lardero durante el desarrollo de su labor.

- Suministrar agua limpia y fresca de forma continuada a los gatos de la colonia.

- Alimentar las colonias con pienso seco para gatos exclusivamente, evitando todo alimento orgánico o húmedo con el fin de mantener limpia la colonia. La alimentación se dejará ad libitum para satisfacer sus necesidades etológicas. Los gatos son animales que se alimentan de forma intermitente y no a determinadas horas del día.

- No alimentar a las colonias cuando el/la coordinador/a de zona lo indique para facilitar la captura de animales por parte de los/as capturadores/as.

- Los recipientes de comida y/o bebida se colocarán, siempre que sea posible, escondidos en áreas de vegetación, en el mismo lugar. Siempre en lugares apartados del acceso de otros ciudadanos que puedan dar alimento a los gatos sin control. Nunca se dejará el alimento en el suelo. Además, cuando sea posible estos recipientes tendrán un sistema de tolva para facilitar la alimentación ad libitum.

- Retirar los excrementos y limpiar la colonia y material urbano si lo hubiera. Si se instalan areneros, limpiarlos de forma periódica para asegurar las condiciones adecuadas de salubridad e higiene de la zona.

- Observar el estado de los gatos los días posteriores a la esterilización. El/la capturador/a será el/la encargado/a de informar a el/la cuidador/a/alimentador/a de la colonia, qué gatos han sido llevados a esterilizar y por tanto a qué gatos se debe hacer seguimiento.

- No negarse a la esterilización de los gatos de la colonia.

- Comunicar a el/la coordinador/a el movimiento de animales mediante el registro del ANEXO IV. Esta tarea será llevada a cabo por el/la responsable de cada colonia y se actualizará de forma mensual.

- Comunicar cualquier problema o incidencia en la colonia a el/la coordinador/a de zona donde se encuentre dicha colonia con la mayor brevedad posible. Incluyendo aquí las situaciones de ausencia temporal de los/as alimentadores/as/cuidadores/as para colocar un/a sustituto/a autorizado/a lo más rápido posible. Cualquier ausencia se comunicará con un plazo mínimo de 5 días.

- Mantener una actitud amable y de respeto frente al público, otros/as voluntarios/as, coordinadores/as, entidades colaboradoras, funcionarios y profesionales que trabajan en el proyecto CES.

- Comunicar el cese del voluntariado a la Unidad de Protección Animal como mínimo con 5 días.

- Cumplir cualquier propuesta nueva o modificación del actual programa de gestión ética de colonias felinas.

4.3. Obligaciones de los responsables de colonia.

Los responsables de cada colonia tendrán las siguientes obligaciones específicas, además de las que les correspondan por su condición de voluntarios cuidadores/alimentadores:

- Coordinar las tareas de los cuidadores/as/alimentadores/as de la colonia.

- Informar a el/la coordinador/a de su zona de las incidencias relativas al estado y gestión de la colonia.

- Colaborar con las capturas.

- Llevar un control de migraciones de gatos en todo momento y comunicarlo a el/la coordinador/a de su zona mediante el ANEXO IV de forma mensual.

- Rellenar la ficha identificativa de cada uno de los animales que componen su colonia y de los que aparezcan nuevos. (ANEXO VII)

- Comunicar la baja de un animal a el/la coordinador/a de su zona para actualizar las fichas identificativas de cada animal.

4.4. Coordinadores de zona

a) Las colonias se agruparán en zonas que se determinarán por resolución del órgano municipal competente. Al cargo de cada zona habrá un/a coordinador/a, elegido/a de entre los voluntarios asignados a las colonias integradas en dicha zona.

b) A tal efecto, cualquier voluntario/a podrá presentar solicitud para asumir la coordinación de su zona. En caso de presentarse más de un candidato, será elegido por votación de todos los voluntarios/as asignados a las colonias de la zona. Los/as coordinadores/as se renovarán cada cuatro años, sin perjuicio de los supuestos generales de cese previstos en este protocolo.

c) Tareas de los/as voluntarios/as coordinadores/as. Los/as voluntarios/as coordinadores/as, encargados de coordinar el proyecto CES Ayuntamiento de Lardero tendrán las siguientes obligaciones:

- Habrá un coordinador/a encargado de estar en contacto directo con la Concejalía competente.

- Cada coordinador/a gestionará las colonias asignadas a una zona y por lo tanto coordinará a los/as voluntarios/as de dichas colonias.

- Cada coordinador/a estará al cargo de un número concreto de colonias.

- Los/as coordinadores/as se encargarán de controlar que los/as cuidadores/as/alimentadores/as actúen según se expone en este protocolo.

- Los/as coordinadores/as gestionarán que los animales sean trasladados de las colonias a los centros veterinarios colaboradores en cada momento y posteriormente se asegurarán de que los animales sean devueltos a su colonia de origen o sean puestos en adopción, si se trata de animales domésticos. De esta forma llevarán un control de migraciones y esterilizaciones en todo momento.

- Los/as coordinadores/as deberán llevar un registro actualizado de la población de gatos urbanos de las colonias del Ayuntamiento de Lardero.

4.5.Capturadores/as

a) De la captura de los gatos de las colonias se encargarán voluntarios/as/capturadores/as, integrados en los equipos que se constituyan.

b) A tal efecto, cualquier ciudadano/a que quiera participar en el programa como capturador/a deberá formular su petición dirigida a la Concejalía competente, según el formulario que figura como ANEXO V al presente. La Concejalía competente determinará la constitución de los equipos de captura que procedan, teniendo en cuenta en lo posible las preferencias expresadas por los/as voluntarios/as.

c) A los/as voluntarios/as capturadores/as se les encomendará las siguientes tareas con las que deberán comprometerse y cumplir.

- Asistir a cursos de formación y reciclaje.

- Usar la acreditación homologada por el Ayuntamiento de Lardero durante el desarrollo de su labor (chaleco y/o carnet).

- Responsabilizarse de las jaulas de contención y captura que el Ayuntamiento otorgará a los/as capturadores/as cuando sea necesario y siempre con un registro de entrada y salida de material.

- Comunicarse de forma continuada con los/as voluntarios/as coordinadores/as de las zonas para gestionar las capturas en las colonias más necesitadas.

- Capturar los animales de las colonias que indiquen los/as voluntarios/as coordinadores/as de cada zona, bien para su esterilización o bien para trasladarlos al hospital. Los animales serán trasladados en todo momento en jaulas de contención cubiertas por una tela opaca de forma que se evite al máximo posible el estrés de los animales.

- Los/as capturadores/as serán los/as únicos/as voluntarios/as con autorización para alimentar con alimento húmedo o casero a los gatos que se vayan a capturar, siendo responsables de su limpieza posterior.

- No negarse a la esterilización de los gatos de la colonia.

- Comunicar a el/la cuidador/a/alimentador/a los animales capturados para su esterilización y del momento de la suelta en la colonia para su seguimiento.

- Desinfectar las jaulas entre captura y captura para evitar diseminar enfermedades entre colonias. Los desinfectantes y utensilios de limpieza serán facilitados por el Ayuntamiento de Lardero. Deberán avisar con tiempo de la necesidad de dichos productos.

- Comunicar cualquier problema o incidencia en la colonia a el/la coordinador/a de la zona donde se encuentre dicha colonia con la mayor brevedad posible. Incluyendo aquí las situaciones de ausencia temporal de los/as capturadores/as para colocar un/a sustituto/a autorizado/a lo más rápido posible. Cualquier ausencia se comunicará con un plazo mínimo de 5 días.

- Mantener una actitud amable y de respeto frente al público, otros/as voluntarios/as, coordinadores/as, entidades colaboradoras, funcionarios y profesionales que trabajan en el proyecto CES.

- Comunicar el cese del voluntariado a la Concejalía competente como mínimo con 5 días.

- Cumplir cualquier propuesta nueva o modificación del actual programa de gestión ética de colonias felinas.

4.6 . Cese de los/as voluntarios/as del Programa

- Los voluntarios del programa de gestión y control de colonias felinas urbanas podrán cesar en cualquier momento por decisión propia, que deberán comunicar a la Concejalía competente con la antelación prevista.

- Asimismo, en caso de incumplimiento reiterado de sus obligaciones, o si del mismo se derivan perjuicios graves para la adecuada gestión del proyecto, se dará lugar a la pérdida de la condición de voluntario.

La separación del voluntariado se acordará previa la instrucción del procedimiento pertinente.

5. Funciones del Ayuntamiento.

La Concejalía competente, del Ayuntamiento de Lardero será la encargada de:

- Gestionar la creación de nuevas colonias felinas.

- Distribuir las colonias por zonas.

- Formar al voluntariado.

- Dotar a los/as voluntarios/as del carnet de voluntario/a del CES.

- Suministrar y controlar el material para captura y contención, así como los desinfectantes.

- Fijar los programas de captura, asignando los equipos capturadores que deban realizarlos.

- Elaborar contratos para esterilizaciones del proyecto CES.

- Mantener actualizado el Libro de Registro Intervenciones en Colonias Felinas.

- Mantener actualizado el censo de animales de colonias urbanas.

- Cualquier queja se emitirá por escrito a la Concejalía competente, quien actuará en consecuencia. No se admitirán quejas verbales.

- Seguro de responsabilidad civil.

- Campañas de concienciación ciudadana.

- Suministrar donaciones de alimentación.

- Ayudar con tratamientos farmacológicos.

- Velar por el cumplimiento de este programa.

6. Adopción de gatos socializados.

En caso de aparición de un gato nuevo en la colonia cuyo comportamiento es claramente el de un gato doméstico socializado o un gatito con posibilidad de socializarse, este podrá darse en adopción. Dichos animales pueden encontrarse en las siguientes situaciones:

- Gatos abandonados o perdidos: se deberá intentar por todos los medios encontrar a su propietario/a, leer microchip si lo hubiera, colocar carteles, preguntar a vecinos, etc. En caso de no encontrar a su propietario/a el animal pasará a adopción.

- Gatitos nacidos en la colonia: estos animales se podrán entregar en adopción siempre que no superen las 8 o 9 semanas de forma que sea posible su socialización. No deberán separase de su madre hasta estar destetados.

- Se estudiará la posibilidad de llegar a acuerdos con alguna protectora de animales o voluntarios para la acogida temporal de los gatos socializados, y nunca de los ferales, hasta que aparezca el dueño original o hasta que se le encuentre otro nuevo hogar, previa firma del contrato de Casa de Acogida gestionado a través de la concejalía. Esta tarea será llevada a cabo por el ayuntamiento si dispusiera de un centro de acogida en el futuro.

- Los/as voluntarios/as difundirán los gatos disponibles para adopción.

7. Esterilización.

- El Ayuntamiento de Lardero se encargará de contratar a los/as veterinarios/as que realicen las esterilizaciones.

- Los/as voluntarios/as capturadores/as podrán llevar a los gatos a los centros contratados que el Ayuntamiento determine dentro del horario estipulado y previo conocimiento de el/la veterinario/a.

- El/la voluntario/a capturador/a o alimentador/a será quien entregue el animal en el centro veterinario y deberá acreditarse con su carnet de voluntario, rellenar y firmar el documento que le proporcione el/la veterinario/a (ANEXO V). El traslado se realizará siempre en jaulas de contención cubiertas por una tela opaca para minimizar el estrés de los animales.

No obstante si el/la voluntario/a lo desea, podrá trasladar el animal a otro centro veterinario no contratado por el Ayuntamiento, en este caso será el/la voluntario/a el/la encargado/a del coste de la esterilización. Igualmente deberá comunicar a el/la coordinador/a de la zona correspondiente que el animal ha sido esterilizado y marcado tal y como se indica a continuación:

- Marcaje de oreja izquierda en machos.

- Marcaje de oreja derecha en hembras.

- El/la voluntario/a capturador/a o alimentador/a que recoja al animal seguirá el mismo procedimiento que el de entrega y recibirá una copia del documento debidamente cumplimentado (ANEXO VI).

- El/la voluntario/a alimentador/a/cuidador/a responsable de la colonia del animal esterilizado será el encargado de vigilar su estado de salud durante el postoperatorio, en caso de observar cualquier anomalía, deberá comunicarlo a el/la coordinador/a de su zona.

- Atención de animales enfermos o heridos:

a) Medios humanos

La atención sanitaria de estos animales la realizan los propios cuidadores y dan aviso a la asociación si creen que algún gato necesita atención veterinaria.

b) Protocoles establecidos

En el caso de enfermedades graves, los animales se trasladan al centro veterinario para su exploración y tratamiento. En caso de necesitar confinamiento o tratamientos complejos, se mantienen en el centro o se busca un hogar de acogida temporal hasta su total recuperación y se retornan.

En el caso de enfermedades leves, se tratan con medicación oral tópica en la propia colonia, para evitar el estrés del traslado y confinamiento.

El/la voluntario/a coordinador/a se encargará del problema y gestionará el traslado del animal a la clínica donde se realizó la esterilización para su tratamiento. Igualmente, el/la voluntario/a que traslade el animal al centro veterinario que fuere, deberá acreditarse con su carnet.

*Si por el motivo que fuere, el/la voluntario/a decide trasladar al animal a otro centro veterinario no contratado por el Ayuntamiento, todos los gastos ocasionados correrán por su cuenta.

8. Hospitalización.

- En caso de que un animal presente cualquier patología que necesite la actuación de un/a veterinario/a, el/la voluntario/a deberá comunicarlo a el/la coordinador/a de su zona.

- La Concejalía competente o el/la coordinador/a de zona en quien delegue, será el/la encargado/a de gestionar la captura de dicho animal para su traslado, a través de los/as voluntarios/as capturadores/as, a la clínica veterinaria que se le indique. La entrega podrá realizarse en cualquier horario puesto que se trata de una urgencia y siempre deberán transportarse en jaulas de contención; salvo si se trata de gatos lactantes que podrán ir en un transportín.

- En caso de tratarse de un animal inmanejable que a simple vista el/la técnico/a veterinario/a considere que está sufriendo y no tiene otra alternativa, este tendrá la potestad de tomar la decisión de eutanasia por bienestar del animal.

- En caso de eutanasia, el/la voluntario/a deberá reseñarlo en el censo mensual de animales de colonias felinas urbanas (ANEXO III) para mantenerlo actualizado.

9. Bienestar animal.

- Reubicación

Solo se podrá optar por la retirada de los gatos si existe una debida y probada justificación, y siempre y cuando se cuente con un lugar para la reubicación que sea seguro y donde puedan ser adecuadamente cuidados.

- Obras

En situaciones en las que se conozca la existencia de una obra próxima en una colonia felina se deberá avisar a la Concejalía competente para elaborar un procedimiento de actuación. Durante el tiempo que vayan a durar las obras se respetará en todo momento el bienestar animal de los gatos urbanos. Para la elaboración de este protocolo se contará con el asesoramiento de técnicos especializados en la materia.

- Eutanasia

La decisión de eutanasia la tendrá en todo momento el/la técnico veterinario/a y siempre por bienestar animal.

En el supuesto de que fallezca un gato de la colonia, se procederá a la retirada del cadáver llamando al Ayuntamiento de Lardero.

En caso de necesidad de realización de una necropsia a un gato del proyecto CES por sospecha de intoxicación u otra causa cualquiera; existirá la posibilidad de llevarlo a cabo.

La Concejalía competente deberá ser conocedora de cualquier necropsia realizada con el fin de conocer la causa de la muerte e intervenir si fuera necesario.

10. Seguimiento de colonias.

El seguimiento de las colonias será efectuado por los/as voluntarios/as coordinadores/as de las colonias. Mediante el registro mensual de animales se controlará el censo de las colonias felinas.

Los/as técnicos del Ayuntamiento en competencia de Protección Animal, o de no existir, la/s persona/s designadas, realizarán visitas de inspección periódicas a las colonias censadas.

- Libro de Registro Intervenciones en Colonias Felinas. La Concejalía encargada de Protección Animal llevará un control de visitas a las colonias que se reflejará en el Libro de Registro de Intervenciones en Colonias Felinas, correspondiente al ANEXO IV.

- Censo de animales de colonias urbanas

Para el control de la población de gatos urbanos en las colonias felinas de Lardero, los/as coordinadores/as deberán llevar un registro (ANEXO III) de todos los animales de cada colonia. Recopilarán los datos que el/la voluntario/a responsable de cada colonia le proporcione de forma mensual.

En el registro se incluirán todos los movimientos de animales; los animales iniciales, los animales nuevos (abandonados, perdidos o nacidos), cuales han sido esterilizados, cuales se han dado en adopción o se entregaron a su propietario y cuales han fallecido.

Además existirá una ficha identificativa individual por cada felino que deberá rellenarse de forma completa e incluirá una fotografía del animal para mayor control de la población (ANEXO VII).

El registro y las fichas serán trasladados a la Concejalía con la competencia de Protección Animal que se encargará de elaborar un censo para controlar la eficacia del proyecto CES. El censo se encontrará actualizado en todo momento.



















ANEXO I

AUTORIZACIÓN PARA LA CREACIÓN DE UNA COLONA FELINA URBANA EN UN SOLAR DE PROPIEDAD PRIVADA



D./Dñª................................................................................................... con D.N.I. n.º.................................. y dirección a efectos de notificaciones en C/.................................................................... n.º.............. C.P. .................... de Lardero, e-mail.:.......................................................Tf-............... , en representación de .......................................................................... con C.I.F.................................... como propietario/a de la parcela situada en................................................................ , autorizo al Ayuntamiento de Lardero para la creación dentro de la parcela de mi propiedad, de una colonia felina autorizada, según el Programa de Gestión de Colonias Felinas (Proyecto CES).

Así mismo autorizo a los/as voluntarios/as autorizados/as para actuar en dicha colonia a procurar alimento y agua continuos a la colonia (individualmente o en coordinación con otros/as cuidadores/as), colaborando en la limpieza del área y del mobiliario urbano de la colonia si lo hay.

También autorizo a los/as voluntarios/as adscritos al proyecto CES para la colocación de jaulas de captura y de contención para poder llevar a cabo la labor de Captura, Esterilización y Suelta, para evitar la proliferación.

Previos los oportunos informes técnicos y establecido el protocolo de actuación para los cuidadores/as de las colonias, una vez creada la colonia, será incluida en el listado de colonias urbanas felinas intervenidas en el municipio de Lardero, que deberá ser aprobado por Acuerdo de Alcaldía.

Esta autorización es de carácter indefinido, mientras no haya una oposición fehaciente del propietario/a que deberá ser dirigida por escrito en la Concejalía con competencias en protección animal del Ayuntamiento de Lardero con una antelación mínima de un mes. Como propietario/a me comprometo a mantener la autorización vigente el plazo de tiempo necesario hasta encontrar otra alternativa.

En Lardero  a .......... de ............................. de 20....



Fdo. El/La propietario/a del solar
























ANEXO II

SOLICITUD PARA FORMACIÓN DE NUEVA COLONIA DE GATOS URBANOS



Datos de el/la solicitante

Apellidos y nombre

N.I.F.

Calle/Plaza/Avda

Número Piso Puerta

Código postal

Municipio

Provincia

Teléfono

Correo electrónico:

Datos de las personas que desean ser voluntarios/as de la colonia

Nombre:

NIF

Teléfono:

Datos de la posible colonia

- Dirección exacta:

- Coordenadas:

- Solar privado o público:

- Número de gatos

- Hembras: esterilizadas sin esterilizar.

- Machos: castrados sin castrar.

- Gatos domésticos abandonados o recién nacidos que pudieran ser adoptados:

- Algunos gatos parecen enfermos-, en caso afirmativo, describa síntomas:

El Ayuntamiento de Lardero, conocida una posible futura colonia cuya autorización haya sido solicitada y con posibilidades de ser autorizada, analizará la solicitud, visitará la ubicación y consultará lo que vea conveniente para decidir autorizarla. La Concejalía competente emitirá un informe justificando la autorización o no de dicha colonia.

En Lardero a .......... de ...........................de 20....



Fdo. El/La solicitante







ANEXO III

SOLICITUD DE NUEVO VOLUNTARIO/A DEL PROYECTO CES



Apellidos y nombre

N.I.F.

Calle/Plaza/Avda Número Piso

Código postal

Municipio Provincia

Teléfono

Correo electrónico

Marque sus preferencias:

Coordinador/a

Cuidador/a/alimentador/a

Capturador/a

Manifiesta:

1.Que se ofrece voluntario/a para gestionar las colonias felinas urbanas que le sean asignadas, siendo colaborador/a autorizado/a.

2. Que se compromete a cumplir con el Programa de Gestión Etica de Colonias Felinas y a seguir las instrucciones del Ayuntamiento en todo momento.

3. Que se compromete a cursar de forma obligatoria el curso formativo de Protección Animal y sus posibles reciclajes.

4. Que acompaña la siguiente documentación: - Fotocopia de DNI.

5. Que exonera de responsabilidad al Ayuntamiento de Lardero de cuantos accidentes propios y/o daños a terceros pudieran producirse durante el desarrollo de sus tareas como colaborador/a autorizado/a.

Por todo ello, SOLICITA ser nombrado/a colaborador/a autorizado/a para la gestión y control de las colonias felinas.

En Lardero  a .......... de ........................... de 20....



Fdo. El/La solicitante















ANEXO IV

CENSO MENSUAL DE ANIMALES EN COLONIAS DE GATOS URBANOS



MES: ........... AÑO: ........... Nº COLONIA:..........................

VOLUNTARIO/A RESPONSABLE:

Nº DE ANIMALES Machos -     Hembras -

MES ANTERIOR

NACIDOS

NUEVOS

FALLECIDOS

DADOS EN ADOPCIÓN

ENTREGADOS A SU PROPIETARIO/A

TOTALES

Nº DE ANIMALES ESTERILIZADOS Machos -    Hembras -

MES ANTERIOR

MES ACTUAL

TOTALES EN LA COLONIA

Voluntario/a:

Nombre: Fecha:

Firma

























ANEXO V

FICHA IDENTIFICATIVA Y DE ACTUACIONES CLÍNICAS



A rellenar por el/la voluntario/a autorizado/a del proyecto CES

Fecha de captura: .................... Colonia nº:......................................

Nombre del cuidador/a:

DNI: Nº de Identificación carnet:

Firma:

A rellenar por el/la veterinario/a responsable del centro adjudicatario

Fecha de ingreso

Nombre de la clínica:

CARACTERISTICAS DEL ANIMAL

Sexo:

Edad:

Nombre:

Exploración clínica:

Fotografía Apto

Apto No apto Motivo de eutanasia:

Marcaje en pabellón auricular: izq macho    dcha hembra

N.º de microchip:

Esterilización: Orquidectomía Ovariohisterectomía Ovariectomía

Observaciones o incidencias:

Nombre del veterinario/a:

Firma y sello del veterinario/a:

A rellenar por el/la voluntario/a autorizado/a del proyecto CES

Fecha de salida:

Colonia nº:

Nombre del cuidador/a (en caso de que diferente del que entrega):

DNI: nº de intentificación carnet:

Firma:

DESTINO DEL ANIMAL: Colonia Acogida Adopción Propietario Eutanasia








ANEXO VI

LIBRO DE REGISTRO DE INTERVENCIONES EN COLONIAS FELINAS



ACTA DE INSPECCION PROYECTO CES

Fecha:

Nombre coordinador responsable:

Nºcolonia:

Ubicación colonia:

Inspección in situ:

Los animales se ven sanos

Aumento en número de puntos de alimentación y cobijo

Zona Limpia

Agua y comida continuamente a disposición

Gatos cachorros

Gatos sin esterilizar

Conversación presencial con el/la voluntario/a cuidador/a

Número de gatos coincide con el último censo

El/la voluntario/a usa la acreditación

Conflictos vecinales

Conflictos con voluntarios/as capturadores/as

Observaciones realizadas por el/la voluntario/a cuidador/a

Resultado coordinador responsable

Firma coordinador/a responsable




















ANEXO VII

FICHA IDENTIFICATIVA DEL ANIMAL



Nombre:

Sexo:

Edad:

fotografía:

Capa:

Marcaje oreja: IZQ DCHA

Esterilizado: SI NO

Fecha de esterilización:

N.º de microchip:

Fecha de implantación:

Nº colonia a la que pertenece:

Voluntario/a responsable

Nombre:

DNI:

Nº Identificación del carnet:

Fecha de alta:

Fecha de baja:

Motivo

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