Gobierno de La Rioja

Núm. 114
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 17 de junio de 2025
SERVICIO RIOJANO DE SALUD
II..584

PEDIATRÍA: convocatoria específica del proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Pediatría (OEP 2022, 2023 y 2024)

Resolución de 6 de junio de 2025 de la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud por la que se aprueba la convocatoria específica del proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Pediatría en el Servicio Riojano de Salud, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de los años 2022, 2023 y 2024.


Visto el Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud.

Visto el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización.

Visto el Decreto 44/2022, de 27 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2022, el Decreto 161/2023, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2023 y el Decreto 23/2024, de 16 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2024.

Vista la Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias de los procesos de selección del personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud.

Visto el artículo 3.5 del Decreto 25/2024, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y funciones de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud,

RESUELVE

Único. Aprobar la convocatoria específica para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista de Área de Pediatría en el Servicio Riojano de Salud, que se rige por las Bases Generales de las convocatorias de los procesos de selección del personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud, aprobadas mediante Resolución de 30 de abril de 2025, con las especificaciones siguientes,

BASES

Primera. Categoría estatutaria convocada.

Categoría estatutaria del Servicio Riojano de Salud Facultativo Especialista del Área de Pediatría
Categoría de referencia del R.D. 184/2015, de 13 de marzo

P. Licenciado Sanitario (LOPS) - Titulado especialista

en Ciencias de la Salud: Pediatría y sus áreas específicas

Grupo y Subgrupo de adscripción Grupo A, Subgrupo A1
Titulación requerida

Título de especialista en Pediatría o titulación equivalente

que habilite para el desempeño profesional de la

especialidad en España.

Sistema de selección Concurso -oposición






Segunda. Plazas convocadas.

Oferta pública de empleo

Decreto 44/2022,

de 27 de julio

Decreto 161/2023,

de 26 de diciembre

Decreto 23/2024,

de 16 de julio

Turno libre 1 1 4
Promoción interna - 1 -
Reserva de discapacidad      - - -
Totales 1 2 4

Con objeto de acumular las plazas autorizadas en distintas ofertas de empleo público para su tramitación en una única convocatoria, con base en la Disposición adicional tercera de los Decretos de oferta citados y en el caso de que se publique una nueva oferta de empleo público para la misma categoría con posterioridad a esta convocatoria específica y previa a la fecha de realización del ejercicio de la fase de oposición, las plazas ofertadas podrán acumularse a esta convocatoria mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos que se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja.

Tercera. Fase de oposición.

Fase de oposición: Responder a un cuestionario teórico-práctico tipo test relacionados con las materias del programa, con un máximo de doscientas preguntas, en un plazo máximo de cuatro horas.

Para que el ejercicio de la fase de oposición sea valorado será necesario haber contestado correctamente, como mínimo, al cincuenta por ciento de las preguntas formuladas válidas.

Las personas que opten a las plazas de promoción interna estarán exentas de responder a las preguntas referidas a la parte general del programa con la correspondiente reducción de tiempo en el ejercicio de manera proporcional al número de preguntas eximidas.

Lugar, hora y fecha del ejercicio: Se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja y en la aplicación habilitada al efecto en el siguiente enlace: (www.riojasalud.es/recursos humanos/selección y provisión), en el apartado de oferta de empleo público que corresponda y categoría a la que se opta, la resolución de la Dirección de Recursos Humanos de la Gerencia del Servicio Riojano de Salud que fije el lugar, la hora y la fecha de realización del ejercicio.

Puntuación máxima ponderada: 60 puntos.

Cuarta. Fase de concurso.

Fase de concurso: La persona aspirante debe presentar el modelo de autovaloración, que se publicará en la aplicación habilitada al efecto en el siguiente enlace: (www.riojasalud.es/recursos humanos/selección y provisión), en el apartado de oferta de empleo público que corresponda y categoría a la que se opta, expresivo de los méritos que se alegan, junto con los certificados o documentos acreditativos de los mismos.

Plazo de presentación: Un mes desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria específica.

Puntuación máxima ponderada: 40 puntos.

Quinta. Solicitud de participación.

Plazo de presentación: Un mes desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

Forma: Presentación electrónica en la aplicación habilitada al efecto en el siguiente enlace: (www.riojasalud.es/recursos humanos/selección y provisión), en el apartado de oferta de empleo público que corresponda y categoría a la que se opta.

Tasa:

Tasa Importe de la tasa
Turno libre 30,49
Turno libre con familia numerosa cat. general 15,25
Promoción interna 15,25
Reserva discapacidad Exento de tasa
Ver otras exenciones en las bases generales de las convocatorias  

Formas de pago:

Telemático: pasarela de pago en la solicitud electrónica a través de tarjeta de crédito/débito, 'bizum' o transferencia bancaria.

Presencial: a través de la plataforma de gestión de tasas GRIAR del Gobierno de La Rioja, en el siguiente enlace: Modelo046 para pago presencial

Primero. Cumplimentar el modelo 046 y validarlo con los siguientes datos:

Modelo 046 Datos a validar
Datos personales Del obligado al pago
Datos generales Marcar AUTOLIQUIDACIÓN y rellenar obligatorio
Código categoría E028
Categoría FEA PEDIATRÍA
DNI Del obligado al pago
Nombre y apellidos  Del obligado al pago
Fecha de devengo El día que se realiza el pago
Total importe Importe exacto de la tasa que corresponda (turno libre/promoción Interna/bonificación)
Código territorial SR2601 - SERIS
Concepto pago

0904 -Inscripción en procesos de selección de Personal convocados por la Administración

General de la Comunidad


Segundo. Imprimir el Modelo 046 para su pago en una de las entidades financieras colaboradoras. (https://www.larioja.org/tributos/es/entidades-financieras-colaboradoras).

Tercero. Adjuntar el Modelo 046, una vez firmado y efectuado el pago presencial, en su solicitud de participación.

Documentos anexos:

-Modelo de autovaloración de los méritos y copia de los documentos que lo acrediten.

-Certificado del reconocimiento de la discapacidad, en su caso.

-Modelo 046: Tasa pago presencial, en su caso.

-Justificantes que acrediten la reducción o exención de la tasa a abonar, en su caso.

Sexta. Requisitos específicos.

Nacionalidad española, de un Estado de la UE o Espacio Económico Europeo: No se exige el requisito de nacionalidad. Basta con acreditar residencia legal en España.

Requisitos específicos para la categoría:

-Título de médico especialista en Pediatría o titulación equivalente que habilite para el desempeño profesional de la especialidad en España.

-Permiso de conducir tipo B, salvo para personas con discapacidad con un grado igual o superior al treinta y tres por ciento con informe de no apto/a para la conducción

Séptima. Lista de empleo temporal.

No se forma lista de empleo temporal derivada de esta convocatoria.

Octava. Programa.

Parte general

1. Constitución Española de 1978.

2. Estatuto de Autonomía de La Rioja.

3. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

4. Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud de La Rioja.

5. Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.

6. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Decreto 2/2011, de 14 de enero, de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo en el Servicio Riojano de Salud.

7. Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

8. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica: estructura y contenido. Especial referencia al consentimiento informado.

9. La gestión clínica: medicina basada en la evidencia, evaluación de la práctica clínica.

10. Gestión de la calidad: mejora continua, instrumentos de mejora.

11. Bioética: principios básicos, confidencialidad, secreto profesional, trabajo en equipo, deber de no abandono.

12. Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos: disposiciones generales, principios y derechos del interesado.

Parte específica

1. Organización internacional de protección a la infancia. Atención Pediátrica y sus niveles. Derechos del niño.

2. Niveles de prevención sanitaria. Actividades de prevención. Vigilancia epidemiológica. Exámenes sistemáticos de salud. Educación para la salud. Intervención educativa desde la consulta de Pediatría. La comunicación en la consulta. La entrevista clínica. El consentimiento informado.

3. Bases inmunológicas de las vacunas. Concepto de vacunación. Clasificación microbiológica y sanitaria de las vacunas. Calendario vacunal.

4. Estudio de la biología y patología prenatal. Genética molecular. Alteraciones genéticas: cromosomopatías, fetopatías. Malformaciones congénitas. Diagnóstico prenatal. Consejo genético.

5. Periodo prenatal e intraparto. Corioamnionitis, hijo de madre diabética, enfermedad hipertensiva del embarazo, restricción del crecimiento fetal, infecciones congénitas, gestación múltiple, abusos tóxicos y gestación.

6. Recién nacido normal: características anatómicas y fisiológicas. Valoración de la edad gestacional. Valoración neonatal. Cuidados generales del recién nacido. Screening neonatal. Reanimación cardiopulmonar del recién nacido. Transporte neonatal. Alteraciones del crecimiento fetal. Recién nacido de bajo peso.

7. Recién nacido pretérmino. Clasificación. Características anatómicas y fisiológicas. Fisiopatología y manejo del recién nacido pretérmino. Patología asociada a la prematuridad. Seguimiento del recién nacido pretérmino.

8. Dificultad respiratoria del recién nacido, etiopatogenia, clínica, profilaxis y tratamiento. Soporte respiratorio en el periodo neonatal.

9. Enfermedades cardiocirculatorias. Diagnóstico y manejo del compromiso circulatorio en el recién nacido.

10. Patología renal en el recién nacido. Insuficiencia renal. Malformaciones nefrourológicas.

11. Neurología neonatal. Asfixia intraparto y encefalopatía hipóxico isquémica. Convulsiones en el periodo neonatal. Hipotonía muscular.

12. Urgencias quirúrgicas en el neonato. Malformaciones congénitas del tubo digestivo. Atresia de esófago. Oclusiones intestinales neonatales. Anomalías del cierre del canal neural. Hernia diafragmática congénita. Patología traumatológica del recién nacido.

13. Patología infecciosa neonatal. Sepsis y meningitis del recién nacido: etiopatogenia, clínica y tratamiento. Prevención de la infección nosocomial.

14. Alteraciones hematológicas del recién nacido. Anemia y policitemia. Enfermedad hemorrágica del recién nacido. Ictericia neonatal. Ictericia fisiológica del recién nacido. Enfermedad hemolíticas del recién nacido. Síndrome ictérico por bilirrubina directa. Atresia de vía biliar.

15. Trastornos metabólicos agudos en el recién nacido. Alteraciones hidroelectrolíticas, metabólicas y endocrinológicas.

16. Errores congénitos del metabolismo. Manifestaciones clínicas más frecuentes. Manejo terapéutico.

17. Lactancia materna: promoción, técnica, dificultades y contraindicaciones. Fármacos durante la lactancia. Lactancia artificial. Alimentación complementaria. Alimentación y nutrición del niño y del adolescente.

18. El desarrollo psicomotor. Signos de alerta de su alteración. Factores de riesgo físicos, psíquicos y sociales del desarrollo del niño. Evolución psicológica del niño y del adolescente.

19. Patología de la boca. Trastornos esofágicos. Vómitos. Semiología general. Sistización de los cuadros más importantes. Patología cardiohiatal. Estenosis hipertrófica de píloro. Vómitos cíclicos.

20. Diarrea aguda. Síndromes de maldigestión y malabsorción intestinal. Concepto. Clasificación. Fisiopatología. Sistemática diagnóstica y terapéutica. Parasitosis intestinal. Estreñimiento y encopresis. Megacolon congénito.

21. Enfermedades inflamatorias crónicas del tubo digestivo. Enfermedad celiaca: etiopatogenia, clínica y tratamiento. Patología del páncreas exocrino. Fibrosis quística del páncreas: etiopatogenia, clínica y tratamiento.

22. Abdomen agudo. Sistización etiológica según la edad del niño. Apendicitis aguda. Obstrucciones digestivas. Tumores intestinales. Hernias: inguinales, diafragmáticas y epigástricas. Procesos quirúrgicos del ano, recto y colon.

23. Patología del hígado y del sistema biliar. Hipertensión portal. Cirrosis hepática. Síndrome de Reye.

24. Fisiología hipotálamohipofisaria: síndromes clínicos.

25. Fisiología y patología del metabolismo hidromineral. Deshidrataciones y otros trastornos hidroelectrolíticos comunes: fluidoterapia y rehidratación oral. Fisiología y patología del metabolismo ácido-base.

26. Metabolismo calciofosfórico. Raquitismos. Clasificación. Fisiopatología. Clínica, profilaxis y tratamiento. Hipervitaminosis D.

27. Síndromes hipoglucémicos. Enfermedades de la glándula tiroidea. Enfermedades de las glándulas paratiroides.

28. Patología suprarrenal. Hiperplasia suprarrenal congénita: fisiopatología, clínica y tratamiento.

29. Patología del desarrollo sexual. Pubertad. Fisiología de la pubertad masculina y femenina. Pubertad precoz.

30. Diabetes mellitus infantil. Etiopatogenia. Fisiopatología. Estudio clínico y diagnóstico. Complicaciones a corto y largo plazo. Manejo del niño diabético.

31. Crecimiento y desarrollo. Fisiología. Curvas de crecimiento. Características del crecimiento y desarrollo en los distintos períodos de la infancia. Patología del crecimiento. Concepto. Clasificación etiopatogénica. Variantes normales del crecimiento. Actitud diagnóstica y terapéutica ante el niño con talla baja. Hipocrecimiento.

32. Nutrición y sus alteraciones. Valoración del estado nutricional. Malnutrición calórico-proteica: fisiopatología, clínica y tratamiento. Obesidad: etiopatogenia, clínica y tratamiento. Valoración inicial del sistema inmune ante un niño con infecciones recurrentes. Síndromes de inmunodeficiencia congénita.

33. Infección por VIH y síndrome de inmunodeficiencia adquirida en el niño. Infecciones frecuentes en el niño inmunocomprometido. Infecciones nosocomiales.

34. Enfermedades autoinmunes. Enfermedades autoinmunes del tejido conjuntivo (colagenosis).

35. Alergia: bases inmunes y medidores químicos de la reacción alérgica. Principales alergopatías respiratorias, digestivas y dermatológicas.

36. Fiebre. Fiebre de origen desconocido. Diagnóstico complementario de las enfermedades infecciosas en el niño.

37. Infecciones bacterianas. Infección estafilocócica. Infección por haemophilus influenzae. Tosferina. Infección estreptocócica. Escarlatina. Fiebre reumática: epidemiología, etiopatogenia, clínica y tratamiento.

38. Tuberculosis infantil: epidemiología, formas clínicas, profilaxis y tratamiento.

39. Infecciones micóticas. Infecciones parasitarias.

40. Infecciones víricas. Parotiditis epidémica. Mononucleosis infecciosa. Clínica y tratamiento. Diagnóstico diferencial de las enfermedades exantemáticas. Sarampión. Rubéola. Megaloeri. Exan súbito. Enfermedad de Kawasaki.

41. Hepatitis vírica: etiología, epidemiología, clínica, profilaxis y tratamiento.

42. Meningitis. Encefalitis. Infección meningocócica: epidemiología, clínica, profilaxis y tratamiento.

43. Fundamentos de oftalmología pediátrica. Fundamentos de otorrinolaringología infantil (malformaciones congénitas, screening auditivo en población de riesgo).

44. Patología de las vías aéreas superiores (ORL) Rinitis. Adenoidítis. Sinusítis. Faringoamigdalítis. Otítis. Faringítis. Etiología, clínica y tratamiento.

45. Patología de las vías respiratorias altas. Síndrome de apnea obstructiva del sueño. Patología de las vías respiratorias bajas: anomalías congénitas.

46. Bronquiolitis: etiopatogenia, clínica y tratamiento. Aspiración de cuerpo extraño. Neumonías y bronconeumonías: etiopatogenia, clínica y tratamiento. Enfermedades de la pleura.

47. Asma bronquial. Clasificación diagnóstica y tratamiento. Insuficiencia respiratoria aguda y crónica.

48. Enfermedades musculares y esqueléticas que afectan a la función pulmonar. Patología del mediastino.

49. Semiología cardiovascular. Trastornos de la frecuencia y ritmo cardíacos. Enfoque general de las cardiopatías congénitas. Cardiopatías congénitas acianógenas. Cardiopatías congénitas cianógenas.

50. Urgencias cardio-vasculares. Insuficiencia cardiaca en la infancia. Reanimación cardio-pulmonar. Hipertensión arterial. Endocarditis infecciosa. Miocardiopatías. Cardiopatía reumática. Enfermedades del pericardio.

51. Fisiología renal. Interpretación de las pruebas de función renal. Malformaciones del riñón y vías urinarias. Reflujo vésico-ureteral. Enuresis. Infección urinaria: etiopatogenia, clínica, diagnóstico, profilaxis y tratamiento.

52. Hematuria y proteinuria: enfoque diagnóstico. Síndrome nefrótico. Síndrome nefrítico de comienzo agudo. Glomerulopatías más frecuentes en edad pediátrica. Glomerulonefritis aguda post-infecciosa. Nefropatía IgA. Nefropatías hereditarias. Tubulopatías más frecuentes en edad pediátrica.

53. Insuficiencia renal aguda y crónica. Hipertensión arterial. Compuestos nefrotóxicos. Litiasis urinaria.

54. Afecciones de los órganos genitales (pene, testículos y escroto). Ginecología pediátrica. Manejo del niño con criptorquidia.

55. Anemias en la infancia. Clasificación general. Estudio de los principales cuadros. Utilización de sangre y hemoderivados en Pediatría. Pancitopenias. Alteraciones cuantitativas y cualitativas de los neutrófilos.

56. Patología de la hemostasis. Alteraciones vasculares y plaquetarias: diagnóstico diferencial de las púrpuras. Patología del bazo. Linfadenitis agudas y crónicas.

57. Oncología pediátrica. Leucemias. Linfomas. Tumor de Wilms. Neuroblastoma. Rabdomiosarcoma. Otros sarcomas de tejidos blandos. Tumores óseos. Neoplasias digestivas, hepáticas y gonadales y de células germinales. Tumores benignos.

58. Malformaciones congénitas del sistema nervioso central. Encefalopatías connatales. Encefalopatías congénitas y adquiridas. Parálisis cerebral infantil. Clínica y tratamiento multidisciplinar.

59. Síndrome convulsivo en la infancia. Clasificación etiológica según la edad. Convulsión febril. Epilepsia en la infancia: clasificación, clínica y tratamiento.

60. Hipertensión intracraneal, etiopatogenia, clínica y tratamiento. Hidrocefalias. Tumores intracraneales. Cefaleas. Traumatismos craneoencefálicos. Coma. Muerte cerebral.

61. Alteraciones del movimiento: ataxia, corea, distonías, tics. Trastornos del sueño. Enfermedades de la médula espinal.

62. Patología neuromuscular. Sistemática diagnóstica, clínica y tratamiento. Enfermedad de Werdnig-Hoffman. Distrofia muscular de Duchenne.

63. Neuropatías sensitivo-motoras hereditarias. Otras neuropatías. Síndrome de Guillain-Barré. Parálisis periféricas. Síndromes neurocutáneos.

64. Trastornos del desarrollo en el niño y el adolescente (retraso cognitivo y del lenguaje, trastornos del espectro autista, trastornos del aprendizaje). Atención a la discapacidad.

65. Trastornos de la salud mental en el niño y el adolescente: del desarrollo conducta (TDAH, anorexia, bulimia, conducta antisocial) y de adaptación (ansiedad, depresión, fobias, suicidio). Señales de alarma del trastorno mental grave en el niño y en el adolescente: psicosis (trastorno bipolar, esquizofrenia), trastornos de personalidad, conductas suicidas.

66. Patología del sistema óseo y locomotor: Miopatías. Enfermedades óseas constitucionales. Estudio de los tumores óseos. Problemas ortopédicos prevalentes en el niño. Lesiones musculoesqueléticas secundarias al deporte. Enfermedades reumáticas durante la infancia y la adolescencia.

67. Otras afecciones prevalentes en edad pediátrica: Afecciones cutáneas. Síndrome de muerte súbita del lactante. Síndrome de Münchaussen. Histiocitosis en la infancia.

68. Fundamentos de ginecología pediátrica (vulvovaginitis, hirsutismo, tumores, dismenorrea y síndrome premenstrual). Síndrome de fatiga crónica.

69. Cuidados intensivos pediátricos. Reanimación cardiopulmonar en el niño. Monitorización en paciente crítico. Técnicas y procedimientos diagnósticos y terapéuticos en situaciones críticas. Shock en el niño. Ventilación invasiva y no invasiva en paciente crítico. Sedoanalgesia. Uso y monitorización de fármacos.

70. Patología del adolescente: enfermedades de transmisión sexual, embarazo, anticoncepción. Patología dermatológica. Problemas ortopédicos prevalentes en el adolescente. Promoción de la salud en el adolescente. El adolescente crónicamente enfermo.

71. Patología relacionada con la población inmigrante. Patología infecciosa. Anemias hemolíticas. Patología nutricional. Problemas psiquiátricos (problemas de adaptación psicosocial).

72. Recomendaciones para el niño y el adolescente que viaja (previas al viaje, problemas relacionados con el medio ambiente, vacunaciones, quimioprofilaxis).

73. Cuidados paliativos. Sedoanalgesia, manejo respiratorio y nutricional. Atención integral, centrada en la familia, con enfermedades graves. Conceptos éticos y legales.

74. Accidentes en la infancia: epidemiología, clínica y prevención. Manejo de los accidentes más frecuentes: quemaduras, heridas y traumatismos. Intoxicaciones por productos químicos y medicamentos.

75. Patología social. El niño maltratado. Tipos de maltrato infantil. Epidemiología, formas clínicas, diagnóstico. Abuso sexual. Conducta médico legal. Nuevas tecnologías.

Novena. Baremo.

I. Experiencia profesional.

La puntuación máxima que podrá obtenerse en el apartado I. Experiencia profesional será de veinte (20) puntos.

a) Por cada mes completo de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas dependientes de los Servicios de Salud, en instituciones sanitarias públicas adscritas al Sistema Nacional de Salud o en instituciones sanitarias públicas de cualquier administración pública española o de la Unión Europea/espacio económico europeo (dentro de la normativa de libre circulación de trabajadores), como facultativo de la especialidad a la que se concursa: cero con dieciséis (0,16) puntos.

b) Por cada mes completo de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas dependientes de los servicios de salud, en instituciones sanitarias públicas adscritas al sistema nacional de salud o en instituciones sanitarias públicas de cualquier administración pública española o de la Unión Europea/espacio económico europeo (dentro de la normativa de libre circulación de trabajadores), como facultativo de diferente especialidad a la que se concursa: cero con diez (0,10) puntos.

c) Por cada mes completo de servicios prestados en centros privados sanitarios y sociosanitarios españoles o de la unión europea (dentro de la normativa de libre circulación de trabajadores), como facultativo de la especialidad a la que se concursa: cero con cero dos (0,02) puntos.

d) Por cada mes completo de servicios prestados en centros no sanitarios del sector público español o de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo (dentro de la normativa de libre circulación de trabajadores), no incluido en los apartados anteriores, como facultativo de la especialidad a la que se concursa: cero con cero un (0,01) puntos.

e) Por cada mes completo de servicios prestados como facultativo en el ámbito asistencial o de coordinación y dirección en programas de cooperación internacional auspiciados por la Agencia Española de Cooperación para el Desarrollo o por entidad equivalente de los estados miembros de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo (dentro de la normativa de libre circulación de trabajadores) o de la Unión Europea: cero con cero dos (0,02) puntos.

f) Por la realización del período completo de formación como Residente del Programa MIR o bien un período equivalente -en España o en país extranjero- de formación teórica y práctica, a tiempo completo en centro hospitalario y universitario, o en establecimiento sanitario autorizado por las autoridades y organismos competentes y bajo su control, participando en la totalidad de las actividades y responsabilidades médicas del Servicio donde se imparta la formación, incluidas las guardias, y habiendo obtenido a cambio la remuneración apropiada (de conformidad, todo ello, con la Directiva 93/16/CEE para la formación de Especialistas): tres con seis (3,6) puntos.

Normas comunes para valorar la experiencia profesional.

1ª- A quienes hayan accedido al título de especialista al amparo del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, de la totalidad del ejercicio profesional, dentro del campo propio y específico de la especialidad, se les descontará en el periodo inicial del ejercicio el ciento setenta por ciento (170%) del tiempo de formación establecido para la especialidad en España. Este descuento no se producirá respecto de quienes hubieran obtenido el título de especialista de acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 1497/1999.

2ª- No podrán valorarse simultáneamente los servicios prestados en dos o más apartados. En caso de coincidencia en el mismo periodo de tiempo de distintos servicios prestados, valorables por distintos apartados del baremo, sólo se computará el más favorable. No obstante lo anterior, el tiempo contabilizado en el apartado e) también podrá contabilizarse en cualquiera de los otros apartados.

3ª- El tiempo de permanencia en la situación de excedencia por cuidado de familiares será tenido en cuenta a los efectos de su consideración como experiencia profesional en el apartado que corresponda.

4ª- Los servicios prestados se valorarán con independencia del vínculo estatutario, laboral o funcionarial que los ampare.

5ª- Los períodos de reducción de jornada serán valorados como servicios prestados a tiempo completo.

6ª- La acreditación de los servicios prestados incluidos en los diferentes apartados del mérito de la Experiencia Profesional, se llevará a cabo con la presentación del certificado expedido por el órgano competente de la Administración Pública o de la entidad correspondiente.

7ª- La acreditación de los servicios prestados en el ámbito privado se llevará a cabo con la presentación de copia del contrato con la empresa, el certificado de la vida laboral y la comprobación de que el periodo trabajado está amparado por la titulación requerida en la convocatoria.

En el caso de trabajo por cuenta propia, la acreditación requerirá la presentación de la certificación de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA), certificación de alta en el censo de empresarios, alta del establecimiento en el registro sanitario en su caso, así como el pago del impuesto de actividades económicas. Igualmente se exige la acreditación mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho de que la actividad profesional ha sido efectiva en el periodo alegado.

8ª- En caso de que los servicios prestados se expresen en horas, se contabilizarán de manera que ciento cuarenta (140) horas equivalgan a un mes.

9º- Se computarán en los apartados a) o b) que corresponda los servicios prestados en asignación provisional de funciones por el personal médico residente de último año, de conformidad con la Resolución de 17 de abril de 2020, de la Presidencia del Servicio Riojano de Salud, por la que se establece el régimen de asignación provisional de funciones propias de otros puestos de trabajo al personal residente, en aplicación de lo establecido en las Órdenes SND/232/2020 de 15 de marzo, y SND/299/2020 de 27 de marzo, del Ministerio de Sanidad, o normativa equivalente en el Sistema Nacional de Salud. Los citados servicios deberán estar prestados entre el 15 de marzo de 2020 y el 21 de junio de 2021 y debidamente certificados.

10ª- Para obtener el resultado global en cada sub-apartado se reducirán los diferentes períodos a días, se efectuará el sumatorio, la suma se dividirá entre treinta (30) y multiplicará por el valor correspondiente.

II. Formación.

La puntuación máxima que podrá obtenerse en el apartado II. Formación será de doce (12) puntos.

1. Expediente académico de los estudios de licenciatura o grado de la titulación oficial requerida para el acceso a la especialidad.

- Por cada matrícula de honor: uno con siete (1,7) puntos.

- Por cada sobresaliente: uno con cinco (1,5) puntos.

- Por cada notable: uno con dos (1,2) puntos.

Sólo se valorarán los obtenidos durante los estudios de la licenciatura o grado de las materias troncales, básicas y obligatorias.

No se tendrán en cuenta las asignaturas de libre configuración.

A efectos, y con el fin de homogeneizar la puntuación en función del número de asignaturas incluidas en los diferentes planes de estudios, la suma de las puntuaciones obtenidas por matrículas de honor, por sobresalientes y/o notables se dividirá por el número total de asignaturas de la carrera (solo contabilizando las materias troncales, básicas y obligatorias).

Será necesario que el certificado de notas recoja detalladamente las asignaturas, el carácter de las mismas y su correspondiente puntuación. En el caso de que el certificado no posibilite la valoración del expediente académico conforme a las reglas señaladas, se valorará con cero (0) puntos.

La valoración de las calificaciones de los expedientes académicos de títulos extranjeros correrá a cargo de la persona aspirante, que la realizará de acuerdo con la normativa o instrucciones dictadas por el Ministerio competente en materia de educación y/o universidades. Como documento certificativo se presentará «Declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios cursados en el extranjero» emitida por dicho ministerio, donde se indiquen las asignaturas, créditos, calificación y equivalencia en la escala española. Más información: Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros - Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades - Secretaría General de Universidades (sede.gob.es).

En su defecto, la Unidad de Valoración no valorará este apartado.

2. Títulos universitarios de postgrado.

2.1. Titulación universitaria de carácter oficial: titulaciones universitarias obtenidas al amparo de lo previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (en adelante, Real Decreto 1393/2007):

a) Titulación oficial de Máster, directamente relacionada con las competencias propias de la categoría profesional convocada: dos con cuatro (2,4) puntos.

b) Realización del programa de doctorado completo (créditos y suficiencia investigadora): dos con cuatro (2,4) puntos.

c) Título de Doctor/a: tres (3) puntos.

d) Título en Especialidades Médicas, Farmacéuticas, en Psicología Clínica o de las Multidisciplinares contempladas en el punto 5 del Anexo I del Real Decreto 183/2008, distinto del requerido para participar en el proceso selectivo: dos (2) puntos.

Los subepígrafes: b) y c) son excluyentes entre sí, de manera que sólo puntúa el más favorable.

2.2. Las titulaciones propias universitarias, de carácter no oficial (master propio, experto, etc.), y carácter sanitario, que estén acreditadas con sesenta (60) o más créditos ECTS, se valorarán con uno con ocho (1,8) puntos por titulación.

3. Formación continuada.

La puntuación máxima que podrá obtenerse en este apartado será ocho (8) puntos.

Formación sanitaria acreditada CFC/ECTS:

- Cursos acreditados CFC: cero con cero tres (0,03) puntos por crédito.

- Cursos acreditados ECTS: cero con cero tres (0,03) puntos por crédito.

Formación no acreditada:

Por la realización de cursos, talleres, seminarios formativos (clínicos, bibliográficos, interconsultas docentes) de carácter sanitario, siempre que cumplan alguna de estas características:

a) Que hayan sido organizados, impartidos, acreditados, certificados o reconocidos oficialmente en el ámbito de la Unión Europea por cualquier Administración Pública, y así conste en el correspondiente certificado.

b) Que estén realizados al amparo de los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas organizadas por cualquiera de los promotores de formación continua firmantes de dichos acuerdos y así conste en el correspondiente certificado.

La formación no acreditada se valorará con cero con cero tres (0,03) puntos cada diez (10) horas de formación.

Normas comunes a la formación continuada acreditada y no acreditada.

1ª- Solo se valorarán los cursos iniciados y finalizados con posterioridad a la fecha en que se esté en condiciones de obtener el título de médico especialista o de la certificación prevista en el artículo tres del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de médico de medicina general en el Sistema Nacional de Salud o equivalente.

2ª-La formación que haya sido finalizada en los últimos diez (10) años, y así conste en el correspondiente certificado hasta la fecha de finalización de la actividad formativa, se valorará al 100%, y la anterior al 50%.

3ª-Para el caso en que el certificado indique los créditos y las horas de duración, la valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.

III. Otros méritos.

La puntuación máxima que podrá obtenerse en el apartado III. Otros méritos, será de ocho (8) puntos.

1. Por trabajos científicos y de investigación: la puntuación máxima que podrá obtenerse en este apartado será cinco (5) puntos.

a) Revistas.

Por trabajos específicos y de investigación aparecidos en publicaciones y revistas sanitarias, siempre relacionados con la especialidad a la que se concursa, se valorara de acuerdo con los criterios siguientes:

- Por Publicaciones originales en artículos en revistas científicas (indexadas):

- Primer autor/a: cero con un (0,1) puntos.

- Resto autores/as: cero con cero ocho (0,08) puntos.

- Cuando la relación de autores/as esté ordenada alfabéticamente, para todos/as ellos/as: cero con cero ocho (0,08) puntos.

- Por Publicaciones originales o artículos en revistas científicas (no indexadas):

- Primer autor/a: cero con cero cinco (0,05) puntos.

- Resto de autores/as: cero con cero cuatro (0,04) puntos.

- Cuando la relación de autores/as esté ordenada alfabéticamente, para todos/as ellos/as: cero con cero cuatro (0,04) puntos.

Respecto a los trabajos publicados en revistas, será necesario presentar fotocopia de las hojas en las que conste el nombre de la revista, el título del trabajo, su autor, el depósito legal de la revista y el ISSN y la fecha de publicación.

b) Capítulo de libro (hasta un máximo de tres (3) capítulos de un mismo libro):

En relación con los capítulos de libros, directamente relacionados con la especialidad a la que se concursa, será suficiente presentar fotocopia de las hojas en que conste el título del libro, el título del capítulo, el autor, el depósito legal del libro y el ISBN y la fecha de publicación.

- Primer autor/a: cero con cero ocho (0,08) puntos.

- Resto autores/as: cero con cero sesenta y cuatro (0,064) puntos.

- Cuando la relación de autores/as esté ordenada alfabéticamente, para todos/as ellos/as: cero con cero sesenta y cuatro (0,064) puntos.

c) Libro de único o varios autores o coordinador de obra de varios autores:

En relación con los libros, directamente relacionados con la especialidad a la que se concursa, será suficiente presentar fotocopia de las hojas en las que conste el título del libro, el sumario o índice, su autor, su depósito legal y el ISBN y la fecha de publicación.

- Primer autor/a o coordinador/a: cero con cuatro (0,4) puntos.

- Resto autores/as: cero con treinta y dos (0,32) puntos.

- Cuando la relación de autores/as esté ordenada alfabéticamente, para todos/as ellos/as: cero con treinta y dos (0,32) puntos.

d) Por presentación de comunicaciones a Congresos Regionales, Nacionales o Internacionales de la Especialidad a la que se concursa, por cada comunicación: cero con cero tres (0,03) puntos.

2. Por cada mes completo de servicios prestados como profesor/a de acuerdo con la normativa universitaria vigente, en la Facultad de Biología, Bioquímica, Farmacia, Medicina o Química: cero con cero un (0,01) puntos.

3. Por la realización de funciones docentes a postgraduados en formación sanitaria especializada, de la especialidad a la que se concursa, en entidades con acreditación docente:

- Por cada año como docente tutor: cero con dos (0,2) puntos.

- Por cada año como colaborador docente: cero con cero setenta y cinco (0,075) puntos.

4. Por la participación docente en actividades formativas acreditadas dirigidos a postgraduados en materias relacionadas con la profesión médica; o por la participación docente en actividades formativas para postgraduados impartidas por Entidades Públicas acreditadas para la docencia por la Administración Pública competente: cero con cero cero cuatro (0,004) puntos por hora impartida.

5. Por cada mes completo de servicios prestados en los Servicios de Salud, en las Administraciones Públicas españolas, en las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea/Espacio Económico Europeo (dentro de la normativa de libre circulación de trabajadores) o de la Unión Europea, desempeñando funciones relativas a la ordenación, planificación, dirección o gestión de servicios sanitarios: cero con cero veinticinco (0,025) puntos.

El cómputo en este punto será incompatible, para el mismo período, con la puntuación en el apartado I. Experiencia profesional.

6. Por participación en Comisiones Técnicas Hospitalarias con regulación normativa y designación oficial, por cada año y Comisión: cero con dos (0,2) puntos hasta un máximo de un (1) punto.

7. Por la participación en becas y proyectos de investigación en el campo de la salud, con financiación competitiva a cargo de organismos oficiales: cero con cinco (0,5) puntos por proyecto de investigación, con un máximo de un (1) punto.

Normas comunes para valorar otros méritos.

1º- En caso de que los méritos se expresen en horas, se contabilizarán de manera que ciento cuarenta (140) horas equivalgan a un mes.

2º- Para obtener el resultado global en cada subapartado se reducirán los diferentes períodos a días, se efectuará el sumatorio, la suma se dividirá entre treinta (30) y multiplicará por el valor correspondiente.


IV. Norma general de cómputo.

Todas las operaciones del modelo de autovaloración se realizarán a cuatro decimales.

V. Baremo adicional para la promoción interna.

La puntuación máxima que podrá obtenerse por este apartado será de seis (6) puntos.

Quienes accedan a las pruebas selectivas por promoción interna podrán obtener una puntuación adicional de hasta un quince por ciento (15%) de la puntuación máxima establecida en la fase de concurso, por la valoración de méritos, conforme se especifica a continuación:

Por cada mes completo de servicios prestados en propiedad en plazas de otras categorías de personal estatutario en Instituciones Sanitarias Públicas del Sistema Nacional de Salud: cero con diez (0,10) puntos.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja; contra la misma podrá Interponerse recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Servicio Riojano de Salud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2 a) 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Logroño a 6 de junio de 2025.- La Directora de Recursos Humanos, Begoña Lema de Pablo.







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