DELEGACIÓN: en la persona titular de Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, la Presidencia de la Comisión Interinstitucional de Bienestar Social
Resolución 38/2025, de 6 de octubre, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se delega en la persona titular de Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, la Presidencia de la Comisión Interinstitucional de Bienestar Social.
Hechos y fundamentos de derecho.
1.-El artículo 1 del Decreto 47/1996, de 30 de agosto, por el que se crea, adscrita a la Consejería de Salud y Políticas Sociales, la Comisión Interinstitucional de Bienestar Social, al objeto de conseguir una política integral de bienestar social, como órgano de coordinación y cooperación entre las distintas Consejerías del Gobierno de La Rioja.
2.-El artículo 3 del Decreto 47/1996, de 30 de agosto, por el que se crea la Comisión Interinstitucional de Bienestar Social, que atribuye la Presidencia de la misma a la persona titular de la Consejería de Salud y Políticas Sociales o persona en quien delegue.
3.-La necesidad de coordinar de forma continua actuaciones del ámbito de servicios sociales entre las consejerías con competencias relacionadas con el bienestar social y con el fin de dotar de mayor celeridad y agilidad al funcionamiento de la Comisión Interinstitucional, se procede a hacer uso de la facultad de delegación de conformidad con los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 21 y 22 de la Ley 4/2005, de 1 junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Visto lo anterior se dicta la siguiente,
RESOLUCIÓN
Primero.
Se delega en la persona titular de Dirección General de Servicios Sociales e Instituto de Igualdad, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, la Presidencia de la Comisión Interinstitucional de Bienestar Social.
Segundo. Régimen de delegación.
El ejercicio de las competencias que se delegan se ajustará a lo dispuesto en los artículos 8 a 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 21, 22 y 53.2 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero. Efectos.
La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 6 de octubre de 2025.- La Consejera de Salud y Políticas Sociales, María Martín Díez de Baldeón.