Anuncio de aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 9/2025
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Ezcaray de fecha 12 de noviembre de 2025, sobre aprobación inicial de la modificación presupuestaria 9/2025, en la modalidad de suplemento de crédito.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias es el siguiente:
| Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Suplemento de Crédito | Créditos finales | |
| Progr. | Económica | ||||
| 312 | 22107 | Mantenimiento del centro de salud | 20.000 | 12.000 | 32.000 |
| 326 | 22710 | Contrato gestión escuela infantil | 105.000 | 48.000 | 153.000 |
| 333 | 221 | calefacción biblioteca, oficina de turismo y teatro | 25.000 | 10.000 | 35.000 |
| 334 | 22699 | Cultura | 53.150 | 25000 | 78.150 |
| 338 | 22602 | Festejos | 81.000 | 30.000 | 111.000 |
| 342 | 22108 | Polideportivo y piscinas | 36.000 | 25.000 | 61.000 |
| Total | 320.150 | 150.000 | 470.150 | ||
| Aplicación Económica | Descripción | Créditos iniciales | Modificación pretendida |
| 870.00 | Remanente de tesorería para gastos generales | 0,00 | 150.000 |
Contra el presente Acuerdo de modificación presupuestaria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Ezcaray a 9 de diciembre de 2025.- El Alcalde-Presidente, Diego Antonio Bengoa de la Cruz.