SUBVENCIONES: concesión de premios a la excelencia académica destinados a graduados universitarios en el curso 2023/2024
Resolución 93/2025, de 9 de diciembre, de la Consejería de Educación y Empleo, de concesión de Premios a la Excelencia Académica destinados a graduados universitarios en el curso 2023/2024.
Mediante Resolución 59/2025, de 1 de septiembre, de la Consejería de Educación y Empleo, se convocan los Premios a la Excelencia Académica destinados a graduados universitarios en el curso 2023/2024, convocatoria que se dicta de conformidad con la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de Premios a la Excelencia Académica destinados a graduados universitarios.
Publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja de 11 de septiembre de 2025, los interesados contaron con un plazo de veinte días hábiles para la presentación de instancias, plazo durante el cual se recibieron un total de treinta y nueve solicitudes.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8 de la Resolución 59/2025, de 1 de septiembre, el órgano instructor del procedimiento será la Viceconsejería de Educación, Universidades y Formación Profesional.
Conforme al artículo 22.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la evaluación de las solicitudes fue realizada por la Comisión de evaluación prevista en el artículo 10 de la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo. De dicha evaluación la comisión dejó constancia en acta de 7 de noviembre de 2025 y en informe de la misma fecha.
El artículo 11 de la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo, establece los criterios de concesión, determinando que éstos serán meramente académicos, ateniendo a la nota media de los estudios cursados para la obtención del título universitario, calculada de la forma descrita en el citado artículo.
De acuerdo con la valoración efectuada por la comisión de evaluación, con fecha 10 de noviembre de 2025, el órgano instructor dictó propuesta de resolución provisional, la cual, de conformidad con el artículo 12.2 de la Orden EDE/39/2024, fue publicada en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones. Contra dicha propuesta no se han presentado alegaciones.
Según dispone el artículo 12.4 de la precitada Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo, concluida la fase de alegaciones, y tras el examen de estas, el órgano instructor elaborará la propuesta de resolución definitiva, que contendrá la relación de personas solicitantes para las que se propone la concesión de los Premios a la Excelencia Académica con la cuantía dotada, especificando su evaluación y los criterios tenidos en cuenta.
De conformidad con el apartado 4 de la Resolución 59/2025, de 1 de septiembre, de la Consejería de Educación y Empleo, la cuantía máxima de cada premio será de tres mil euros (3.000 euros), siendo idénticos entre sí los importes correspondientes a cada uno de los premios.
En aplicación del artículo 15 de la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo, la obtención de los Premios no requerirá más justificación que la acreditación por las personas beneficiarias del cumplimiento de los requisitos establecidos en la citada orden, sin perjuicio de los controles que puedan realizarse para la verificación de tales extremos.
Para hacer frente a este gasto, en el estado de gastos de los Presupuestos Generales de La Rioja para 2025, aprobados por Ley 5/2024, de 30 de diciembre, existe crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 2025.08.00.3225.480.02.
La presente línea de subvenciones se encuentra recogida en la Resolución 62/2025, de 15 de septiembre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se aprueba la refundición y modificación del Plan Estratégico de Actuaciones 2024-2026 (Boletín Oficial de La Rioja de 19 de septiembre de 2025), como, Viceconsejería de Educación, Universidades y Formación Profesional, Programa 3225. Enseñanza universitaria, 6. Premios a la excelencia académica destinados a graduados universitarios.
De conformidad con el artículo 13 de la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo, una vez evaluada la propuesta de resolución definitiva, la Consejería con competencias en materia de universidad u órgano en quien delegue, dictará y notificará, en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la resolución de convocatoria, resolución expresa que será publicada en el Boletín Oficial de La Rioja.
Conforme al Decreto 53/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo esta Consejería es el órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja al que le corresponde el ejercicio, entre otras, de las competencias en universidad y política científica.
De acuerdo con el artículo 14.2 i) del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas cuya cuantía acumulada, para el mismo objeto subvencionable, no supere por perceptor y año, la cantidad de 3.000 euros, quedan exonerados de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas a los demás recursos de naturaleza pública cuya recaudación corresponda a la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El informe favorable de Intervención Delegada en la Consejería de Educación y Empleo de fecha 3 de diciembre de 2025.
En virtud de lo expuesto, el Consejero de Educación y Empleo, en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Orden EDE/39/2024, de 31 de mayo,
RESUELVE
Primero. Excluir las siguientes solicitudes por no cumplir los requisitos establecidos:
| Expediente | Nombre | Titulación | Rama | Causa de exclusión |
| PR2023/137 | Laura Gómez Terroba | Grado en Medicina | Ciencias de la Salud | Nota media |
| PR2023/146 | Celia Ojeda Orive | Grado Enfermería | Ciencias de la Salud | Nota media |
| PR2023/156 | Tomás Cigüela Clavijo | Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte | Ciencias de la Salud | Nota media |
| PR2023/125 | Silvia Martínez Cebollero | Grado en Geografía y Ordenación del Territorio | Ciencias Sociales y Jurídicas | Nota media |
| PR2023/138 | Susana Carrasco Velasco | Grado en Turismo | Ciencias Sociales y Jurídicas | Nota media |
| PR2023/142 | Jose María Rodríguez Ramos | Grado en Administración y Dirección de Empresas | Ciencias Sociales y Jurídicas | Nota media |
| PR2023/150 | Pablo Ibáñez Santamaría | Grado en Educación Primaria | Ciencias Sociales y Jurídicas | Nota media |
| PR2023/158 | Ruth García Madorrán | Grado en Trabajo Social | Ciencias Sociales y Jurídicas | Nota media |
| PR2023/160 | Adriana Grijalba Espiga | Grado en Educación Primaria | Ciencias Sociales y Jurídicas | Nota media |
| PR2023/162 | Verónica Arecha Gracia | Grado en Educación Primaria | Ciencias Sociales y Jurídicas | Nota media |
| PR2023/164 | Marta Fernández Morga | Grado en Educación Primaria | Ciencias Sociales y Jurídicas | Nota media |
| PR2023/126 | Luis García García | Grado en Fundamentos de la Arquitectura | Ingeniería y Arquitectura | No haber finalizado los estudios en el curso 23/24 |
| PR2023/127 | Martin Sebastián Berdini Mateo | Ciencia de Datos Aplicada / Applied Data Science | Ingeniería y Arquitectura | No haber finalizado los estudios en el curso 23/24 |
| PR2023/147 | Mario Varea Medrano | Grado en Ingeniería Eléctrica | Ingeniería y Arquitectura | Nota media |
| PR2023/161 | Mar Lalinde Ezquerro | Grado en Arquitectura Técnica | Ingeniería y Arquitectura | No haber finalizado los estudios en el curso 23/24 |
Segundo. Conceder los Premios a la Excelencia Académica destinados a graduados universitarios durante el curso académico 2023/2024 por importe de tres mil euros (3.000 euros) cada uno a los siguientes solicitantes:
| Rama | Nombre | DNI | Nota |
| Artes y humanidades | Alba del Rey Alonso | ***9646** | 9,290 |
| Ciencias | César Merino Allona | ***3699** | 9,540 |
| Ciencias de la salud | Carlota Campos Angulo | ***8795** | 9,216 |
| Ciencias sociales y jurídicas | Blanca López Ruiz | ***4417** | 9,471 |
| Ingeniería y arquitectura | Jorge Javier Ilarraza Zuazo | ***4290** | 9,160 |
| Mejor expediente | Adriana Martínez del Barrio | ***7892** | 9,450 |
| Iván Olagarray Benito | ***8865** | 9,367 | |
| David Varona Ramírez | ***8477** | 9,233 | |
| Judith Oses Marcos | ***8715** | 9,160 |
Tercero. Denegar las siguientes solicitudes:
| Rama | Nombre | DNI | Nota |
| Artes y Humanidades | Andrea Méndez Escribano | ***3020** | 9,130 |
| Artes y Humanidades | Carla Marzo Aguirre | ***4367** | 9,090 |
| Ciencias Sociales y Jurídicas | Ana Ciria Díaz | ***8885** | 9,030 |
| Ciencias | Oscar Coloma Coloma | ***3522** | 8,890 |
| Ingeniería y Arquitectura | Laura Moreno Resa | ***9914** | 8,710 |
| Ingeniería y Arquitectura | Gonzalo Ibáñez Torija | ***7995** | 8,693 |
| Ciencias | Alba Díaz San Martín | ***4175** | 8,560 |
| Ingeniería y Arquitectura | Paula de Blas Rioja | ***2997** | 8,420 |
| Ciencias | Javier Morras San Pedro | ***4360** | 8,289 |
| Ingeniería y Arquitectura | Guillermo Fernández Baroja | ***8753** | 8,285 |
| Ciencias | Ander Gutiérrez Andrés | ***9676** | 8,190 |
| Ingeniería y Arquitectura | Diego de la Torre Gutiérrez | ***7687** | 8,158 |
| Ciencias | Noelia Osés Jadraque | ***8758** | 8,101 |
| Ingeniería y Arquitectura | Héctor Delgado Muro | ***3134** | 8,080 |
| Ciencias | Lucía Barreras Calleja | ***9115** | 8,016 |
Cuarto. Disponer el gasto, con cargo a la partida presupuestaria 2025.08.00.3225.480.02, un gasto por importe de veintisiete mil euros (27.000 euros), destinado a la concesión de los nueve (9) Premios a la Excelencia Académica anteriormente indicados, expidiéndose al efecto el correspondiente documento contable 'D'.
Quinto. Publicar la concesión de los Premios a la Excelencia Académica en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 de la Orden EDE/39/2024, de 13 de mayo, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Sin perjuicio de lo anterior, contra la resolución cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, en los términos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Logroño a 9 de diciembre de 2025.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.