Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal de residuos sólidos urbanos
El Pleno de esta entidad, en sesión de 17 de noviembre de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal de residuos sólidos urbanos (recogida, transporte y gestión de residuos y biorresiduos), tal y como se transcribe mas adelante, y no habiéndose presentada reclamaciones contra el mismo en el plazo de treinta días de exposición al publico del expediente, efectuado mediante anuncio fijado en el tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 225, de fecha 19 de noviembre de 2025, queda definitivamente aprobado dicha ordenanza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia resolución corporativa.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4. del Real Decreto Legislativo 2/2004, a continuación, se inserta el texto integro de la modificación de la citada ordenanza fiscal, elevada ya a definitiva a todos los efectos legales.
Contra dicho acuerdo y ordenanza fiscal podría interponerse, de conformidad con el artículo 19 de referido Real Decreto Legislativo 2/2004, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establece la ley reguladora de dicha jurisdicción.
José Luis Alonso Tejada, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Azofra en régimen de acumulación,
Certifico,
Que el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 17 de noviembre de 2025 adopto, entre otros, el siguiente
ACUERDO
Con arreglo al informe redactado por José Luis y después de un amplio cambio de intervenciones por los corporativos, sometido a votación el punto del orden del día, es aprobado por unanimidad, concretado en los siguientes términos:
- Viviendas de carácter familiar: 110 euros/año.
- Bares, cafeterías, fondas, casas rurales, hoteles, tiendas, bodegas e industrias varias: 150 euros/año.
- Varios (merenderos) en suelo urbano: 50 euros/año.
- No tributan los solares.
Azofra a 30 de diciembre de 2025.- El Alcalde-Presidente, Aurelio Cantera Montoya.