Gobierno de La Rioja

Núm. 253
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 31 de diciembre de 2025
AYUNTAMIENTO DE AZOFRA
III..4906

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal de abastecimiento de agua potable

El Pleno de esta Entidad, en sesión de 17 de noviembre de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal de abastecimiento de agua potable, tal y como se transcribe más adelante, y no habiéndose presentada reclamaciones contra el mismo en el plazo de treinta días de exposición al público del expediente, efectuado mediante anuncio fijado en el tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 225, de fecha 19 de noviembre de 2025, queda definitivamente aprobado dicha ordenanza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia resolución corporativa.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4. del Real Decreto Legislativo 2/2004, a continuación, se inserta el texto íntegro de la modificación de la citada ordenanza fiscal, elevada ya a definitiva a todos los efectos legales.

Contra dicho acuerdo y ordenanza fiscal podría interponerse, de conformidad con el artículo 19 de referido Real Decreto Legislativo 2/2004, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establece la ley reguladora de dicha jurisdicción.

José Luis Alonso Tejada, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Azofra en régimen de acumulación,

Certifico,

Que el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 17 de noviembre de 2025 adopto, entre otros, el siguiente

ACUERDO

Con arreglo al informe redactado por José Luis y después de un amplio cambio de intervenciones por los corporativos, sometido a votación el punto del orden del día es aprobado por unanimidad, concretado en los siguientes términos:

- Los derechos de acometida (enganche, colocación y utilización): 100 euros.

- Cuotas tributarias:

a. Consumo de 0 a 30 m3: 0,28 euros/m3, revisable según tarifa del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja.

b. Consumos superiores a 31 m3: 0,28 euros/m3, revisable según tarifa del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja.

- No se cobra por alquiler de contador.

- Por el cambio de contador: 60 euros, revisable anualmente según IPC.

Azofra a 30 de diciembre de 2025.- El Alcalde-Presidente, Aurelio Cantera Montoya.

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