Aprobación definitiva de la modificación de varias ordenanzas fiscales
El Pleno de esta Entidad, en sesión de 17 de noviembre de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal (vehículos de tracción mecánica, albergue de peregrinos, alcantarillado, cementerio, guardería rural y fomento a la agricultura, residuos sólidos urbanos y abastecimiento de agua potable), tal y como se transcribe más adelante, y no habiéndose presentada reclamaciones contra el mismo en el plazo de treinta días de exposición al público del expediente, efectuado mediante anuncio fijado en el tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 225, de fecha 19 de noviembre de 2025, queda definitivamente aprobado dicha ordenanza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia resolución corporativa.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4. del Real Decreto Legislativo 2/2004, a continuación, se inserta el texto íntegro de la modificación de la citada ordenanza fiscal, elevada ya a definitiva a todos los efectos legales.
Contra dicho acuerdo y ordenanza fiscal podría interponerse, de conformidad con el artículo 19 de referido Real Decreto Legislativo 2/2004, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establece la ley reguladora de dicha jurisdicción.
José Luis Alonso Tejada, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Azofra en régimen de acumulación,
Certifico,
Que el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 17 de noviembre de 2025 adopto, entre otros, el siguiente
ACUERDO
Con arreglo al informe de José Luis y sometido a votación el punto del orden del día, es aprobado por unanimidad y, en consecuencia, se aprueba aplicar el IPC anual según publicación del INE a las siguientes ordenanzas fiscales municipales: IVTM, albergue de peregrinos, alcantarillado, cementerio municipal, fomento de agricultura y guardería rural, residuos sólidos urbanos y abastecimiento de agua potable.
Azofra a 30 de diciembre de 2025.- El Alcalde-Presidente, Aurelio Cantera Montoya.