Gobierno de La Rioja

Núm. 8
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 14 de enero de 2026
AYUNTAMIENTO DE ARRÚBAL
III..82

Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles 2025

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Arrúbal de fecha 14 de noviembre de 2025, de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles-Año 2025, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Artículo 16. Recaudación.

La recaudación de este impuesto se llevará a cabo a través del servicio de Recaudación Tributaria de la Comunidad Autónoma en la forma, plazo y condiciones que se establecen en las disposiciones vigentes en cada momento.

El cobro de este Impuesto se efectuará en los siguientes plazos:

- Para Bienes inmuebles de naturaleza urbana: el cobro se realizará en un único recibo anual, correspondiendo con el cuarto periodo de cobro voluntario comprendido entre los meses de septiembre y noviembre.

- Para Bienes inmuebles de naturaleza rustica: el cobro se realizará en un único recibo anual, correspondiendo con el cuarto periodo de cobro voluntario comprendido entre los meses de septiembre y noviembre.

- Para Bienes inmuebles de características especiales: el cobro se realizará en un único recibo anual, correspondiendo con en el tercer periodo de cobro voluntario comprendido entre los meses de julio y septiembre.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Arrúbal a 12 de enero de 2026.- El Alcalde-Presidente, Rubén Sancho Burgos.

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