Aprobación definitiva de la derogación de la ordenanza municipal reguladora de la utilización de la estación municipal de autobuses
No habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de 22 de diciembre de 2025 de aprobación inicial de la derogación de la ordenanza municipal reguladora de la utilización de la Estación Municipal de Autobuses de Calahorra, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 251 de 29 de diciembre de 2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 49, de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, se eleva a definitivo dicho acuerdo, insertándose a continuación el texto del acuerdo de aprobación inicial, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 70.2 entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la citada Ley 7/1985.
Contra dicho acuerdo podrá interponerse, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso - administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establece la vigente Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
Calahorra a 11 de febrero de 2026.- La Alcaldesa-Presidenta, Mónica Mercedes Arceiz Martínez.
María Belén Revilla Grande, Secretaria General del Ayuntamiento de Calahorra (La Rioja), certifico que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada en fecha 22 de diciembre de 2025 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Expediente 6/2025/AY-OYR - Aprobación inicial de la derogación de la ordenanza municipal reguladora de la utilización de la Estación Municipal de Autobuses de Calahorra
Vista la providencia de Alcaldía de fecha 15 de diciembre de 2025, por la que se acuerda iniciar expediente para la derogación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización de la Estación Municipal de Autobuses de Calahorra, cuyo texto definitivo fue publicado en el Boletín Oficial de La Rioja de 26/10/1995.
Visto que el Ayuntamiento de Calahorra, en el mismo día de la fecha, esto es, el día 15 de diciembre de 2025, ha acordado el inicio de la prestación de servicio público y puesta en funcionamiento de la nueva Estación de Autobuses destinada al tráfico intermodal, conforme al Reglamento Regulador del Servicio Público de Estación de viajeros de Calahorra. Expte. 6/2024/AY-OYR, cuya aprobación definitiva tuvo lugar en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 54 de 19 de marzo de 2025 y cuya entrada en vigor se produjo el día 10 de abril de 2025.
Visto el informe de la Secretaria General de la Corporación.
Visto el dictamen de la Comisión Informativa de Personal y Seguridad en sesión de fecha 16 de diciembre de 2025.
El Pleno del Ayuntamiento por unanimidad de los veinte miembros asistentes de los veintiuno que de derecho y hecho integran la Corporación,
ACUERDA
Primero. Aprobar inicialmente la derogación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización de la Estación Municipal de Autobuses de Calahorra publicada en el Boletín Oficial de La Rioja de 26 de octubre de 1995.
Segundo. Someter dicha derogación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de las personas interesadas, con publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días hábiles para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Simultáneamente, publicar el acuerdo y el texto de la Ordenanza municipal en el portal web del Ayuntamiento con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Tercero. Recabar directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.
Cuarto. Facultar a la Alcaldesa para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.