Aprobación definitiva del presupuesto general 2026
De conformidad con lo preceptuado por los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y habida cuenta de que el Pleno del Ayuntamiento de Arenzana de Abajo, en el punto 2º del orden del día de la sesión ordinaria celebrada el 31 de diciembre de 2026, adoptó acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general municipal de esta entidad para el ejercicio de 2026, no habiendo sido presentada reclamación alguna contra el mismo, en virtud de lo preceptuado por los artículos 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se entiende elevada a definitiva la aprobación inicial del presupuesto general municipal del Ayuntamiento de Arenzana de Abajo para el ejercicio 2026, sin modificaciones sobre el inicial, insertándose el mismo resumido por capítulos:
| Estado de ingresos | ||
| Capítulo | Denominación | Importe/euros |
| 1 | Impuestos directos | 140.500 |
| 2 | Impuestos indirectos | 5.000 |
| 3 | Tasas, precios públicos y otros ingresos | 72.500 |
| 4 | Transferencias corrientes | 123.500 |
| 5 | Ingresos patrimoniales | 13.100 |
| 6 | Enajenación de inversiones reales | 20.000 |
| 7 | Transferencias de capital | 77.700 |
| 8 | Activos financieros | 0 |
| 9 | Pasivos financieros | 0 |
| Total ingresos | 452.300 | |
| Estado de gastos | ||
| Capítulo | Denominación | Importe/euros |
| 1 | Gastos de personal | 102.200 |
| 2 | Gastos corrientes en bienes y servicios | 152.300 |
| 3 | Gastos financieros | 200 |
| 4 | Transferencias corrientes | 61.600 |
| 6 | Inversiones reales | 135.000 |
| 7 | Transferencias de capital | 1.000 |
| 8 | Activos financieros | 0 |
| 9 | Pasivos financieros | 0 |
| Total gastos | 452.300 |
Así mismo, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local se hace pública la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, aprobada junto con el Presupuesto General Municipal para el ejercicio 2026.
| A) Puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera | ||||
| Denominación | Nº | Vacantes | Grupo | Nivel C.D. |
| 1. Habilitación de carácter nacional | ||||
| 1.1 Secretaría-Intervención-Tesorería | 1 | 1 | A1 | 26 |
| 2. Escala Administrativa | ||||
| 2.1. Auxiliar Administrativo | 1 | 0 | C2 | 18 |
| B) Puestos de trabajo sujetos a legislación laboral | ||||
| Denominación | Nº | Lab.Ind. | Vacantes | Grupo de Cotización |
| Operarios de Servicios Múltiples | 1 | 1 | 1 | 10 |
Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado por los artículos 112.3 y 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 20.3 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril.
Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativo por los legitimados según lo preceptuado por el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con arreglo a los motivos expuestos en el número 2 del mismo artículo, según lo preceptuado por el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de dos meses.
Arenzana de Abajo a 13 de febrero de 2026.- El Alcalde-Presidente, Julio Francia Ojeda.