Gobierno de La Rioja

Núm. 45
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 6 de marzo de 2026
CONSEJERÍA DE HACIENDA, GOBERNANZA PÚBLICA, SOCIEDAD DIGITAL Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
II..280

OPERARIO: relación definitiva de personas aprobadas y vacantes a elegir (LA.49/21-23)

Resolución 468/2026, de 4 de marzo, de la Dirección General de Función Pública por la que se hace pública la relación definitiva de personas aprobadas y la relación de vacantes a elegir por las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas para la provisión de plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja correspondientes a la categoría profesional de Operario (LA. 49/21-23)

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]


Visto:

1.- La Resolución 2967/2024, de 23 de diciembre de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Boletín Oficial de la Rioja número 255, de 30 de diciembre de 2024), se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja correspondientes a la categoría profesional de Operario (LA.49/21-23).

2.- La relación definitiva de personas aprobadas formulada el 21 de noviembre de 2025, por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión de plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja correspondientes a la categoría profesional de Operario (LA.49/21-23).

3.- La relación de vacantes a elegir por las personas aspirantes incluidas en la relación definitiva de aprobados de dichas pruebas selectivas, de conformidad con las bases 8.3 y 10.1 de la anteriormente citada resolución por la que se convocaron las referidas pruebas selectivas, remitidas el 23 de febrero de 2026.

El Director General de Función Pública, en uso de las facultades conferidas en el artículo 17.d) del Decreto 51/2023, de 14 de julio (Boletín Oficial de La Rioja número 145, de 17 de julio de 2023), por el que se establece la estructura orgánica y funciones de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2023, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

RESUELVE

Primero. Hacer pública la relación definitiva de personas aprobadas de las pruebas selectivas para la provisión de plazas laborales vacantes correspondientes a la categoría profesional de Operario (LA.49/21-23). que figura como anexo I a la presente resolución.

Segundo. Las personas aspirantes incluidas en la relación definitiva de personas aprobadas deberán presentar en el plazo de veinte días hábiles, (20) a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución, la siguiente documentación:

a) Copia del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjeros. En el supuesto de cónyuge y descendientes de españoles o de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, deberán presentar documento expedido por las autoridades competentes que acredite el vínculo de parentesco y, en su caso, declaración jurada o promesa de la persona española o del nacional de la Unión Europea con el que existe ese vínculo, de que no está separado o separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. En el caso de que el aspirante hubiera autorizado al órgano gestor a la comprobación del Documento Nacional de Identidad en la solicitud de participación al proceso selectivo, a través de la plataforma de intermediación de datos, no será necesario aportar la copia auténtica del mismo.

b) Copia del documento de afiliación al Sistema de la Seguridad Social en caso de ser titular del mismo.

c) Copia del título exigido en la base 2.1.c) de esta resolución o del documento acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición del título. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.

Solo para titulaciones obtenidas en España y, en el caso, de haber autorizado la verificación de las mismas, no será necesario aportar esta documentación.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las administraciones públicas o de órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para empleos o cargos públicos, así como no tener la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional, en la Comunidad Autónoma de La Rioja, a cuyas pruebas selectivas se refiere la presente convocatoria. En el caso de aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos o sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso al empleo público.

e) Certificado médico expedido por el servicio de prevención de riesgos laborales de la Dirección General de Función Pública, calle San Juan Pablo II, número 2 de Logroño. A estos efectos, las personas aspirantes seleccionadas deberán personarse en dicho servicio en la fecha y hora que se les comunique para la realización del correspondiente reconocimiento.

f) Quienes presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33% deberán presentar certificación expedida por los órganos competentes en materia de servicios sociales que acredite tal condición e igualmente deberán presentar certificación de dichos órganos o del citado servicio de prevención de riesgos laborales, acreditativa de la compatibilidad para el ejercicio de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

g) Ante la posibilidad de que pueda desempeñar algún puesto de trabajo que implique contacto habitual con menores, se deberá aportar certificado negativo de delitos de naturaleza sexual expedido por Ministerio de Justicia. En el caso de que la persona aspirante hubiera autorizado al órgano gestor a la comprobación del citado certificado negativo, en la solicitud de participación al proceso selectivo, a través de la plataforma de intermediación de datos, no será necesario aportar el mismo.

Si no hubiera autorizado al órgano gestor a la consulta al del citado certificado, deberá aportarlo. Podrá solicitarlo en el siguiente enlace:

https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/certificado-registro-central

En el caso de personas extranjeras no comunitarias o que posean otra nacionalidad, además de la española, de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, deberán aportar también una certificación negativa de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional. En el caso de personas extranjeras cuyos países no dispongan de un Registro de antecedentes penales, deberán presentar una certificación consular de buena conducta. Si la certificación solicitada no se encuentra redactada en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada.

Asimismo, aunque las personas aspirantes hubieran autorizado al órgano gestor a la comprobación de la información necesaria para la verificación del cumplimiento de los requisitos, también deberán aportar la documentación indicada en los apartados a) y c) cuando no pueda recabarse del organismo competente, por no estar disponible en las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, o por otras circunstancias debidamente justificadas.

La presentación de la documentación deberá efectuarse de forma electrónica a través de la siguiente dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico) siguiendo la siguiente secuencia: 'Oposiciones', 'Administración General', 'Procesos Selectivos OEP 2021'.

Si se tuviera la condición de personal funcionario interino o personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja no se precisará aportar aquellos documentos señalados en el punto anterior que fueron ya presentados para obtener tal condición.

Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la resolución de convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Si dentro del plazo fijado no se presentase la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Tercero. Las personas aspirantes deberán realizar la petición de destino en el modelo de solicitud que aparece publicado en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico) siguiendo la siguiente secuencia: 'Oposiciones', 'Administración General', 'Procesos Selectivos OEP 2021', indicando por orden de preferencia la vacante a las que desea ser adscrita. La solicitud se efectuará en el plazo señalado en el apartado segundo de esta resolución y se presentará junto a la documentación señalada en el mismo.

Cuarto. La adjudicación de destino para las personas aspirantes seleccionadas se efectuará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 78/1991, de 28 de noviembre, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y el artículo 35 de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El destino adjudicado tendrá carácter definitivo, equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso.

En caso de que alguna persona aspirante no resulte adjudicataria del destino solicitado o no hubiera solicitado destino alguno en el plazo señalado, se le adjudicará uno de los vacantes.

Quinto. Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de vacantes, se procederá a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del nombramiento como personal funcionario de carrera de la personas aspirantes que hayan presentado en tiempo y forma la documentación exigida, con indicación del destino adjudicado.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 4 de marzo de 2026.- El Director General de la Función Pública, Ángel Sainz Yangüela.

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