Gobierno de La Rioja

Núm. 103
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 2 de junio de 2026
AYUNTAMIENTO DE AGONCILLO
III..2190

Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 3/2026

En ausencia de reclamaciones ha quedado elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 2026, de aprobación del expediente número 3/2026 de modificación de créditos del Presupuesto Municipal para el ejercicio de 2026, en las modalidades de suplementos de créditos y créditos extraordinarios financiados con cargo a remanente líquido de tesorería, así como con mayores ingresos, con arreglo al siguiente detalle:

Suplementos de créditos:

Modificaciones en el estado de gastos:

     Capítulo      Denominación Importe/euros
I Gastos de personal 22.643,43
II Gastos corrientes en bienes y servicios                            27.000,00
VI Inversiones Reales 130.750,00
  Total aumentos en el Estado de Gastos 180.393,43

Esta modificación se financia con cargo al Remanente Líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Alta en conceptos de ingresos:

     Capítulo      Denominación Importe/euros
VII Transferencias de capital 15.000,00
VIII Activos financieros 165.393,43
  Total aumento en Estado de Ingresos                               180.393,43

Lo que se hace público a efectos de lo previsto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el artículo 20.3 en relación con el 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Los interesados que se refiere el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán interponer directamente contra la aprobación definitiva de este expediente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja.

A tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la aplicación del acto impugnado.

Agoncillo a 29 de mayo de 2026.- La Alcaldesa-Presidenta, Encarnación Fuertes Reboiro.




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