Gobierno de La Rioja

Núm. 124
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 2 de julio de 2026
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE
III..2654

SUBVENCIONES: propuesta de resolución relativa a la concesión de ayudas correspondiente a la convocatoria pública 2026 del Grupo de Acción Local Centro Europeo de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP)

Propuesta de Resolución relativa a la concesión de ayudas correspondiente a la convocatoria pública 2026 del Grupo de Acción Local Centro Europeo de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP) de la intervención regional 7119 Leader del Plan Estratégico de la PAC

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]


Hechos:

Primero. Se han presentado 64 solicitudes de subvención acogiéndose a lo dispuesto en la Orden AGM/46/2024, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la intervención regional Leader del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) en La Rioja, para el período 2023-2027 y Resolución 1963/2025 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el gasto y se ordena la publicación de la convocatoria púbica 2026 de las ayudas para operaciones previstas en la estrategia de desarrollo local y participativa del Grupo de Acción Local Centro Europeo de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP).

Segundo. Las ayudas solicitadas se encuentran previstas en el Plan Estratégico de la PAC, en la intervención regional 7119 Leader.

Tercero. El límite máximo de disponibilidad presupuestaria para la concesión de las subvenciones que se convocan se establece en 1.225.000 euros con cargo al ejercicio presupuestario 2027 y 75.000 euros con cargo al ejercicio presupuestario 2027.

Cuarto. Que se han presentado 64 solicitudes, con una inversión total solicitada de 4.687.574,89 euros.

Quinto. Que de acuerdo a lo previsto en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, las presentes ayudas podrán ser cofinanciadas con el 45,00 % por el Feader, el Ministerio competente en materia de Agricultura financiará, con cargo a su presupuesto anual, el 9,00 % de la cofinanciación pública y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente complementará con el 46,00 % restante de la cofinanciación pública.

Fundamentos de derecho:

Primero. Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº. 1305/2013 y (UE) nº. 1307/2013.

Segundo. Real Decreto 1852/2009, de 4 de diciembre, por el que se establecen los criterios para subvencionar los gastos en el marco de los Programas de Desarrollo Rural cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

Tercero. Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 para el estado de España.

Cuarto. Orden AGM/46/2024, de 5 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se regulan las bases reguladoras de las ayudas previstas en la Intervención regional Leader del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) en La Rioja.

Quinto. Convocatoria del Grupo de Acción Local Centro Europeo de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP) de las ayudas previstas en la intervención regional 7119 Leader para el año 2026 (Boletín Oficial de La Rioja número 244 de 17 de diciembre de 2025).

Sexto. Decreto 14/2006 de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Séptimo. Resolución 213/2023 de 25 de agosto, de la Autoridad Regional de Gestión del Plan Estratégico de la PAC, por la que se aprueban las Estrategias de Desarrollo Local Participativas para la gestión de la intervención regional Leader en el Plan Estratégico de la PAC de La Rioja 2023-2027.  

Octavo. Convenio de colaboración entre el Grupo de Acción Local y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente para la aplicación de la intervención regional Leader del Plan Estratégico de la PAC.

Noveno. Ley 8/2025, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2026.

Décimo. Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias de esta Consejería.

En virtud de los hechos y fundamentos de derecho expuestos, desde este Grupo de Acción Local,

Se informa:

Que de todos los solicitantes, 40 cumplen y han acreditado los requisitos exigidos en la orden reguladora para ser beneficiarios de la ayuda solicitada.

De los 40 expedientes que cumplen las condiciones de elegibilidad de la Orden, 18 son productivos (8 Tickets Rurales y 10 Inversión) y 18 son no productivos, y otros 4 no productivos se deniegan por falta de presupuesto.

De ellos han podido subvencionarse los 36 (Anexo II), 2 de ellos condicionados:

EP-26-1077 Ayuntamiento de Murillo de Rio Leza. La ayuda está condicionada a la presentación de:

- Justificación de equipamiento: Explicar cómo se dotará el equipamiento del espacio (fondos propios o financiación y plazos).

- Plan de gestión: Detallar actividades, funcionamiento, usuarios, calendario y normas de uso.

- Anexo técnico firmado: Describir con precisión las obras ya realizadas y las solicitadas.

EP1-26-1078 Sonia Marín Espinosa. La partida de maquinaria queda condicionada a:

- Compromiso de adquisición del bien dentro del plazo establecido para la ejecución del proyecto (31 de mayo de 2027).

- Desglose del cuadro de amortizaciones.

De los 28 restantes sus circunstancias son las siguientes: (Anexo III)

Se deniegan 4 expedientes por, falta de presupuesto en la convocatoria de ayudas 2026:

- EP1-26-1060 Ayuntamiento de Arrúbal

- EP1-26-1068 Ayuntamiento de Villamediana de Iregua

- EP1-26-1091 Ayuntamiento de Nalda

- EP1-26-1092 Asociación Cultural Villarrica

Se deniegan 6 expedientes por, desistimiento de la solicitud de ayuda presentada:

- EP1-26-1013 Estudios-Apartamentos Ubaga SL

- EP1-26-1021 Clara Fernández Manzanares

- EP1-26-1030 Explotaciones Apícolas Campo y Miel, SC

- EP1-26-1074 Asociación Benéfico-Cultural de Nieva de Cameros

- EP1-26-1093 Ceip Rural La Rioja

- EP1-26-1096 Francisca Martínez Agustín

Se deniegan 7 expedientes por, informe subvencionabilidad CAR Negativo:

- EP1-26-1005 Raquel Cerezo Rodríguez

- EP1-26-1014 Ayuntamiento de Agoncillo

- EP1-26-1032 Marisol Porto Álvarez

- EP1-26-1045 Ayuntamiento de San Millán de la Cogolla

- EP1-26-1052 Pablo Daniel Pérez Acevedo

- EP1-26-1057 Frutas Valle del Moncalvillo, SL

- EP1-26-1089 Ayuntamiento de Ribafrecha

Se deniegan 10 expedientes por, falta de documentación:

- EP1-26-1036 Proyectos Apivoltaicos Honey Bee, SL

- EP1-26-1037 Explotaciones Apícolas Campo y Miel, SC

- EP1-26-1043 Bodega Coop. San Esteban Protomártir

- Ep1-26-1070 Elena Arbaizar Santamaría

- EP1-26-1072 Ayuntamiento de Soto en Cameros

- EP1-26-1076 Inmuebles e Inversiones Ortiz

- EP1-26-1084 David Martínez Marín

- EP1-26-1090 Ayuntamiento de Lumbreras

- EP1-26-1100 Entidad Local Menor Quintanar de Rioja

- EP1-26-1119 Álvaro Garrido Castillo

Se deniega 1 expediente por ser un Ticket Rural ligado al Exp. EP1-26-1084, que no presenta documentación necesaria:

- EP1-26-1095 David Martínez Marín

En consecuencia, se eleva al Director General de Desarrollo Rural, en virtud de las funciones atribuidas por la Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias de esta Consejería, la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Primero. La concesión de las subvenciones según Anexo II adjunto por un importe de 1.275.399,12 euros.

Segundo. Las acciones previstas deberán realizarse, notificarse y acreditar el gasto realizado con fecha límite el 31 de mayo de 2027 a las 14:00 horas para proyectos imputados a las partidas presupuestarias de 2027 y 31 de mayo de 2028 a las 14:00 horas para proyectos imputados a la anualidad 2028. Excepcionalmente, y por razones debidamente justificadas, podrá solicitarse una prórroga, que deberá ser presentada un mes antes a cumplir el periodo concedido. Dicha prórroga, de acuerdo con lo establecido en la Orden, podrá únicamente ampliar el plazo de ejecución y justificación como máximo en 3 meses.

Tercero. Denegar los expedientes establecidos en el Anexo III, por las causas especificadas en el mismo.

En caso de disconformidad se le abren trámites de alegaciones y audiencia, por un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente propuesta en el Boletín Oficial de La Rioja, de acuerdo el artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que alegue y aporte los hechos y documentos que estime pertinentes a través de la aplicación informática (www.larioja.org/Leader) en la tarea trámite de alegaciones.

- Si no presenta alegaciones, esta propuesta se considerará aceptada y pasará a ser definitiva.

- Si por el contrario presentase alegaciones a la misma, el órgano instructor estudiará las mismas y formulará la propuesta de resolución definitiva.

Tricio, a 30 de junio de 2026.- La Presidenta del Centro Europeo de Información y Promoción del Medio Rural (CEIP Rural La Rioja), Encarnación Fuerte Reboiro.


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